III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-16756)
Resolución de 31 de julio de 2024, del Centro Español de Metrología, por la que se publica la Adenda modificativa y de prórroga del Convenio con la Universidad Carlos III de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas para estudiantes de grado, máster y doctorado.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 105416

Ambos representantes, reconociéndose mutuamente capacidad suficiente, suscriben
en nombre de las respectivas entidades el presente documento y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que, con fecha 29 de julio de 2020, se firmó el «Convenio entre el Centro Español
de Metrología, O.A., M.P., y la Universidad Carlos III de Madrid para la realización de
prácticas académicas externas para estudiantes de grado, máster y doctorado de la
universidad».
El citado convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos
e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal con fecha 3 de agosto de 2020
y objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 13 de agosto de 2020,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segundo.
Que la cláusula undécima del convenio establece, en cuanto a su vigencia y
modificación, lo siguiente:
«El Convenio se perfecciona en el momento de su firma y será eficaz una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal y publicado en el "Boletín Oficial del Estado". Tendrá una vigencia de
cuatro años contados a partir de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" previa
inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del sector público estatal.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto anteriormente los
firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro
años adicionales o su extinción.
Por su parte, la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime
de las Partes.
El presente convenio es susceptible de modificación por acuerdo expreso de
las Partes que quedará plasmado en documento aparte, denominado Adenda, que será
firmado por las Partes y quedará unido al presente convenio formando parte del mismo.
La referida adenda habrá de seguir los trámites previstos en el artículo 50.2 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO)
y publicada en el "Boletín Oficial del Estado".»
Tercero.
Que, de conformidad con lo anteriormente referido, y en virtud de lo previsto en el
artículo 48.8 de la precitada Ley 40/2015, en la redacción vigente en el momento de su
firma, el convenio tiene efectos hasta el 12 de agosto de 2024.

Que, estando próxima la finalización de la vigencia del convenio, ambas Partes han
convenido la oportunidad y pertinencia de prorrogar su vigencia y, de este modo,
continuar la cooperación en el desarrollo de un programa de prácticas académicas
externas para que los estudiantes de la universidad puedan realizar prácticas
curriculares y extracurriculares en las instalaciones del CEM que les permitan a los
mismos aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación
académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para el

cve: BOE-A-2024-16756
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.