III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16736)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del otorgamiento de avales del Estado por medio de las líneas ICO para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 104295

IV.1. RECOMENDACIONES SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL ICO
4.1. Se recomienda crear una oficina de Seguridad informática que dependa de presidencia de la
institución y que coordine toda la seguridad del ICO, de forma que se refuerce la separación de la
ejecución de las medidas técnicas y de la coordinación.
4.2. Dada la importancia de la información que gestiona el ICO, se recomienda crear un apartado
específico de “Datos abiertos” donde se facilite el acceso de los ciudadanos a información referente
a las funciones que el ICO tiene encomendadas, proporcionando los datos en formatos accesibles
y tratables de manera automatizada, así como la inclusión de la fecha de actualización de la
información contenida en el portal de transparencia. Asimismo, se recomienda facilitar la búsqueda
y localización del Registro de Actividades de Tratamiento que indica el Reglamento (UE) 2016/679.
4.3. Teniendo en cuenta que el ICO va a continuar utilizando la aplicación Banc@ico como
herramienta básica de gestión para el desarrollo de su actividad, se recomienda analizar aquellos
campos de la aplicación para los que se han descrito errores e incongruencias en esta fiscalización
y modificar los requisitos de formato y las validaciones internas de Banc@ico, mejorando la calidad
y congruencia de los datos y las validaciones que realiza la aplicación, con el objetivo de obtener
una base de datos fiable que permita un mejor seguimiento de los sucesivos hitos de las
operaciones y facilite su comprobación y control, tanto inicial como ex-post. Asimismo, se
recomienda incorporar a la aplicación Banc@ico un manual de usuario actualizado.
4.4. Por el mismo motivo, el ICO debería continuar con el proceso de subsanación y corrección de
los datos heterogéneos e incongruentes que se reflejan en Banc@ico sobre las operaciones
fiscalizadas, para así facilitar el control posterior de las mismas y los posibles impagos que se
puedan producir.
4.5. El ICO debería mejorar los procedimientos de comunicación de las ayudas de Estado a la BDNS
y su coordinación con este Registro público, de manera que pueda conseguir la comunicación en
plazo de las ayudas que gestiona, asegurar la efectiva comunicación de todas ellas y mejorar el
control de los límites previstos en la normativa que las regula.
IV.2. RECOMENDACIONES SOBRE LA GESTIÓN DE LA CONCESIÓN DE FUTUROS AVALES
EN LÍNEAS SIMILARES A LAS FISCALIZADAS
4.6. Para la gestión de la concesión de futuros avales en líneas similares a las fiscalizadas, se
recomienda al ICO homogeneizar el contenido de la documentación que se debe adjuntar a
Banc@ico, así como revisar qué documentación se debe adjuntar a la aplicación con carácter
obligatorio para agilizar la comprobación y el control de las operaciones (como, por ejemplo, los
contratos de préstamo de la entidad financiera con el beneficiario final).

4.8. El ICO debería prever en los contratos con las entidades financieras mecanismos exigentes
para conseguir que estas cumplan las obligaciones que asuman en los contratos marco que se
puedan celebrar con el ICO para la comercialización de estas futuras líneas de avales (obligaciones
similares a las que se han analizado en este Informe sobre la finalidad de la financiación obtenida,

cve: BOE-A-2024-16736
Verificable en https://www.boe.es

4.7. Para esos supuestos, el ICO debería mejorar los sistemas de control y seguimiento informático
de las operaciones autorizadas por COPER, así como elaborar las propuestas para la aprobación
de las operaciones por COPER de manera automatizada con Banc@ico, evitando diferencias entre
los datos de los certificados de COPER y los incorporados a Banc@ico, facilitando con todo ello la
identificación inequívoca de las operaciones aprobadas y de las que deberían serlo.