III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Premios. (BOE-A-2024-17226)
Orden CLT/886/2024, de 13 de agosto, por la que, en ejecución de sentencia, se concede el Premio Nacional a la Obra de un Traductor, correspondiente al año 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 203

Jueves 22 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 107119

Esther Benítez por su traducción al catalán; en 2014 Mrs. Dalloway de Virginia Woolf, por
el que recibe el Premio de Traducción Crítica Serra d’Or y la traducción al catalán de Los
demonios de Loudun, d'Aldous Huxley, obra que la hizo merecedora del Premi Ciutat de
Barcelona, en 2017. Textos, todos ellos, erizados de dificultades, y que, sin embargo,
Udina ha sabido superar abriendo a los lectores horizontes insospechados, sólo posibles
de percibir gracias a una traducción capaz de transmitir la potencia y la energía del texto
original sin traicionar el estilo de su autor, contribuyendo de este modo a favorecer el
hábito de la lectura.
A su relevante faceta como traductora literaria, Dolors Udina añade la de la docencia
en la Facultad de Traducción e Interpretación de la Universidad Autónoma de Barcelona,
desde 1998. Destaca, igualmente, su labor editorial, entre 2000 y 2005, años en los que
fue editora de la versión catalana de la revista digital The Barcelona Review. Es miembro
del Grupo de Estudio de Traducción Catalana Contemporánea de la UAB, de la Cátedra
de Traducción de Jordi Arbonés y del jurado del Premio Jordi Domínguez de Traducción
de Poesía. A lo ya citado se añade, su actividad como articulista en revistas y periódicos
como La Vanguardia, Diario de Mallorca, Diari de Barcelona, El País, Revista de
arqueología y Quimera.
Su extensa y brillante trayectoria la ha hecho merecedora de distinciones honoríficas,
como la Creu de Sant Jordi de la Generalitat de Catalunya, concedida en 2018, lo que da
cuenta de sus aportaciones sobresalientes en este ámbito.
Dolors Udina es un ejemplo en la profesionalización de la traducción literaria y un
referente indiscutible para varias generaciones de traductores, que han visto en su
magisterio la esencia de la traducción como el medio natural para compartir el
conocimiento y transmitir la información necesaria para la supervivencia y el desarrollo
cultural y material de las sociedades.
Y aunque en ningún caso la cultura puede ser mesurable, al ser ésta un bien común,
y que el Premio Nacional no tiene la naturaleza jurídica análoga a la concurrencia
competitiva y, por tanto, está excluido del ámbito de aplicación de la Ley General de
Subvenciones, el jurado ha querido destacar que la vasta producción, la variedad de
lenguas y géneros literarios, unido a lo atinado y a la alta calidad de sus traducciones
ayudan al lector al mejor conocimiento del otro y, con ello, a definir una de las más bellas
de sus funciones, el conocimiento y la interacción entre las diferentes culturas.
Segundo. Recursos.
La presente orden agota la vía administrativa y contra la misma cabrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Asimismo, y con carácter previo, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Efectos.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la
presente Orden tiene efectos retroactivos desde la fecha de efectos de la Orden en cuya
sustitución se dicta.
Madrid, 13 de agosto de 2024.–El Ministro de Cultura, Ernest Urtasun Domènech.

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Tercero.