III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16737)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del sector público local, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 104308

principales magnitudes económico-patrimoniales relevantes derivadas de las cuentas de las
sociedades mercantiles y entidades públicas empresariales.
6) Verificar el cumplimiento, por parte de las entidades locales, de la obligación de remitir al
Tribunal de Cuentas las relaciones anuales de los contratos que se hubieran celebrado en 2020,
en cumplimiento del artículo 40.2 de la LFTCu, y de los extractos de expedientes de contratación
formalizados en dicho ejercicio, en virtud del artículo 29 del TRLCSP o del artículo 335 de la
LCSP, según corresponda, y conforme a las Instrucciones sobre remisión telemática al Tribunal
de Cuentas que le son de aplicación.
7) Verificar el cumplimiento, por parte de las entidades locales, de la obligación de remitir al
Tribunal de Cuentas la información relativa a los expedientes de convenios y las relaciones
anuales de los mismos, celebrados en el ejercicio 2020, conforme a lo previsto en el artículo 53
de la LRJSP y en la Instrucción relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de
convenios y de relaciones anuales de los celebrados por las entidades del sector público local,
aprobada por Acuerdo del Pleno de 24 de noviembre de 2016.
8) Verificar el cumplimiento, por parte de los órganos de la Intervención de las entidades locales,
de la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas la información relativa a la estructura del
órgano de Intervención, configuración y ejercicio del control interno de la entidad local, así como
los acuerdos y resoluciones contrarios a reparos formulados por la Intervención local, los
expedientes tramitados con omisión de la fiscalización previa y las anomalías detectadas en
materia de ingresos, previstas en el artículo 218.3 del TRLRHL y en la Instrucción sobre remisión
de información relativa al ejercicio del control interno de las Entidades Locales, a partir de
ejercicio 2019, aprobada por Acuerdo del Pleno de 19 de diciembre de 2019.
Asimismo, en lo que afecta a la transparencia, se ha examinado el contenido de la memoria de las
cuentas anuales del ejercicio 2020 rendidas por las principales entidades locales, para comprobar
si contienen información relativa a los gastos derivados de las actuaciones adoptadas por la entidad
local para hacer frente al COVID-19.
Adicionalmente, se ha realizado una evaluación sobre el grado de cumplimiento de las
recomendaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas en informes precedentes del Sector
Público Local relativos a los últimos ejercicios, así como de las correspondientes resoluciones de la
Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas.
Esta fiscalización se ha llevado a cabo de acuerdo con las Normas de fiscalización del Tribunal de
Cuentas, que fueron aprobadas por el Pleno de la Institución el 23 de diciembre de 2013.
TRATAMIENTO DE LAS JUSTIFICACIONES Y LA SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS
RESULTANTES DE LA VALIDACIÓN DE LAS CUENTAS GENERALES

El Informe de fiscalización del Sector Público Local, dada su naturaleza específica, recoge los
resultados agregados sobre el cumplimiento, por las entidades locales, de las obligaciones de
rendición de sus cuentas generales, además del cumplimiento de la obligación de remisión de la
información de los contratos y convenios celebrados, así como de la remisión, por los órganos de
la Intervención local, de información en materia de control interno. Igualmente, se integran en este
informe resultados relativos a los plazos para la aprobación y liquidación del presupuesto y la
formación, aprobación y rendición de dichas cuentas y los derivados del análisis de las principales
magnitudes presupuestarias, económicas y financieras agregadas, de las entidades locales y de
sus entidades dependientes y adscritas.

cve: BOE-A-2024-16737
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I.6.