III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16737)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del sector público local, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 104307
de las relaciones anuales de los contratos celebrados por las entidades y entes del Sector Público
Local al amparo de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público2.
− Resolución de 2 de diciembre de 2016, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se
publica el Acuerdo del Pleno de 24 de noviembre de 2016, por el que se aprueba la Instrucción
relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de convenios y de relaciones anuales de
los celebrados por las entidades del Sector Público Local.
− Resolución de 15 de enero de 2020, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se
publica el Acuerdo del Pleno de 19 de diciembre de 2019, por el que se aprueba la Instrucción
sobre remisión de información relativa al ejercicio del control interno de las Entidades Locales.
La principal novedad normativa en este ejercicio en materia de rendición de cuentas, fue la
modificación del artículo 212 del TRLRHL, por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2021, que suprime el inciso según el cual las entidades locales
han de rendir al Tribunal de Cuentas la cuenta general debidamente aprobada, para habilitar la
posibilidad de que el presidente de la corporación local rinda la cuenta general una vez que el Pleno
se haya pronunciado sobre la ella, aprobándola o rechazándola. Esta modificación recoge la
recomendación que se venía haciendo por el Tribunal de Cuentas en anteriores Informes sobre el
sector público local.
I.5.
TIPO DE FISCALIZACIÓN, OBJETIVOS, ALCANCE Y PROCEDIMIENTO
Se trata de una fiscalización horizontal y de cumplimiento de las obligaciones de rendición de
cuentas y de remisión de otra información preceptiva al Tribunal de Cuentas, y en la que, asimismo,
se incluye un análisis sobre las principales magnitudes presupuestarias, económicas y financieras
agregadas representativas de la actividad económico-financiera del sector público local.
Los objetivos generales para esta fiscalización previstos en las Directrices Técnicas, que fueron
aprobadas el 31 de marzo de 2022, son los siguientes:
1) Examinar, a nivel global, la composición del censo del sector público local y el cumplimiento de
la obligación de rendición, por parte de las entidades locales, de las cuentas generales
correspondientes al ejercicio 2020.
2) Examinar el cumplimiento de los plazos previstos en la normativa para la aprobación de los
presupuestos y para la formación, aprobación y rendición de la cuenta general.
3) Evaluar la integridad y la coherencia de la información contenida en las cuentas anuales
rendidas del ejercicio 2020.
4) Analizar las principales magnitudes económico-financieras y presupuestarias agregadas
derivadas de las cuentas generales de las entidades locales, incluyendo, en particular, el análisis
del endeudamiento y de los principales indicadores financieros, patrimoniales y presupuestarios
definidos en las Instrucciones de Contabilidad para la Administración Local.
2
Sustituye a la anterior Instrucción sobre remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes
de contratación y de las relaciones anuales de los contratos celebrados por las Entidades del Sector Público Local,
aprobada por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 22 de diciembre de 2015.
cve: BOE-A-2024-16737
Verificable en https://www.boe.es
5) Examinar el cumplimiento de la obligación de remisión de las cuentas anuales de las entidades
dependientes y adscritas, integradas en las cuentas generales rendidas, así como analizar las
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 104307
de las relaciones anuales de los contratos celebrados por las entidades y entes del Sector Público
Local al amparo de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público2.
− Resolución de 2 de diciembre de 2016, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se
publica el Acuerdo del Pleno de 24 de noviembre de 2016, por el que se aprueba la Instrucción
relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de convenios y de relaciones anuales de
los celebrados por las entidades del Sector Público Local.
− Resolución de 15 de enero de 2020, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se
publica el Acuerdo del Pleno de 19 de diciembre de 2019, por el que se aprueba la Instrucción
sobre remisión de información relativa al ejercicio del control interno de las Entidades Locales.
La principal novedad normativa en este ejercicio en materia de rendición de cuentas, fue la
modificación del artículo 212 del TRLRHL, por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2021, que suprime el inciso según el cual las entidades locales
han de rendir al Tribunal de Cuentas la cuenta general debidamente aprobada, para habilitar la
posibilidad de que el presidente de la corporación local rinda la cuenta general una vez que el Pleno
se haya pronunciado sobre la ella, aprobándola o rechazándola. Esta modificación recoge la
recomendación que se venía haciendo por el Tribunal de Cuentas en anteriores Informes sobre el
sector público local.
I.5.
TIPO DE FISCALIZACIÓN, OBJETIVOS, ALCANCE Y PROCEDIMIENTO
Se trata de una fiscalización horizontal y de cumplimiento de las obligaciones de rendición de
cuentas y de remisión de otra información preceptiva al Tribunal de Cuentas, y en la que, asimismo,
se incluye un análisis sobre las principales magnitudes presupuestarias, económicas y financieras
agregadas representativas de la actividad económico-financiera del sector público local.
Los objetivos generales para esta fiscalización previstos en las Directrices Técnicas, que fueron
aprobadas el 31 de marzo de 2022, son los siguientes:
1) Examinar, a nivel global, la composición del censo del sector público local y el cumplimiento de
la obligación de rendición, por parte de las entidades locales, de las cuentas generales
correspondientes al ejercicio 2020.
2) Examinar el cumplimiento de los plazos previstos en la normativa para la aprobación de los
presupuestos y para la formación, aprobación y rendición de la cuenta general.
3) Evaluar la integridad y la coherencia de la información contenida en las cuentas anuales
rendidas del ejercicio 2020.
4) Analizar las principales magnitudes económico-financieras y presupuestarias agregadas
derivadas de las cuentas generales de las entidades locales, incluyendo, en particular, el análisis
del endeudamiento y de los principales indicadores financieros, patrimoniales y presupuestarios
definidos en las Instrucciones de Contabilidad para la Administración Local.
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Sustituye a la anterior Instrucción sobre remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes
de contratación y de las relaciones anuales de los contratos celebrados por las Entidades del Sector Público Local,
aprobada por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 22 de diciembre de 2015.
cve: BOE-A-2024-16737
Verificable en https://www.boe.es
5) Examinar el cumplimiento de la obligación de remisión de las cuentas anuales de las entidades
dependientes y adscritas, integradas en las cuentas generales rendidas, así como analizar las