III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Sistema de acogida de protección internacional. (BOE-A-2024-17233)
Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, por la que se modifica la de 8 de noviembre de 2022, por la que se establece la planificación de prestaciones, actuaciones o servicios estructurales del sistema de acogida en materia de protección internacional para su gestión mediante acción concertada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 203
Jueves 22 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107177
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
17233
Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Dirección General de Atención
Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, por la que
se modifica la de 8 de noviembre de 2022, por la que se establece la
planificación de prestaciones, actuaciones o servicios estructurales del
sistema de acogida en materia de protección internacional para su gestión
mediante acción concertada.
En primer lugar, la llegada de un elevado número de personas solicitantes de
protección internacional, también en 2024. Hasta la fecha se han presentado 97.000
solicitudes de protección internacional. Si este ritmo de formalizaciones se mantiene a lo
largo de todo el año, probablemente se supere el número de solicitudes de 2023, que fue
el año con mayor número de solicitudes de protección internacional hasta la fecha.
En segundo lugar, el número de llegadas irregulares sigue siendo muy elevado. En lo
que va de año, han llegado más de 29.500 personas, muchas de ellas, solicitantes de
protección internacional. Si se mantiene el ritmo de llegadas, se superará el número de
llegadas de 2023, que fue el año con mayor número de llegadas de la serie histórica
reciente.
Finalmente, la prolongación del conflicto bélico en Ucrania ha provocado que la
Unión Europea haya adoptado la Decisión de Ejecución (UE) 2024/1836 del Consejo,
de 25 de junio de 2024, por la que se prorroga la protección temporal introducida por la
Decisión de Ejecución (UE) 2022/382. Esta decisión prorroga los efectos de la protección
temporal durante un año adicional, por encima de los tres años de duración que preveía
inicialmente la Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001, relativa a las
normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva
de personas desplazadas y a medidas de fomento de un esfuerzo equitativo entre los
Estados miembros para acoger a dichas personas y asumir las consecuencias de su
acogida.
Esta última circunstancia ha provocado, como efecto, que el número de personas
que son destinatarias de actuaciones de fase de autonomía sea inusualmente alta a lo
largo de 2024. Es necesario, por tanto, reforzar las actuaciones de la fase de autonomía
en el año 2024. Para poder realizar ese refuerzo sin superar el límite de gasto
autorizado, es preciso realizar un reajuste de los costes del sistema entre las distintas
anualidades.
La presente resolución de modificación de la planificación tiene por objeto realizar
dicho reajuste de los costes del sistema entre las anualidades.
Por todo lo anterior, y en virtud de los dispuesto por el artículo 40.3 del Reglamento
por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional,
cve: BOE-A-2024-17233
Verificable en https://www.boe.es
Con fecha 11 de noviembre de 2022, se publicó la Resolución de 8 de noviembre
de 2022 de la Dirección General de Gestión del Sistema de Acogida de Protección
internacional y Temporal, por la que se establece la planificación de prestaciones,
actuaciones o servicios estructurales del sistema de acogida de protección internacional
para su gestión mediante acción concertada. Esta resolución contiene la planificación de
los servicios y prestaciones para cubrir las necesidades estructurales del sistema
durante el periodo 2023-2026.
No obstante, el sistema de acogida de protección internacional y temporal está
teniendo que hacer frente una situación que genera una fuerte presión sobre sus
recursos. Esta situación está marcada por tres hitos:
Núm. 203
Jueves 22 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107177
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
17233
Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Dirección General de Atención
Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, por la que
se modifica la de 8 de noviembre de 2022, por la que se establece la
planificación de prestaciones, actuaciones o servicios estructurales del
sistema de acogida en materia de protección internacional para su gestión
mediante acción concertada.
En primer lugar, la llegada de un elevado número de personas solicitantes de
protección internacional, también en 2024. Hasta la fecha se han presentado 97.000
solicitudes de protección internacional. Si este ritmo de formalizaciones se mantiene a lo
largo de todo el año, probablemente se supere el número de solicitudes de 2023, que fue
el año con mayor número de solicitudes de protección internacional hasta la fecha.
En segundo lugar, el número de llegadas irregulares sigue siendo muy elevado. En lo
que va de año, han llegado más de 29.500 personas, muchas de ellas, solicitantes de
protección internacional. Si se mantiene el ritmo de llegadas, se superará el número de
llegadas de 2023, que fue el año con mayor número de llegadas de la serie histórica
reciente.
Finalmente, la prolongación del conflicto bélico en Ucrania ha provocado que la
Unión Europea haya adoptado la Decisión de Ejecución (UE) 2024/1836 del Consejo,
de 25 de junio de 2024, por la que se prorroga la protección temporal introducida por la
Decisión de Ejecución (UE) 2022/382. Esta decisión prorroga los efectos de la protección
temporal durante un año adicional, por encima de los tres años de duración que preveía
inicialmente la Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001, relativa a las
normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva
de personas desplazadas y a medidas de fomento de un esfuerzo equitativo entre los
Estados miembros para acoger a dichas personas y asumir las consecuencias de su
acogida.
Esta última circunstancia ha provocado, como efecto, que el número de personas
que son destinatarias de actuaciones de fase de autonomía sea inusualmente alta a lo
largo de 2024. Es necesario, por tanto, reforzar las actuaciones de la fase de autonomía
en el año 2024. Para poder realizar ese refuerzo sin superar el límite de gasto
autorizado, es preciso realizar un reajuste de los costes del sistema entre las distintas
anualidades.
La presente resolución de modificación de la planificación tiene por objeto realizar
dicho reajuste de los costes del sistema entre las anualidades.
Por todo lo anterior, y en virtud de los dispuesto por el artículo 40.3 del Reglamento
por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional,
cve: BOE-A-2024-17233
Verificable en https://www.boe.es
Con fecha 11 de noviembre de 2022, se publicó la Resolución de 8 de noviembre
de 2022 de la Dirección General de Gestión del Sistema de Acogida de Protección
internacional y Temporal, por la que se establece la planificación de prestaciones,
actuaciones o servicios estructurales del sistema de acogida de protección internacional
para su gestión mediante acción concertada. Esta resolución contiene la planificación de
los servicios y prestaciones para cubrir las necesidades estructurales del sistema
durante el periodo 2023-2026.
No obstante, el sistema de acogida de protección internacional y temporal está
teniendo que hacer frente una situación que genera una fuerte presión sobre sus
recursos. Esta situación está marcada por tres hitos: