II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Destinos. (BOE-A-2024-17086)
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 11 de marzo de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 201

Martes 20 de agosto de 2024

Sec. II.A. Pág. 106718

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
17086

Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal
de Meteorología, por la que se resuelve el concurso general, convocado por
Resolución de 11 de marzo de 2024.

Por Resolución de la Agencia Estatal de Meteorología, de 11 de marzo de 2024
(«Boletín Oficial del Estado» de 18 de marzo de 2024), se convocó concurso general,
con referencia 01G/AEMET/2024, para la provisión de puestos de trabajo en la Agencia
Estatal.
Cumplimentadas las normas reglamentarias y observados cuantos requisitos y
procedimientos se establecen en las bases de la convocatoria –sobre el plazo de
presentación de instancias, examen de las mismas, valoración de los méritos alegados
por los candidatos– por la correspondiente Comisión de Valoración.
Esta Presidencia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 11.3.e) del
Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero (BOE del 14), por el que se aprueba el Estatuto
de la Agencia Estatal de Meteorología, ha resuelto:
Primero.
Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración de méritos y resolver el concurso,
adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los funcionarios en los
términos que se recogen en los anexos I y II a esta resolución.
Segundo.
Declarar desiertos los puestos que se especifican en los anexos I y II por alguna de
las siguientes causas: no haber petición alguna para cubrirlos, no alcanzar la puntuación
mínima exigida o no reunir las condiciones requeridas en la convocatoria.

El plazo para tomar posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contar a partir del
día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si
la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde su publicación. El cómputo de los plazos posesorios se
iniciará cuando finalicen los permisos y licencias que, en su caso, estén disfrutando las
personas interesadas, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde
suspender el disfrute de los mismos. No obstante para los funcionarios y funcionarias
que se encuentren en licencia por enfermedad, se llevará a efecto el cese y la toma de
posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice la licencia que tenga concedida.
Cuarto.
Aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde la situación de servicios
especiales o de excedencia para el cuidado de hijos tendrán derecho, mientras duren las

cve: BOE-A-2024-17086
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.