III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Subvenciones. (BOE-A-2024-16876)
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se acuerda la asignación de las subvenciones para la recuperación de daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de septiembre de 2023, por el que se declara "Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil" el territorio afectado como consecuencia de diferentes episodios de incendios forestales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 196
Miércoles 14 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105818
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Secretaría General de Coordinación
Territorial, por la que se acuerda la asignación de las subvenciones para la
recuperación de daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial
e insular, previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de
septiembre de 2023, por el que se declara «Zona afectada gravemente por
una emergencia de protección civil» el territorio afectado como consecuencia
de diferentes episodios de incendios forestales.
En el «Boletín Oficial del Estado» número 74, de 25 de marzo de 2024, se publicó el
extracto de la Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de
Política Territorial, que aprueba la convocatoria de las subvenciones para la recuperación
de daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el
apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de septiembre de 2023, por
el que se declara «zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» el
territorio afectado como consecuencia de diferentes episodios de incendios forestales.
Dicha convocatoria se rige por la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que
se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones que tengan por finalidad la
ejecución de obras de reparación o restitución de: infraestructuras, equipamientos e
instalaciones y servicios de titularidad municipal y de las mancomunidades,
consecuencia de catástrofes naturales, así como redes viarias de las diputaciones
provinciales, cabildos, consejos insulares y comunidades autónomas uniprovinciales,
publicada en el BOE núm. 37, de 12 de febrero de 2015.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, las subdelegaciones o
delegaciones del Gobierno, según corresponda, han desarrollado las comprobaciones
establecidas en el artículo 8 de la citada Orden HAP/196/2015, de 21 de enero,
remitiendo a la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local las relaciones
cuantificadas de los proyectos susceptibles de recibir subvención, todo ello, según lo
previsto en el apartado tercero de dicho artículo y en el apartado quinto de la resolución
de convocatoria.
Posteriormente, la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, a través
de la Subdirección General de Cooperación Local, ha determinado los proyectos
financiables, mediante la verificación del cumplimiento de los requisitos señalados en las
bases reguladoras y en la convocatoria.
En consecuencia, culminada la tramitación del procedimiento, es preciso adoptar la
resolución de asignación de las subvenciones prevista en los artículos 9 y 10 de la Orden
HAP/196/2015, de 21 de enero y en el apartado sexto de la resolución de convocatoria.
De acuerdo con lo expresado, habiendo considerado lo dispuesto en el
artículo 62.2.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y actuando en ejercicio de la competencia delegada por el Secretario de Estado
de Política Territorial que figura en el apartado undécimo, apartado 1.d, de la Orden
TMD/605/2024, de 12 de junio, sobre fijación de límites para la administración de
determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, en relación con el
artículo 3.1.f del Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la
cve: BOE-A-2024-16876
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16876
Núm. 196
Miércoles 14 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105818
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Secretaría General de Coordinación
Territorial, por la que se acuerda la asignación de las subvenciones para la
recuperación de daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial
e insular, previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de
septiembre de 2023, por el que se declara «Zona afectada gravemente por
una emergencia de protección civil» el territorio afectado como consecuencia
de diferentes episodios de incendios forestales.
En el «Boletín Oficial del Estado» número 74, de 25 de marzo de 2024, se publicó el
extracto de la Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de
Política Territorial, que aprueba la convocatoria de las subvenciones para la recuperación
de daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el
apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de septiembre de 2023, por
el que se declara «zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» el
territorio afectado como consecuencia de diferentes episodios de incendios forestales.
Dicha convocatoria se rige por la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que
se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones que tengan por finalidad la
ejecución de obras de reparación o restitución de: infraestructuras, equipamientos e
instalaciones y servicios de titularidad municipal y de las mancomunidades,
consecuencia de catástrofes naturales, así como redes viarias de las diputaciones
provinciales, cabildos, consejos insulares y comunidades autónomas uniprovinciales,
publicada en el BOE núm. 37, de 12 de febrero de 2015.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, las subdelegaciones o
delegaciones del Gobierno, según corresponda, han desarrollado las comprobaciones
establecidas en el artículo 8 de la citada Orden HAP/196/2015, de 21 de enero,
remitiendo a la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local las relaciones
cuantificadas de los proyectos susceptibles de recibir subvención, todo ello, según lo
previsto en el apartado tercero de dicho artículo y en el apartado quinto de la resolución
de convocatoria.
Posteriormente, la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, a través
de la Subdirección General de Cooperación Local, ha determinado los proyectos
financiables, mediante la verificación del cumplimiento de los requisitos señalados en las
bases reguladoras y en la convocatoria.
En consecuencia, culminada la tramitación del procedimiento, es preciso adoptar la
resolución de asignación de las subvenciones prevista en los artículos 9 y 10 de la Orden
HAP/196/2015, de 21 de enero y en el apartado sexto de la resolución de convocatoria.
De acuerdo con lo expresado, habiendo considerado lo dispuesto en el
artículo 62.2.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y actuando en ejercicio de la competencia delegada por el Secretario de Estado
de Política Territorial que figura en el apartado undécimo, apartado 1.d, de la Orden
TMD/605/2024, de 12 de junio, sobre fijación de límites para la administración de
determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, en relación con el
artículo 3.1.f del Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la
cve: BOE-A-2024-16876
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