III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Documentación administrativa. (BOE-A-2024-16989)
Resolución de 31 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se autoriza la eliminación de series documentales comunes de la Administración General del Estado custodiadas en los archivos del Departamento y sus Organismos Públicos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
N.º de
Dictamen
CSCDA
115/2022
116/2022
Viernes 16 de agosto de 2024
Título (años extremos) / Productor
Registro de entrada y salida de documentos
(1889-[…]) // Secretaría de Estado de Función
Pública (RD 682/2021, de 3 de agosto) – DG de
Gobernanza Pública – SG de Gobernanza en materia
de Registros / Unidades de Registro / Oficinas de
Asistencia en materia de Registro / Secretarías de
apoyo (centros directivos y superiores;
Subdirecciones Generales, gabinetes, etc.).
Actas y expedientes de sesiones de órganos
colegiados administrativos (1834-[…]) //. Órganos
colegiados administrativos.
Sec. III. Pág. 106280
Tipo de
selección
Dictamen
EP
Favorable a la eliminación parcial.
– Conservación Permanente:
● Cualquier documentación anterior a 1940.
● Registro Electrónico General de la AGE (REGAGE).
● Asientos registrales del Registro General de Entrada y Salida de
cada departamento y organismo (cualquier presentación física).
– Eliminación total a los 5 años:
● Asientos registrales de los Registros internos, para control
administrativo interno de las diferentes Unidades.
● Justificantes / recibos de presentación / salida o de transmisión,
y reparto a la Unidad destinataria, así como notificaciones a los
interesados.
– Eliminación total a los 2 años desde la entrada en vigor del
Reglamento 203/2021.
● Documentos en soporte no electrónico que se encuentren en las
oficinas de asistencia en materia de así como copias en papel
presentadas por el interesado, de los que se haya obtenido una
copia electrónica auténtica.
– Eliminación total a los 6 meses.
● Las copias (electrónicas o en papel) de documentos dirigidos a
otras Unidades que puedan acumularse en las Unidades de
registro como consecuencia de la práctica de la Ventanilla única.
● Documentos presentados por el interesado en soporte papel y/o
en soporte electrónico que por cualquier circunstancia no le
puedan ser devueltos en el momento de su presentación, una vez
digitalizados.
● Las copias electrónicas (auténticas o no) acumuladas durante la
tramitación en las diferentes aplicaciones auxiliares (GEISER,
Portafirmas, etc.) una vez que los originales han sido despachados
a las Unidades de tramitación.
● Las colecciones de copias (electrónicas o impresas /
fotocopiadas en papel) formadas por las Secretarías de las
Unidades de tramitación.
Acceso: parcialmente restringido.
Este dictamen deja sin efecto y sustituye los dictámenes anteriores
CSCDA: 19/2013, 25/2013, 14/2011, 43/2006 y 44/2006.
EP
Favorable a la eliminación parcial:
– Conservación permanente de la documentación custodiada por
la Secretaría (si ésta se conserva) o, si no se conserva / localiza,
de la conservada (por este orden) en la Presidencia / en el resto de
Unidades AGE con representación en el órgano.
– Eliminación total en el resto de Unidades (Presidencia / Vocalía)
a los 5 años de la sesión, previa comprobación de la correcta
conservación del periodo a eliminar en la Secretaría del órgano
colegiado o en el Archivo Central, Intermedio o Histórico
correspondiente.
Acceso: Libre.
cve: BOE-A-2024-16989
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 198
N.º de
Dictamen
CSCDA
115/2022
116/2022
Viernes 16 de agosto de 2024
Título (años extremos) / Productor
Registro de entrada y salida de documentos
(1889-[…]) // Secretaría de Estado de Función
Pública (RD 682/2021, de 3 de agosto) – DG de
Gobernanza Pública – SG de Gobernanza en materia
de Registros / Unidades de Registro / Oficinas de
Asistencia en materia de Registro / Secretarías de
apoyo (centros directivos y superiores;
Subdirecciones Generales, gabinetes, etc.).
Actas y expedientes de sesiones de órganos
colegiados administrativos (1834-[…]) //. Órganos
colegiados administrativos.
Sec. III. Pág. 106280
Tipo de
selección
Dictamen
EP
Favorable a la eliminación parcial.
– Conservación Permanente:
● Cualquier documentación anterior a 1940.
● Registro Electrónico General de la AGE (REGAGE).
● Asientos registrales del Registro General de Entrada y Salida de
cada departamento y organismo (cualquier presentación física).
– Eliminación total a los 5 años:
● Asientos registrales de los Registros internos, para control
administrativo interno de las diferentes Unidades.
● Justificantes / recibos de presentación / salida o de transmisión,
y reparto a la Unidad destinataria, así como notificaciones a los
interesados.
– Eliminación total a los 2 años desde la entrada en vigor del
Reglamento 203/2021.
● Documentos en soporte no electrónico que se encuentren en las
oficinas de asistencia en materia de así como copias en papel
presentadas por el interesado, de los que se haya obtenido una
copia electrónica auténtica.
– Eliminación total a los 6 meses.
● Las copias (electrónicas o en papel) de documentos dirigidos a
otras Unidades que puedan acumularse en las Unidades de
registro como consecuencia de la práctica de la Ventanilla única.
● Documentos presentados por el interesado en soporte papel y/o
en soporte electrónico que por cualquier circunstancia no le
puedan ser devueltos en el momento de su presentación, una vez
digitalizados.
● Las copias electrónicas (auténticas o no) acumuladas durante la
tramitación en las diferentes aplicaciones auxiliares (GEISER,
Portafirmas, etc.) una vez que los originales han sido despachados
a las Unidades de tramitación.
● Las colecciones de copias (electrónicas o impresas /
fotocopiadas en papel) formadas por las Secretarías de las
Unidades de tramitación.
Acceso: parcialmente restringido.
Este dictamen deja sin efecto y sustituye los dictámenes anteriores
CSCDA: 19/2013, 25/2013, 14/2011, 43/2006 y 44/2006.
EP
Favorable a la eliminación parcial:
– Conservación permanente de la documentación custodiada por
la Secretaría (si ésta se conserva) o, si no se conserva / localiza,
de la conservada (por este orden) en la Presidencia / en el resto de
Unidades AGE con representación en el órgano.
– Eliminación total en el resto de Unidades (Presidencia / Vocalía)
a los 5 años de la sesión, previa comprobación de la correcta
conservación del periodo a eliminar en la Secretaría del órgano
colegiado o en el Archivo Central, Intermedio o Histórico
correspondiente.
Acceso: Libre.
cve: BOE-A-2024-16989
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 198