III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Documentación administrativa. (BOE-A-2024-16989)
Resolución de 31 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se autoriza la eliminación de series documentales comunes de la Administración General del Estado custodiadas en los archivos del Departamento y sus Organismos Públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 198
Viernes 16 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 106275
salida de documentos» (Dictamen 115/2022); «Actas y expedientes de sesiones de
órganos colegiados administrativos» (Dictamen 116/2022); «Expedientes de inscripción
en el Registro Nacional de Asociaciones: Informes sobre inscripción de asociaciones»
(Dictamen 117/2022), aplicación del Dictamen previo 7/2008; y «Quejas y sugerencias»
(Dictamen 118/2022).
Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Real
Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, corresponde ahora adoptar la resolución que
apruebe la eliminación y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y, en su virtud, en
el ejercicio de las competencias que me están conferidas por el referido artículo,
resuelvo:
Primero.
Aprobar la eliminación de los documentos que forman parte de las 14 series
documentales comunes que se detallan en el anexo de esta resolución y que se
custodian en los Archivos del ámbito de Presidencia del Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes y en los de los organismos públicos dependientes
del Departamento.
Segundo.
La eliminación estará sujeta a los plazos, muestreos y demás formalidades previstos
en las propuestas dictaminadas favorablemente por la Comisión Superior Calificadora de
Documentos Administrativos. Los plazos y muestreos se encuentran recogidos en el
anexo.
Tercero.
El proceso de destrucción se hará periódicamente, una vez transcurridos los años de
conservación establecidos para cada una de las series señaladas en el anexo, quedando
autorizadas por la presente las destrucciones regulares una vez cumplidos los plazos
obligatorios de conservación.
Cuarto.
El Archivo Central del ámbito de Presidencia del Ministerio de la Presidencia, Justicia
y Relaciones con las Cortes y los archivos de gestión de las distintas unidades, así como
los archivos de los organismos públicos que se acojan a esta resolución, seleccionarán
las unidades de instalación que se conservarán de acuerdo con las propuestas
presentadas.
Quinto.
Ordenar la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
La autorización no se hará efectiva hasta transcurridos tres meses desde la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta resolución, siempre que en ese
plazo no haya constancia de la interposición de recurso de cualquier naturaleza contra la
misma.
Séptimo.
No se llevará a cabo la destrucción de documentos autorizada hasta que la presente
resolución, en caso de ser impugnada, adquiera firmeza.
cve: BOE-A-2024-16989
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.
Núm. 198
Viernes 16 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 106275
salida de documentos» (Dictamen 115/2022); «Actas y expedientes de sesiones de
órganos colegiados administrativos» (Dictamen 116/2022); «Expedientes de inscripción
en el Registro Nacional de Asociaciones: Informes sobre inscripción de asociaciones»
(Dictamen 117/2022), aplicación del Dictamen previo 7/2008; y «Quejas y sugerencias»
(Dictamen 118/2022).
Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Real
Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, corresponde ahora adoptar la resolución que
apruebe la eliminación y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y, en su virtud, en
el ejercicio de las competencias que me están conferidas por el referido artículo,
resuelvo:
Primero.
Aprobar la eliminación de los documentos que forman parte de las 14 series
documentales comunes que se detallan en el anexo de esta resolución y que se
custodian en los Archivos del ámbito de Presidencia del Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes y en los de los organismos públicos dependientes
del Departamento.
Segundo.
La eliminación estará sujeta a los plazos, muestreos y demás formalidades previstos
en las propuestas dictaminadas favorablemente por la Comisión Superior Calificadora de
Documentos Administrativos. Los plazos y muestreos se encuentran recogidos en el
anexo.
Tercero.
El proceso de destrucción se hará periódicamente, una vez transcurridos los años de
conservación establecidos para cada una de las series señaladas en el anexo, quedando
autorizadas por la presente las destrucciones regulares una vez cumplidos los plazos
obligatorios de conservación.
Cuarto.
El Archivo Central del ámbito de Presidencia del Ministerio de la Presidencia, Justicia
y Relaciones con las Cortes y los archivos de gestión de las distintas unidades, así como
los archivos de los organismos públicos que se acojan a esta resolución, seleccionarán
las unidades de instalación que se conservarán de acuerdo con las propuestas
presentadas.
Quinto.
Ordenar la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
La autorización no se hará efectiva hasta transcurridos tres meses desde la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta resolución, siempre que en ese
plazo no haya constancia de la interposición de recurso de cualquier naturaleza contra la
misma.
Séptimo.
No se llevará a cabo la destrucción de documentos autorizada hasta que la presente
resolución, en caso de ser impugnada, adquiera firmeza.
cve: BOE-A-2024-16989
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.