I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2024-17242)
Real Decreto 765/2024, de 30 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a un participante indirecto en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de Nueva Generación de Servicios e Infraestructuras en la Nube (IPCEI CIS), Programa Único IPCEI-Indirectos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 23 de agosto de 2024

Sec. I. Pág. 107219

concederse de forma directa y «con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones
en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitaria, u otras
debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública».
IV
La ejecución de las actuaciones específicas previstas en el artículo 67 del
Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, aprobado en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, garantiza el
cumplimiento de los supuestos necesarios para articular el mecanismo excepcional de
concesión directa de las subvenciones. Con esta regulación, las empresas participantes
indirectas del IPCEI-CIS que resulten beneficiarias de la subvención quedarán sujetas a
las obligaciones que se establezcan en el PRTR en relación con la Inversión (I5) del
Componente 15 y a los mecanismos de gestión y control establecidos en el Reglamento
del MRR, así como a la normativa interna que se establezca para la gestión, seguimiento
y control del mismo. En particular, será de aplicación lo previsto en la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
PRTR, así como en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se
establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades
del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de
hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los
componentes del PRTR. Adicionalmente, estarán sujetas a las obligaciones, objetivos e
indicadores de seguimiento propios del IPCEI-CIS.
La inclusión de los participantes indirectos en la Decisión de la Comisión Europea
C(2023) 8552 final permite realizar un real decreto de adjudicación directa justificando ya
que el IPCEI acredita suficientemente las razones de interés público, social, económico o
humanitario, que exige el artículo 22.2 letra c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Respecto de la intensidad de ayuda, este programa permitirá obtener hasta un
máximo del 80 % de subvención. Las ayudas concedidas a proyectos incluidas en este
real decreto respetarán lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la
Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de
ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado (Reglamento general de exención por categorías).
En la elaboración y tramitación de esta norma se han observado los principios de
buena regulación previstos en el artículo 129 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que comprenden
necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Los principios de necesidad y eficacia de este real decreto se fundamentan, según se
ha enunciado en los párrafos anteriores, en el objetivo de hacer de España el hub de la
conectividad digital del sur de Europa y en un polo de infraestructuras digitales de
interconexión transfronterizas, así como, especialmente, de contribuir al IPCEI-CIS,
proporcionando un acceso competitivo y justo a la nube de próxima generación y las
capacidades de borde desde cualquier lugar de la Unión Europea, por lo que la norma
resulta el instrumento más indicado para los intereses que se persiguen.
En cuanto al principio de proporcionalidad, este real decreto no contiene restricciones
de derechos, conteniendo la regulación imprescindible para atender la necesidad a
cubrir, imponiendo exclusivamente las condiciones establecidas en la normativa
española y europea.
Por lo que afecta al principio de seguridad jurídica, el real decreto es coherente con
el Derecho de la Unión Europea y el resto del ordenamiento jurídico y con los planes y
normativa vigente en el marco de la Agenda España digital 2026, adoptada en julio
de 2020 y actualizada en julio de 2022 al horizonte 2026, y establece estímulos
económicos que facilitarán su mejor cumplimiento. Además, la norma aborda los
extremos exigidos por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y

cve: BOE-A-2024-17242
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Núm. 204