III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Hidrocarburos. Concesiones de explotación. (BOE-A-2024-16877)
Real Decreto 753/2024, de 23 de julio, por el que se otorga la primera prórroga y se deniega una segunda prórroga de las concesiones de explotación de yacimientos de hidrocarburos «El Romeral-1», «El Romeral-2» y «El Romeral-3».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 196

Miércoles 14 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 105823

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
16877

Real Decreto 753/2024, de 23 de julio, por el que se otorga la primera
prórroga y se deniega una segunda prórroga de las concesiones de
explotación de yacimientos de hidrocarburos «El Romeral-1», «El Romeral-2»
y «El Romeral-3».
I

Las concesiones de explotación de yacimientos de hidrocarburos denominadas «El
Romeral-1», «El Romeral-2» y «El Romeral-3» fueron otorgadas, respectivamente,
mediante los Reales Decretos 1258/1994, 1259/1994 y 1260/1994, de 3 de junio,
publicados en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 28 de julio de 1994. De acuerdo
con lo previsto en sus reales decretos de otorgamiento dichas concesiones quedaron
sujetas a la Ley 21/1974, de 27 de junio, sobre Investigación y Explotación de
Hidrocarburos, y al Reglamento para su aplicación aprobado por Real
Decreto 2362/1976, de 30 de julio, sin que sus titulares hayan decidido acogerse a la
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, en aplicación de su
disposición transitoria primera.
Mediante órdenes de 16 de marzo de 1999 sobre renuncia parcial de superficie en
las concesiones de explotación de hidrocarburos «El Romeral-1», «El Romeral-2» y «El
Romeral-3», publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 83, de 7 de abril
de 1999, la superficie de estas concesiones pasó a ser, respectivamente, de 8.162,40
hectáreas, 14.964,40 hectáreas y 7.890,32 hectáreas, que es su superficie actual.
Tras varias cesiones de participaciones, en virtud de la Orden TED/1050/2020, de 23
de octubre, la titularidad actual del 100 % de las concesiones corresponde a «Tarba
Energía, SL», con CIF B85402345, que actúa igualmente como operador («Boletín
Oficial del Estado» núm. 296, de 10 de noviembre de 2020).

Con fecha 12 de mayo de 2021, reiterada el 14 de mayo de 2021, se ha recibido
instancia del titular único de las concesiones, «Tarba Energía, SL», solicitando, al
amparo de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 21/1974, de 27 de junio, y el
Reglamento para su aplicación, la prórroga del plazo de vigencia de las concesiones «El
Romeral-1», «El Romeral-2» y «El Romeral-3», por dos períodos sucesivos de diez
años, contados a partir del 28 de julio de 2024. Por otra parte, subsidiariamente solicita
que, para el caso en que la prórroga de la vigencia de las concesiones de explotación de
hidrocarburos no pueda extenderse por disposición legal más allá del 31 de diciembre
de 2042, se otorgue prórroga de la vigencia de las citadas concesiones de explotación
de hidrocarburos hasta el plazo máximo legalmente admisible por dos periodos
sucesivos.
Posteriormente, a requerimiento de la Administración, el concesionario ha remitido
documentación adicional mediante instancias de fechas 18 de noviembre de 2022, 21 de
noviembre de 2022, 23 de noviembre de 2022 y 29 de noviembre de 2022. Asimismo,
con fecha 10 de octubre de 2023, ha remitido nueva documentación.

cve: BOE-A-2024-16877
Verificable en https://www.boe.es

II