III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2024-16934)
Resolución de 29 de julio de 2024, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Federación Nacional Aspaym, para desarrollar el proyecto XXVII Campamento Aspaym 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 197

Jueves 15 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 106016

asociadas y gestionando la obtención de recursos humanos, técnicos y económicos para
la financiación de dichos programas y proyectos conjuntos.
Sexto.
Que el RPD y Federación Nacional Aspaym reconocen que la realización de
actividades conjuntas facilita la inclusión social de las personas con discapacidad y actúa
como medio de concienciar a la sociedad, lo que favorece que la inclusión social de
estas personas sea real y efectiva.
Este convenio es uno de los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente,
sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.
Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47.1
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público acuerdan
suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el RPD y la Federación
Nacional Aspaym para la realización del Proyecto XXVII Campamento Aspaym 2024 se
realizará en El Bosque de los Sueños, situado en Cubillos del Sil, provincia de León,
del 31 de julio al 11 de agosto de 2024, cuyo desarrollo contribuirá a dar cumplimiento al
estatuto del RPD y a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad. La descripción, objetivos y alcance del proyecto se detallan en el
anexo 1.
Segunda.

Compromisos del RPD.

El RPD aportará:

En cumplimiento del apartado 3 del artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, el abono de la aportación económica total del RPD
de quince mil euros (15.000 €), se efectuará una vez justificadas las actividades previstas
mediante la presentación de las correspondientes facturas y/o justificantes de gasto. El
ingreso se realizará en la cuenta número ************** 4087.
Dicho abono se efectuará contra certificado suscrito por el Director del Organismo,
acreditativo de la realización de las actividades y de la recepción de conformidad de la
justificación documental correspondiente.

cve: BOE-A-2024-16934
Verificable en https://www.boe.es

– La participación activa del personal en la coorganización para la preparación,
desarrollo y evaluación del proyecto, mediante reuniones de trabajo, así como su
divulgación.
– El asesoramiento específico referido a las actividades conveniadas.
– La comunicación y difusión del resultado del proyecto, en los soportes, redes
sociales y medios de comunicación en los que el RPD tenga presencia.
– Coorganización de una Jornada o evento sobre el contenido del proyecto.
– La elaboración por ambas partes de una nota de prensa con detalle de los trabajos
realizados antes, durante y después del desarrollo de la actividad conveniada. El RPD se
podrá publicar la nota en los medios de comunicación que considere oportunos para el
cumplimiento de sus fines de difusión.
– Una aportación económica de quince mil euros (15.000 €), con cargo a la
aplicación 29.102.231F.226.06 del presupuesto de gastos del organismo para el
año 2024, y destinada a cofinanciar las actividades objeto de este convenio, conforme
figura en el anexo 1.