III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-17067)
Resolución de 12 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para prácticas externas curriculares y extracurriculares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 200

Lunes 19 de agosto de 2024
Decimosexta.

Sec. III. Pág. 106615

Resolución de controversias.

1. Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa, en el seno de la
Comisión de seguimiento, cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la
ejecución del presente convenio.
2. De no ser posible una solución amistosa, las dudas o controversias que surjan
entre las partes serán sometidas a los tribunales competentes de la jurisdicción
contencioso-administrativa, concretamente la Audiencia Nacional, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Decimoséptima.

Causas de extinción.

1. El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen
su objeto o por incurrir en alguna de las causas de resolución previstas en el
artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
2. Asimismo, ambas partes se reservan la facultad de resolver, unilateralmente,
este convenio en cualquier momento, con un preaviso de, al menos, veinticuatro horas,
si media causa justificada y suficiente.
3. Si a la fecha de resolución del convenio instada por una de las partes, hubiera
estudiantes realizando ya sus prácticas, las partes se comprometen a continuar con el
convenio hasta la completa finalización de las mismas, con un plazo máximo de tres
meses, con el fin de que la resolución del convenio no perjudique a los estudiantes. Una
vez concluido el periodo de prácticas, el convenio será objeto de liquidación en los
términos previstos en el artículo 52 de la Ley 40/2015.
Decimoctava.

Régimen de modificación del convenio.

El convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime de las partes.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados.–Por el
Ministerio de Industria y Turismo, P. D. (Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero), el
Subsecretario de Industria y Turismo, Pablo Garde Lobo.–Por la Universidad Politécnica
de Madrid, por delegación del Rector (Resolución de fecha 22 de diciembre de 2020, de
la Universidad Politécnica de Madrid), el Vicerrector de Estudiantes y EU, Miguel Ángel
Gómez Tierno.
En Madrid, a 15 de julio de 2024.

De conformidad con el convenio para el desarrollo de prácticas académicas externas
de sus estudiantes de fecha XX de XXXXXXX de 20XX suscrito entre el Ministerio de
Industria y Turismo y la Universidad Politécnica de Madrid para la realización de
prácticas académicas externas curriculares y extracurriculares, no remuneradas, en el
Ministerio de Industria y Turismo, los comparecientes establecen el Programa de
Prácticas que se recoge en el presente anexo. Cualquier cambio en los datos recogidos
en este documento, deberá realizarse por escrito.
Estudiante:
DNI, pasaporte (o documento análogo):
Titulación:
Curso:
Especialidad:
Lugar donde se realizan las prácticas:
Tutor del Ministerio de Industria y Turismo:

cve: BOE-A-2024-17067
Verificable en https://www.boe.es

ANEXO