III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17011)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Rabiza Solar, SLU, autorización administrativa de construcción para el parque solar fotovoltaico Rabiza Solar, de 75 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Colmenar de Oreja y Belmonte de Tajo (Madrid), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 199

Sábado 17 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 106386

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
17011

Resolución de 23 de julio de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Rabiza Solar, SLU, autorización
administrativa de construcción para el parque solar fotovoltaico Rabiza Solar,
de 75 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los
términos municipales de Colmenar de Oreja y Belmonte de Tajo (Madrid), y
se declara, en concreto, su utilidad pública.

Rabiza Solar, SLU, solicitó, con fecha 6 de noviembre de 2020, autorización
administrativa previa de la instalación fotovoltaica Rabiza Solar de 75 MW de potencia
instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Colmenar
de Oreja y Belmonte de Tajo, en la provincia de Madrid.
Mediante Resolución de 20 de abril de 2023 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Rabiza Solar, SLU, autorización administrativa previa
para el parque fotovoltaico Rabiza Solar de 75 MW de potencia instalada y su
infraestructura de evacuación, en el término municipal de Colmenar de Oreja y Belmonte
de Tajo, en la provincia de Madrid (en adelante, Resolución de autorización
administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 116, de 16 de
mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, en el marco de la evaluación de impacto ambiental practicada, el
promotor presentó, en mayo de 2022 y noviembre de 2022, adenda al estudio de
impacto ambiental y nuevos proyectos de la instalación fotovoltaica y de las líneas de
evacuación, con modificaciones consistentes, teniendo en cuenta únicamente las
relativas al emplazamiento del proyecto, en:
– Reducción de superficie de la planta solar fotovoltaica permaneciendo las parcelas
ubicadas al oeste de los municipios de Colmenar de Oreja y Belmonte de Tajo.

i) El proyecto de construcción desarrollaría la solución propuesta por el promotor en
noviembre de 2022, cumpliendo las condiciones de la DIA.
ii) En cuanto a la generación, no exceder 15 Ha de ocupación del corredor
ecológico principal de La Sagra por la planta solar, y su disposición no podrá bloquear el
espacio, tal y como indica en su informe la Dirección General de Biodiversidad y
Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, según la condición 1.ii).5.1.
Rabiza Solar, SLU (en adelante, el promotor) solicita, con fecha 27 de abril de 2023,
autorización administrativa de construcción, y declaración, en concreto, de utilidad
pública aportando el correspondiente proyecto de ejecución y declaración responsable
que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, conforme al
artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como

cve: BOE-A-2024-17011
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con lo dispuesto en la citada resolución de autorización
administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes
al proyecto establecidos en la Resolución de 13 de enero de 2023 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable
para el proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 24,
de 28 de enero de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a
cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones: