III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2024-17230)
Resolución de 14 de agosto de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda para la prórroga y modificación del Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Principado de Asturias, para la realización de actuaciones conjuntas en relación con los trabajadores afectos de patologías derivadas de la utilización laboral del amianto.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 203
Jueves 22 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107173
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, debe
publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
Cuarta.
Régimen jurídico y jurisdicción competente.
La presente adenda está sometida en su tramitación al régimen jurídico de convenios
previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Para la solución de cualquier discrepancia, litigio o conflicto sobre interpretación,
modificación, ejecución, resolución y efectos del presente acuerdo que no fuesen
solucionados de común acuerdo, las partes, consienten someterse, bajo la legislación
española, al orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
cve: BOE-A-2024-17230
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente adenda,
en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes, entendiéndose como fecha de
firma aquella en la que el mismo sea suscrito por el último de los firmantes.–Por el
Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Directora General, María del Carmen
Armesto González-Rosón.–Por el Principado de Asturias, la Consejera de Salud, por
sustitución, la Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo y
Vicepresidenta (Decreto 17/2024, de 9 de abril, del Principado de Asturias, BOPA de 10
de abril de 2024), Gimena Llamedo González.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 203
Jueves 22 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107173
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, debe
publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
Cuarta.
Régimen jurídico y jurisdicción competente.
La presente adenda está sometida en su tramitación al régimen jurídico de convenios
previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Para la solución de cualquier discrepancia, litigio o conflicto sobre interpretación,
modificación, ejecución, resolución y efectos del presente acuerdo que no fuesen
solucionados de común acuerdo, las partes, consienten someterse, bajo la legislación
española, al orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
cve: BOE-A-2024-17230
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente adenda,
en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes, entendiéndose como fecha de
firma aquella en la que el mismo sea suscrito por el último de los firmantes.–Por el
Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Directora General, María del Carmen
Armesto González-Rosón.–Por el Principado de Asturias, la Consejera de Salud, por
sustitución, la Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo y
Vicepresidenta (Decreto 17/2024, de 9 de abril, del Principado de Asturias, BOPA de 10
de abril de 2024), Gimena Llamedo González.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X