III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17074)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Planta Solar Opde 32, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Los Hormigueros, de 50,10 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Berceruelo, Bercero y Vega de Valdetronco (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 106652

En consecuencia, en la resolución de autorización administrativa previa del proyecto,
se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa
de alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del
artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica.
El promotor, con fecha 25 de abril de 2023, y subsanada posteriormente con fecha 3
de mayo de 2023, solicitó autorización administrativa previa respecto de las
modificaciones previstas y autorización administrativa de construcción, aportando el
correspondiente proyecto de ejecución y declaración responsable que acredita el
cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, conforme al artículo 53.1 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, para la instalación fotovoltaica Los
Hormigueros, de 50,1 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en
los términos municipales de Berceruelo, Bercero y Vega de Valdetronco, en la provincia
de Valladolid.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Valladolid y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los
artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de I-DE Redes Inteligentes, SAU y de Naturgy
Renovables, SLU, en las que se establecen condicionados técnicos. Se ha dado traslado
al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Energía y Minas de la Junta
de Castilla y León, en la que cita una instalación de competencia autonómica en el
entorno de los municipios del proyecto, desconociendo la posible afección entre ambas
instalaciones. Se ha trasladado al promotor dicha contestación, el cual expresa su
conformidad con la misma, e indica que se ha solicitado información al Servicio Territorial
de Industria de Valladolid sobre la citada instalación. Posteriormente, el promotor ha
manifestado que la citada instalación no tiene afección sobre PFV Los Hormigueros.
Se ha recibido contestación de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla
y León Occidental del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de la cual no se
desprende oposición. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual
expresa su conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación de la Delegación en Valladolid del Servicio Territorial de
Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, en la que concluye que el trazado
soterrado de la línea de evacuación no va a generar afecciones de relevancia sobre el
medio natural y que no son de esperar otras afecciones distintas a las ya evaluadas en
los informes previos realizados en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental,
siempre y cuando se tengan en cuentas las condiciones recogidas en dichos informes y
en la DIA. Por otro lado, se indica que en lo que corresponde a medidas ambientales y
compensatorias, serán evaluadas en documento aparte.
Preguntados el Ayuntamiento de Berceruelo, el Ayuntamiento de Bercero, el
Ayuntamiento de Vega de Valdetronco, la Confederación Hidrográfica del Duero y la
Delegación de Valladolid del Servicio Territorial de Cultura y Turismo de la Junta de
Castilla y León, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2 y 131.1 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 29 de septiembre de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado» y el 10 de
octubre de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid». No se han recibido
alegaciones.

cve: BOE-A-2024-17074
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Núm. 200