III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2024-16828)
Resolución de 31 de julio de 2024, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con Fundación ACS, para el proyecto cursos formativos de accesibilidad universal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 195
Martes 13 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105732
nacional como en el internacional, dando mayor proyección social al mismo, y que, de
acuerdo con sus Estatutos, tiene como fines de interés general:
− La promoción y desarrollo de toda clase de actividades culturales y artísticas, en su
más amplia acepción.
− La promoción y desarrollo de programas y actividades relacionadas con la ciencia,
la formación, la educación, la enseñanza, la investigación y difusión tecnológica.
− La promoción, conservación y restauración de los bienes del patrimonio artístico
español, colaborando en su difusión para el mejor conocimiento de los mismos y su
accesibilidad.
− La promoción y el desarrollo de actividades relacionadas con la defensa y
protección del medioambiente.
Sexto.
Que el RPD y la Fundación ACS reconocen que la realización de actividades
conjuntas facilita la inclusión social de las personas con discapacidad y actúa como
medio de concienciar a la sociedad, lo que favorece que la inclusión social de estas
personas sea real y efectiva.
Este convenio es uno de los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente,
sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.
Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47.1
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público acuerdan
suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el RPD y la Fundación
ACS para la realización del proyecto de formación en materia de accesibilidad universal,
se realizará en diferentes ciudades de España a lo largo del año 2024, cuyo desarrollo
contribuirá a dar cumplimiento al estatuto del RPD y a la Convención Internacional sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad. La descripción, objetivos y alcance del
proyecto se detallan en el anexo I.
Segunda.
Compromisos del RPD.
− La participación activa del personal en la coorganización para la preparación,
desarrollo y evaluación del proyecto, mediante reuniones de trabajo, así como su
divulgación.
− La comunicación y difusión del resultado del proyecto, en los soportes, redes
sociales y medios de comunicación en los que el RPD tenga presencia.
− Una aportación económica de siete mil euros (7.000 €) con cargo a la
aplicación 29.102.231F.226.06 del presupuesto de gastos del organismo para el
año 2024, y destinada a cofinanciar las actividades objeto de este convenio, conforme
figura en el anexo I.
En cumplimiento del apartado 3 del artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, el abono de la aportación económica total del RPD
de siete mil euros (7.000 €), se efectuará una vez justificadas las actividades previstas
mediante la presentación de las correspondientes facturas y/o justificantes de gasto. El
ingreso se realizará en la cuenta número ************ 0117.
cve: BOE-A-2024-16828
Verificable en https://www.boe.es
El RPD aportará:
Núm. 195
Martes 13 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105732
nacional como en el internacional, dando mayor proyección social al mismo, y que, de
acuerdo con sus Estatutos, tiene como fines de interés general:
− La promoción y desarrollo de toda clase de actividades culturales y artísticas, en su
más amplia acepción.
− La promoción y desarrollo de programas y actividades relacionadas con la ciencia,
la formación, la educación, la enseñanza, la investigación y difusión tecnológica.
− La promoción, conservación y restauración de los bienes del patrimonio artístico
español, colaborando en su difusión para el mejor conocimiento de los mismos y su
accesibilidad.
− La promoción y el desarrollo de actividades relacionadas con la defensa y
protección del medioambiente.
Sexto.
Que el RPD y la Fundación ACS reconocen que la realización de actividades
conjuntas facilita la inclusión social de las personas con discapacidad y actúa como
medio de concienciar a la sociedad, lo que favorece que la inclusión social de estas
personas sea real y efectiva.
Este convenio es uno de los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente,
sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.
Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47.1
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público acuerdan
suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el RPD y la Fundación
ACS para la realización del proyecto de formación en materia de accesibilidad universal,
se realizará en diferentes ciudades de España a lo largo del año 2024, cuyo desarrollo
contribuirá a dar cumplimiento al estatuto del RPD y a la Convención Internacional sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad. La descripción, objetivos y alcance del
proyecto se detallan en el anexo I.
Segunda.
Compromisos del RPD.
− La participación activa del personal en la coorganización para la preparación,
desarrollo y evaluación del proyecto, mediante reuniones de trabajo, así como su
divulgación.
− La comunicación y difusión del resultado del proyecto, en los soportes, redes
sociales y medios de comunicación en los que el RPD tenga presencia.
− Una aportación económica de siete mil euros (7.000 €) con cargo a la
aplicación 29.102.231F.226.06 del presupuesto de gastos del organismo para el
año 2024, y destinada a cofinanciar las actividades objeto de este convenio, conforme
figura en el anexo I.
En cumplimiento del apartado 3 del artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, el abono de la aportación económica total del RPD
de siete mil euros (7.000 €), se efectuará una vez justificadas las actividades previstas
mediante la presentación de las correspondientes facturas y/o justificantes de gasto. El
ingreso se realizará en la cuenta número ************ 0117.
cve: BOE-A-2024-16828
Verificable en https://www.boe.es
El RPD aportará: