III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17006)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Buganvilla Solar PV, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica "Serna I Solar", de 107,79 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de Corella y Tudela (Navarra), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 199
Sábado 17 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 106345
cve: BOE-A-2024-17006
Verificable en https://www.boe.es
8. La Administración dejará sin efecto la presente resolución si durante el
transcurso del tiempo se observase incumplimiento, por parte del titular de los derechos
que establece la misma, de las condiciones y requisitos establecidos en la misma. En
tales supuestos, la Administración, previo oportuno expediente con audiencia del
interesado, acordará la revocación de la correspondiente Autorización con todas las
consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven de dicha situación, según
las disposiciones legales vigentes y lo previsto en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre.
9. El titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución las condiciones
impuestas por los Organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en
su conocimiento y aceptadas expresamente por él.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 199
Sábado 17 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 106345
cve: BOE-A-2024-17006
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8. La Administración dejará sin efecto la presente resolución si durante el
transcurso del tiempo se observase incumplimiento, por parte del titular de los derechos
que establece la misma, de las condiciones y requisitos establecidos en la misma. En
tales supuestos, la Administración, previo oportuno expediente con audiencia del
interesado, acordará la revocación de la correspondiente Autorización con todas las
consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven de dicha situación, según
las disposiciones legales vigentes y lo previsto en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre.
9. El titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución las condiciones
impuestas por los Organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en
su conocimiento y aceptadas expresamente por él.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X