III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Sistema de acogida de protección internacional. (BOE-A-2024-17233)
Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, por la que se modifica la de 8 de noviembre de 2022, por la que se establece la planificación de prestaciones, actuaciones o servicios estructurales del sistema de acogida en materia de protección internacional para su gestión mediante acción concertada.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 203
Jueves 22 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107178
aprobado por Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, y del artículo 11.1 de la Orden
ISM/680/2022, de 19 de julio,
Esta Dirección General, resuelve:
Primero.
Modificar los siguientes apartados de la Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la
Dirección General de gestión del sistema de acogida de protección internacional y
temporal, por la que se establece la planificación de prestaciones, actuaciones o
servicios estructurales del sistema de acogida en materia de protección internacional
para su gestión mediante acción concertada y sus anexos:
Uno. Se modifica el cuadro de actuaciones, prestaciones o servicios de 2025 del
apartado tercero de la resolución mencionada con la siguiente redacción:
«Tercero. Actuaciones, prestaciones y servicios de la acción concertada y
planificación de las necesidades a satisfacer.
La selección de las actuaciones, prestaciones o servicios que es necesario
atender mediante acción concertada están recogidas en el anexo A.
Se estima que las prestaciones, actuaciones y servicios requeridos para cubrir
las necesidades estructurales anuales de acogida en el periodo 2023-2026 serán
los siguientes:
Plazas o personas/mes 2026
Actuaciones
Ene
Fase valoración inicial y
derivación.
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sep
360
355
350
300
300
300
300
300
23.695
23.695
23.695
23.695
23.695
23.695
23.695
23.694
Fase acogida vulnerable.
450
450
450
450
450
450
450
450
Fase acogida vulnerable
reforzado.
59
59
59
59
58
58
58
58
100
100
100
100
100
100
100
100
–
–
–
–
–
–
–
–
Fase acogida.
Fase autonomía.
Actuaciones de apoyo,
intervención y acompañamiento.
Oct
Nov
Dic
»
Dos. Se modifican las siguientes tablas de los apartados V, VII y VIII del anexo B de
dicha resolución con la siguiente redacción:
«V.
Previsión de necesidades del sistema (por fase y actuación)
Fase de acogida:
Actuaciones
Fase acogida.
Plazas o personas/mes 2026
Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ago
23.695
23.695
23.695
23.695
23.695
23.695
23.695
23.694
Actuaciones de apoyo, intervención y acompañamiento:
En el año 2026, no se planifican actuaciones de este tipo.
Sep
Oct
Nov
Dic
cve: BOE-A-2024-17233
Verificable en https://www.boe.es
En el año 2026, el número de plazas previsto es el siguiente:
Núm. 203
Jueves 22 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107178
aprobado por Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, y del artículo 11.1 de la Orden
ISM/680/2022, de 19 de julio,
Esta Dirección General, resuelve:
Primero.
Modificar los siguientes apartados de la Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la
Dirección General de gestión del sistema de acogida de protección internacional y
temporal, por la que se establece la planificación de prestaciones, actuaciones o
servicios estructurales del sistema de acogida en materia de protección internacional
para su gestión mediante acción concertada y sus anexos:
Uno. Se modifica el cuadro de actuaciones, prestaciones o servicios de 2025 del
apartado tercero de la resolución mencionada con la siguiente redacción:
«Tercero. Actuaciones, prestaciones y servicios de la acción concertada y
planificación de las necesidades a satisfacer.
La selección de las actuaciones, prestaciones o servicios que es necesario
atender mediante acción concertada están recogidas en el anexo A.
Se estima que las prestaciones, actuaciones y servicios requeridos para cubrir
las necesidades estructurales anuales de acogida en el periodo 2023-2026 serán
los siguientes:
Plazas o personas/mes 2026
Actuaciones
Ene
Fase valoración inicial y
derivación.
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sep
360
355
350
300
300
300
300
300
23.695
23.695
23.695
23.695
23.695
23.695
23.695
23.694
Fase acogida vulnerable.
450
450
450
450
450
450
450
450
Fase acogida vulnerable
reforzado.
59
59
59
59
58
58
58
58
100
100
100
100
100
100
100
100
–
–
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Fase acogida.
Fase autonomía.
Actuaciones de apoyo,
intervención y acompañamiento.
Oct
Nov
Dic
»
Dos. Se modifican las siguientes tablas de los apartados V, VII y VIII del anexo B de
dicha resolución con la siguiente redacción:
«V.
Previsión de necesidades del sistema (por fase y actuación)
Fase de acogida:
Actuaciones
Fase acogida.
Plazas o personas/mes 2026
Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ago
23.695
23.695
23.695
23.695
23.695
23.695
23.695
23.694
Actuaciones de apoyo, intervención y acompañamiento:
En el año 2026, no se planifican actuaciones de este tipo.
Sep
Oct
Nov
Dic
cve: BOE-A-2024-17233
Verificable en https://www.boe.es
En el año 2026, el número de plazas previsto es el siguiente: