III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-16764)
Resolución de 23 de julio, de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enel Green Power España, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Campos, de 61,6 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Mula (Murcia), y se declara, en concreto, la utilidad pública de la infraestructura de evacuación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105461
requisitos impuestos en la declaración de impacto ambiental y en la citada resolución de
autorización administrativa previa, incluyendo declaración responsable en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Las líneas subterráneas a 33 kV que tienen como origen los centros de
transformación de la planta, discurriendo hasta la subestación colectora «Campos»
33/132 kV, en el término municipal de Mula, en la provincia de Murcia.
– La subestación colectora «Campos» 33/132 kV, en el término municipal de Mula,
en la provincia de Murcia.
– La línea eléctrica aérea de 132 kV de evacuación con origen la subestación
colectora «Campos» 33/132 kV, discurriendo su trazado hasta apoyo AP_Entronque
(objeto del expediente SGEE/PFot-127), en el término municipal de Mula, en la provincia
de Murcia.
El resto de la infraestructura de evacuación hasta la conexión a la red de transporte
cuenta con autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción otorgadas mediante resolución de esta Dirección General de Política
Energética y Minas de 18 de abril de 2023 y resolución de esta Dirección General de
Política Energética y Minas de 11 de julio de 2024 (El Molino, SGEE/PFot-127):
– La línea aéreo-subterránea de alta tensión a 132 kV «SET El Molino 30/132 kV –
SET Colectora Campos 132/400 kV» desde el apoyo 16, a partir del cual, la línea se
comparte con el proyecto «PSF Mula II» (SGEE/Pfot-305). A partir del apoyo 23, la línea
se comparte también con el proyecto «Campos» (SGEE/Pfot-468, en el marco de la cual
se refiere como apoyo-entronque).
– La subestación colectora «SET Colectora Campos 132/400 kV», compartida con
los proyectos fotovoltaicos «PSF Mula II» (SGEE/Pfot-305), «CSF El Molino» (SGEE/
Pfot-127) y «Campos 115» (SGEE/Pfot-044).
– La línea aérea a 400 kV «SET Colectora Campos 132/400 kV – SE
Campos 400 kV (REE)», compartida con los proyectos fotovoltaicos «PSF Mula II»
(SGEE/Pfot-305), «CSF El Molino» (SGEE/Pfot-127) y «Campos 115» (SGEE/Pfot-044).
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con
fechas 6 de noviembre de 2020, 21 de noviembre de 2021 y 10 de marzo de 2023, el
promotor firma acuerdos para el desarrollo de infraestructuras comunes de interconexión
en la subestación Campos 400 kV (REE) con SPG Gestora Yéchar, SL («Campos 115»,
SGEE/Pfot-044), Marpani Solar 6, SLU («CSF El Molino», SGEE/Pfot-127) y Cobra
Concesiones, SL («PSF Mula II», SGEE/Pfot-305).
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fechas 8 de marzo de 2024, 10 de julio y 20 de julio
de 2024, declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es
de aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
cve: BOE-A-2024-16764
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105461
requisitos impuestos en la declaración de impacto ambiental y en la citada resolución de
autorización administrativa previa, incluyendo declaración responsable en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Las líneas subterráneas a 33 kV que tienen como origen los centros de
transformación de la planta, discurriendo hasta la subestación colectora «Campos»
33/132 kV, en el término municipal de Mula, en la provincia de Murcia.
– La subestación colectora «Campos» 33/132 kV, en el término municipal de Mula,
en la provincia de Murcia.
– La línea eléctrica aérea de 132 kV de evacuación con origen la subestación
colectora «Campos» 33/132 kV, discurriendo su trazado hasta apoyo AP_Entronque
(objeto del expediente SGEE/PFot-127), en el término municipal de Mula, en la provincia
de Murcia.
El resto de la infraestructura de evacuación hasta la conexión a la red de transporte
cuenta con autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción otorgadas mediante resolución de esta Dirección General de Política
Energética y Minas de 18 de abril de 2023 y resolución de esta Dirección General de
Política Energética y Minas de 11 de julio de 2024 (El Molino, SGEE/PFot-127):
– La línea aéreo-subterránea de alta tensión a 132 kV «SET El Molino 30/132 kV –
SET Colectora Campos 132/400 kV» desde el apoyo 16, a partir del cual, la línea se
comparte con el proyecto «PSF Mula II» (SGEE/Pfot-305). A partir del apoyo 23, la línea
se comparte también con el proyecto «Campos» (SGEE/Pfot-468, en el marco de la cual
se refiere como apoyo-entronque).
– La subestación colectora «SET Colectora Campos 132/400 kV», compartida con
los proyectos fotovoltaicos «PSF Mula II» (SGEE/Pfot-305), «CSF El Molino» (SGEE/
Pfot-127) y «Campos 115» (SGEE/Pfot-044).
– La línea aérea a 400 kV «SET Colectora Campos 132/400 kV – SE
Campos 400 kV (REE)», compartida con los proyectos fotovoltaicos «PSF Mula II»
(SGEE/Pfot-305), «CSF El Molino» (SGEE/Pfot-127) y «Campos 115» (SGEE/Pfot-044).
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con
fechas 6 de noviembre de 2020, 21 de noviembre de 2021 y 10 de marzo de 2023, el
promotor firma acuerdos para el desarrollo de infraestructuras comunes de interconexión
en la subestación Campos 400 kV (REE) con SPG Gestora Yéchar, SL («Campos 115»,
SGEE/Pfot-044), Marpani Solar 6, SLU («CSF El Molino», SGEE/Pfot-127) y Cobra
Concesiones, SL («PSF Mula II», SGEE/Pfot-305).
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fechas 8 de marzo de 2024, 10 de julio y 20 de julio
de 2024, declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es
de aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
cve: BOE-A-2024-16764
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Núm. 194