III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16738)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del sector público local, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 104560

I. INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO FISCALIZADOR
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 3.a)
de su Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento (LFTCu), aprobó, el 21 de diciembre de 2022,
el Programa de Fiscalizaciones para el año 2023, en el que figura, entre las programadas a
iniciativa del propio Tribunal, la Fiscalización del Sector Público Local, ejercicio 2021. El Acuerdo
de inicio de la fiscalización fue aprobado por el Pleno del Tribunal en su sesión de 29 de marzo de
2023.
Esta fiscalización se lleva a cabo, de forma recurrente, con el fin de evaluar el cumplimiento de las
obligaciones de rendición de cuentas y de remisión de otra información obligatoria por parte de las
entidades locales, así como de analizar, con carácter anual, la situación y evolución de la actividad
económico-financiera y presupuestaria del sector público local.
Esta actuación fiscalizadora se enmarca en el Plan Estratégico del Tribunal de Cuentas 20182021, aprobado por el Pleno de la Institución el 25 de abril de 2018, en concreto, en la medida 2
(“Fiscalizar las áreas con mayores incumplimientos o entidades que no rinden cuentas”), del
objetivo específico 1.2, referido al fomento de buenas prácticas de organización, gestión y control
de las entidades públicas), así como en la medida 3 (“Fiscalizar los volúmenes más significativos
de ingreso y de gasto públicos”), del objetivo específico 1.3, dirigido a identificar y fiscalizar las
principales áreas de riesgo, con especial hincapié en las prácticas que puedan propiciar el fraude
y la corrupción), ambos incluidos dentro del objetivo estratégico 1 del referido Plan: “Contribuir al
buen gobierno y a la mejora de la actividad económico-financiera del sector público”.
I.2. OBJETO DE LA FISCALIZACIÓN
En la presente fiscalización se recogen los resultados de los análisis y comprobaciones realizados
sobre las cuentas generales correspondientes al ejercicio 2021 rendidas por las entidades locales,
así como sobre la información relativa a los contratos y convenios celebrados por las entidades
del sector público local durante el referido ejercicio y la información remitida por los órganos de la
Intervención en materia de control interno del mismo periodo.
I.3. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL
El ámbito subjetivo de la fiscalización está constituido por todas las entidades del sector público
local sometidas a la obligación de rendir cuentas y de remitir información sobre contratos,
convenios y en materia de control interno, incluidas tanto las entidades locales principales como
sus entidades dependientes o adscritas.

cve: BOE-A-2024-16738
Verificable en https://www.boe.es

El ámbito objetivo está integrado por las cuentas generales rendidas por las entidades locales
correspondientes al ejercicio fiscalizado; las relaciones anuales de contratos y extractos de
expedientes de contratación formalizados; las relaciones anuales de convenios y expedientes de
convenios celebrados; y la información sobre control interno, incluyendo los acuerdos y
resoluciones contrarios a reparos formulados por los órganos de la Intervención local, los
expedientes con omisión de fiscalización previa y las principales anomalías en materia de
ingresos.