III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17013)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Miram Solar, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación solar fotovoltaica Villameca Solar 1-2, de 92,3 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Quintana del Castillo y Villamejil (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 199

Sábado 17 de agosto de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
17013

Resolución de 23 de julio de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Miram Solar, SL, autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la
instalación solar fotovoltaica Villameca Solar 1-2, de 92,3 MW de potencia
instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales
de Quintana del Castillo y Villamejil (León).

– Soterramiento integral de la línea de alta tensión 132 kV SET Villameca Solar SET Cepeda Renovables para dar cumplimiento al condicionado 1.2. de la DIA. Dicha
modificación deriva en una reducción de la longitud total de la línea.
– Retranqueo del vallado para respetar el dominio público hidráulico de los arroyos
Valdeján y Valdelascasas y su zona de servidumbre, y dar cumplimiento al
condicionado 2.2.3. de la DIA.
En consecuencia, en la resolución de autorización administrativa previa del proyecto,
se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa
de alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del
artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las

cve: BOE-A-2024-17013
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Miriam Solar, SL, en adelante el promotor, solicitó con fecha 26 de noviembre
de 2020, subsanada con fecha 23 de diciembre de 2020, autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad
pública, para la instalación solar fotovoltaica Villameca Solar 1 - 2 de 98,79 MW de
potencia pico y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de
Quintana del Castillo y Villamejil, provincia de León.
Con fecha 8 de febrero de 2021, el promotor solicitó no continuar con la tramitación
de la declaración, en concreto, de utilidad pública, y proseguir los trámites para el resto
de las autorizaciones solicitadas. Con fecha 12 de febrero de 2021, se dictó «Resolución
de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se acepta de plano el
desistimiento presentado por Miram Solar, SL a su solicitud de Declaración, en concreto,
de Utilidad Pública de la instalación fotovoltaica Villameca Solar 1 - 2 de 98,79 MWp,
situada en Quintana del Castillo, en la provincia de León y su infraestructura de
evacuación, sin perjuicio del interesado a presentar una nueva solicitud».
Mediante Resolución de 20 de abril de 2023 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Miram Solar, SL, autorización administrativa previa para
la instalación solar fotovoltaica Villameca Solar 1 - 2, de 98,79 MW de potencia pico, 92,3
MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos
municipales de Quintana del Castillo y Villamejil, provincia de León (en adelante,
resolución de autorización administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» núm. 113, de 12 de mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la resolución de autorización administrativa
previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la Resolución de 18 de mayo de 2023 de la Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable para el
proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 26, de 31
de enero de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a cabo,
en particular y entre otras, las siguientes modificaciones: