I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. Créditos extraordinarios. (BOE-A-2024-16939)
Ley 3/2024, de 5 de julio, de concesión de un crédito extraordinario destinado a sufragar los gastos de las elecciones a las Cortes de Castilla-La Mancha celebradas el 28 de mayo de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 198

Viernes 16 de agosto de 2024

Sec. I. Pág. 106052

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
16939

Ley 3/2024, de 5 de julio, de concesión de un crédito extraordinario destinado
a sufragar los gastos de las elecciones a las Cortes de Castilla-La Mancha
celebradas el 28 de mayo de 2023.

Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo
la siguiente Ley.

La Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla-La Mancha establece, en su
artículo 50, que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha subvencionará los
gastos que originen las actividades electorales, en referencia a los partidos políticos,
federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores en los términos y con los
requisitos que se establecen en el citado precepto.
Por otro lado, el artículo 51 de la citada ley establece que la Junta de Comunidades
concederá anticipos de las subvenciones electorales de manera proporcional, en función
de los diputados obtenidos por cada grupo, tanto a los partidos, como a las federaciones,
coaliciones o agrupaciones de electores representadas en las Cortes de Castilla-La
Mancha hasta un importe máximo del 30 por ciento de la subvención percibida en las
anteriores elecciones autonómicas. Así, en cumplimiento de lo previsto en el citado
artículo, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha concedió anticipos de las
subvenciones electorales por importe de 197.810,66 euros al Partido Socialista Obrero
Español y de 104.110,87 euros al Partido Popular.
Asimismo, el artículo 53.3 de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, establece que los
administradores generales de aquellos partidos, federaciones, coaliciones o
agrupaciones que hubieran concurrido a las elecciones en varias provincias podrán
solicitar en el plazo de los treinta días siguientes a la presentación ante la Sindicatura de
Cuentas de su contabilidad y, en concepto de liquidación provisional a cuenta, hasta
el 90 por ciento del importe de las subvenciones a las que resulten acreedores sus
respectivos partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores en función
de los resultados de las elecciones autonómicas. Así pues, al amparo de lo dispuesto en
el citado artículo, se concedieron en concepto de liquidaciones provisionales a
cuenta 578.016,46 euros al Partido Socialista Obrero Español y 474.824,94 euros al
Partido Popular.
Una vez conocido el informe definitivo, de fecha 29 de febrero de 2024, del Tribunal
de Cuentas sobre fiscalización de las contabilidades electorales derivadas de las
pasadas elecciones a las Cortes de Castilla-La Mancha, celebradas en 2023, el
resultado de la fiscalización de la contabilidad electoral del Partido Popular señala que a
este partido le corresponde una subvención total de 611.530,33 euros. Por su parte, del
resultado de la fiscalización de la contabilidad electoral del Partido Socialista Obrero
Español se desprende que a este partido le corresponde una subvención total
de 830.399,85 euros. Por último, a la organización política VOX le corresponde una
subvención total de 171.357,28 euros.
En consecuencia, se hace necesario complementar las subvenciones acreditadas
por los partidos políticos en las cuantías resultantes de la diferencia entre el importe de
la subvención concedida a cada partido y la suma del importe de las cantidades
anticipadas y de las liquidadas provisionalmente a cada formación política. Así pues, al
Partido Popular le restaría por percibir un importe de 32.594,52 euros, al Partido
Socialista Obrero Español, la cantidad de 54.572,73 euros y a VOX 171.357,28 euros.

cve: BOE-A-2024-16939
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