III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16737)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del sector público local, ejercicio 2020.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Cuadro 7.
Sec. III. Pág. 104322
Aprobación de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2020, en plazo y fuera
de plazo. Retraso medio
Fuera de Plazo
Entidades Locales
En plazo
(31/03/2021)
N.º
Ayuntamientos
Diputaciones provinciales
Cabildo/Consejo Insular
Comarca
Mancomunidad
Antes del
31/07/2021
%
Entre el
Después del
31/07/2021 y
31/12/2021
el 31/12/2021
Retraso
Liquidación del
medio
presupuesto no
aprobación
aprobado
Liq.del Ppto.
N.º
%
(N.º de días)
Total fuera
de plazo
N.º
%
4.189
74
1.284
167
0
1.451
26
57
37
1
32
97
1
0
0
1
3
20
0
0
5
83
1
0
0
1
17
29
0
0
39
56
28
0
0
28
40
39
3
4
344
79
72
13
0
85
20
59
6
1
Área metropolitana
3
100
0
0
0
0
0
-
0
0
Agrupación de municipios
4
80
1
0
0
1
20
63
0
0
EATIM
1.139
65
454
172
0
626
35
87
0
0
TOTAL
5.755
72
1.841
352
0
2.193
27
65
46
1
Fuente: Plataforma de Rendición de Cuentas
El retraso medio en la aprobación de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2020 fue de 65
días, es decir, algo más de dos meses después de transcurrido el plazo establecido para ello.
Destaca la demora en la aprobación de la liquidación del presupuesto de las EATIM, que llegaba a
alcanzar un retraso medio de 87 días.
II.3.2. Formación, tramitación y aprobación de la cuenta general del ejercicio 2020
En el artículo 212 del TRLRHL se establece el régimen de rendición, publicidad y aprobación de la
cuenta general de las entidades locales, que implica su formación por la Intervención, a partir de los
estados y cuentas rendidos por el presidente de la entidad y por los responsables de los organismos
autónomos y sociedades mercantiles íntegramente participadas por aquella. Una vez formada se
somete a informe de la Comisión Especial de Cuentas de la entidad local y la cuenta, con el referido
informe, se expone al público por un plazo de quince días11, durante los cuales los interesados
pueden presentar reclamaciones, reparos u observaciones, que serán examinados por la referida
Comisión, practicando las comprobaciones que estime necesarias, y emitirá un nuevo informe. La
cuenta general, acompañada de los informes de la Comisión Especial de Cuentas y las
reclamaciones y reparos formulados, se someterá al Pleno de la Corporación para que, en su caso,
pueda ser aprobada antes del 1 de octubre del ejercicio siguiente al que aquella se refiera. Una vez
que se haya pronunciado el Pleno sobre la cuenta general, aprobándola o rechazándola, el
presidente de la entidad local la rendirá al Tribunal de Cuentas.
De acuerdo con los datos de la Plataforma de Rendición de Cuentas, de las 7.994 entidades que
rindieron la cuenta general del ejercicio 2020, un total de 4.618 (el 58 %) formaron las cuentas y
6.297 (el 79 %) las aprobaron dentro de los plazos legalmente establecidos.
Tras la modificación introducida en la redacción del artículo 212.3 del TRLRHL por la disposición final décima novena
de la precitada Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, ha sido suprimido, a partir del 1 de enero
de 2021, el plazo adicional de ocho días que estaba previsto anteriormente para presentar reclamaciones, reparos u
observaciones, debiendo hacerse dentro de los quince días de exposición pública.
cve: BOE-A-2024-16737
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Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Cuadro 7.
Sec. III. Pág. 104322
Aprobación de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2020, en plazo y fuera
de plazo. Retraso medio
Fuera de Plazo
Entidades Locales
En plazo
(31/03/2021)
N.º
Ayuntamientos
Diputaciones provinciales
Cabildo/Consejo Insular
Comarca
Mancomunidad
Antes del
31/07/2021
%
Entre el
Después del
31/07/2021 y
31/12/2021
el 31/12/2021
Retraso
Liquidación del
medio
presupuesto no
aprobación
aprobado
Liq.del Ppto.
N.º
%
(N.º de días)
Total fuera
de plazo
N.º
%
4.189
74
1.284
167
0
1.451
26
57
37
1
32
97
1
0
0
1
3
20
0
0
5
83
1
0
0
1
17
29
0
0
39
56
28
0
0
28
40
39
3
4
344
79
72
13
0
85
20
59
6
1
Área metropolitana
3
100
0
0
0
0
0
-
0
0
Agrupación de municipios
4
80
1
0
0
1
20
63
0
0
EATIM
1.139
65
454
172
0
626
35
87
0
0
TOTAL
5.755
72
1.841
352
0
2.193
27
65
46
1
Fuente: Plataforma de Rendición de Cuentas
El retraso medio en la aprobación de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2020 fue de 65
días, es decir, algo más de dos meses después de transcurrido el plazo establecido para ello.
Destaca la demora en la aprobación de la liquidación del presupuesto de las EATIM, que llegaba a
alcanzar un retraso medio de 87 días.
II.3.2. Formación, tramitación y aprobación de la cuenta general del ejercicio 2020
En el artículo 212 del TRLRHL se establece el régimen de rendición, publicidad y aprobación de la
cuenta general de las entidades locales, que implica su formación por la Intervención, a partir de los
estados y cuentas rendidos por el presidente de la entidad y por los responsables de los organismos
autónomos y sociedades mercantiles íntegramente participadas por aquella. Una vez formada se
somete a informe de la Comisión Especial de Cuentas de la entidad local y la cuenta, con el referido
informe, se expone al público por un plazo de quince días11, durante los cuales los interesados
pueden presentar reclamaciones, reparos u observaciones, que serán examinados por la referida
Comisión, practicando las comprobaciones que estime necesarias, y emitirá un nuevo informe. La
cuenta general, acompañada de los informes de la Comisión Especial de Cuentas y las
reclamaciones y reparos formulados, se someterá al Pleno de la Corporación para que, en su caso,
pueda ser aprobada antes del 1 de octubre del ejercicio siguiente al que aquella se refiera. Una vez
que se haya pronunciado el Pleno sobre la cuenta general, aprobándola o rechazándola, el
presidente de la entidad local la rendirá al Tribunal de Cuentas.
De acuerdo con los datos de la Plataforma de Rendición de Cuentas, de las 7.994 entidades que
rindieron la cuenta general del ejercicio 2020, un total de 4.618 (el 58 %) formaron las cuentas y
6.297 (el 79 %) las aprobaron dentro de los plazos legalmente establecidos.
Tras la modificación introducida en la redacción del artículo 212.3 del TRLRHL por la disposición final décima novena
de la precitada Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, ha sido suprimido, a partir del 1 de enero
de 2021, el plazo adicional de ocho días que estaba previsto anteriormente para presentar reclamaciones, reparos u
observaciones, debiendo hacerse dentro de los quince días de exposición pública.
cve: BOE-A-2024-16737
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