III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16736)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del otorgamiento de avales del Estado por medio de las líneas ICO para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 104261
habría que exigir un auto certificado del cliente de sus necesidades de liquidez. No obstante, se han
detectado operaciones en las que, aunque se excedían los límites señalados, no se ha aportado
documento alguno de justificación de las necesidades de liquidez y, cuando se incorporaron auto
certificados de los clientes, estos no eran documentos homogéneos, ni en su forma ni en su
contenido.
II.4.3. Control específico de las operaciones de importe superior a 50 millones de euros en
las Líneas Liquidez e Inversión
2.101. El ACM de 24 de marzo de 2020 estableció la necesidad de autorización expresa y previa
del ICO para la concesión del aval en aquellas operaciones con un importe de financiación superior
a 50 millones de euros. El ACM dispone que en estas operaciones el ICO debe analizar “el
cumplimiento de las condiciones de elegibilidad de manera complementaria al análisis de la entidad
financiera”. Esta autorización se realiza por COPER, que emite unos certificados en los que se
detallan, para cada una de las operaciones autorizadas, los datos del cliente que recibe la
financiación, la entidad financiera que la concede, los importes de financiación y de aval (en millones
de euros) y el porcentaje del aval.
2.102. Los manuales de procedimientos internos de gestión de las líneas Liquidez e Inversión,
aprobados por el ICO, extendieron esta necesidad de autorización a tres casos adicionales: a)
aquellos en los que el importe de 50 millones de euros se alcanzase por acumulación de financiación
del cliente en más de una operación (los manuales aclaran que para el cálculo del importe
acumulado por cliente se tendrían en cuenta tanto las operaciones formalizadas en la Línea Liquidez
como las formalizadas en la Línea Inversión y en el Programa ICO Avales Pagarés MARF-COVID19); b) los supuestos en los que la financiación obtenida excediese este importe por grupos
empresariales, considerando tales a los que estuvieran formados por empresas obligadas por
normativa a formular estados contables consolidados; y c) todas las operaciones en las que el ICO
actuara como entidad financiadora, con independencia del importe de la financiación.
2.103. En el ejercicio 2020 se aprobaron por COPER 971 autorizaciones para la concesión de
avales, tanto de la Línea Liquidez como de la de Inversión. El importe total de financiación autorizada
ascendió a 13.185 millones de euros y el importe de los avales a 8.834 millones de euros. En la
línea Liquidez el importe total de financiación autorizada ascendió a 13.033 millones de euros, con
un importe del aval de 8.734 millones de euros, y en la línea Inversión a 152 millones de euros, con
un importe de aval de 100 millones de euros. El número de empresas beneficiarias de la concesión
de los anteriores avales ascendió a 165, de las cuales ocho simultanearon avales tanto de la línea
Liquidez como de la de Inversión.
2.105. En relación con las operaciones que, individualmente, ya superaban los 50 millones de euros
(las únicas para las que expresamente existía la obligación de aprobación por COPER, según el
citado ACM de 24 de marzo de 2020), se detectaron dos operaciones en las que no coincidían los
datos registrados en Banc@ico sobre el porcentaje del aval y su importe con los que se reflejaban
en los certificados COPER. Una de ellas, por un importe de financiación de 150 millones de euros,
cve: BOE-A-2024-16736
Verificable en https://www.boe.es
2.104. El ICO cumplió su obligación legal de aprobar expresamente los avales de todas las
operaciones de financiación de una empresa superiores a 50 millones de euros. En 2020 se autorizó
por COPER la concesión de avales a 33 operaciones (realizadas por quince empresas) que,
individualmente, ya tenían un importe superior a 50 millones de euros (por unos importes totales de
financiación de 3.727 millones de euros y de aval de 2.433 millones de euros). También se autorizó
por COPER la concesión de avales a 23 operaciones de financiación, obtenidas por trece empresas,
que tenían un importe exacto de 50 millones de euros (por unos importes totales de financiación
de 1.150 millones de euros y de aval de 795 millones de euros).
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 104261
habría que exigir un auto certificado del cliente de sus necesidades de liquidez. No obstante, se han
detectado operaciones en las que, aunque se excedían los límites señalados, no se ha aportado
documento alguno de justificación de las necesidades de liquidez y, cuando se incorporaron auto
certificados de los clientes, estos no eran documentos homogéneos, ni en su forma ni en su
contenido.
II.4.3. Control específico de las operaciones de importe superior a 50 millones de euros en
las Líneas Liquidez e Inversión
2.101. El ACM de 24 de marzo de 2020 estableció la necesidad de autorización expresa y previa
del ICO para la concesión del aval en aquellas operaciones con un importe de financiación superior
a 50 millones de euros. El ACM dispone que en estas operaciones el ICO debe analizar “el
cumplimiento de las condiciones de elegibilidad de manera complementaria al análisis de la entidad
financiera”. Esta autorización se realiza por COPER, que emite unos certificados en los que se
detallan, para cada una de las operaciones autorizadas, los datos del cliente que recibe la
financiación, la entidad financiera que la concede, los importes de financiación y de aval (en millones
de euros) y el porcentaje del aval.
2.102. Los manuales de procedimientos internos de gestión de las líneas Liquidez e Inversión,
aprobados por el ICO, extendieron esta necesidad de autorización a tres casos adicionales: a)
aquellos en los que el importe de 50 millones de euros se alcanzase por acumulación de financiación
del cliente en más de una operación (los manuales aclaran que para el cálculo del importe
acumulado por cliente se tendrían en cuenta tanto las operaciones formalizadas en la Línea Liquidez
como las formalizadas en la Línea Inversión y en el Programa ICO Avales Pagarés MARF-COVID19); b) los supuestos en los que la financiación obtenida excediese este importe por grupos
empresariales, considerando tales a los que estuvieran formados por empresas obligadas por
normativa a formular estados contables consolidados; y c) todas las operaciones en las que el ICO
actuara como entidad financiadora, con independencia del importe de la financiación.
2.103. En el ejercicio 2020 se aprobaron por COPER 971 autorizaciones para la concesión de
avales, tanto de la Línea Liquidez como de la de Inversión. El importe total de financiación autorizada
ascendió a 13.185 millones de euros y el importe de los avales a 8.834 millones de euros. En la
línea Liquidez el importe total de financiación autorizada ascendió a 13.033 millones de euros, con
un importe del aval de 8.734 millones de euros, y en la línea Inversión a 152 millones de euros, con
un importe de aval de 100 millones de euros. El número de empresas beneficiarias de la concesión
de los anteriores avales ascendió a 165, de las cuales ocho simultanearon avales tanto de la línea
Liquidez como de la de Inversión.
2.105. En relación con las operaciones que, individualmente, ya superaban los 50 millones de euros
(las únicas para las que expresamente existía la obligación de aprobación por COPER, según el
citado ACM de 24 de marzo de 2020), se detectaron dos operaciones en las que no coincidían los
datos registrados en Banc@ico sobre el porcentaje del aval y su importe con los que se reflejaban
en los certificados COPER. Una de ellas, por un importe de financiación de 150 millones de euros,
cve: BOE-A-2024-16736
Verificable en https://www.boe.es
2.104. El ICO cumplió su obligación legal de aprobar expresamente los avales de todas las
operaciones de financiación de una empresa superiores a 50 millones de euros. En 2020 se autorizó
por COPER la concesión de avales a 33 operaciones (realizadas por quince empresas) que,
individualmente, ya tenían un importe superior a 50 millones de euros (por unos importes totales de
financiación de 3.727 millones de euros y de aval de 2.433 millones de euros). También se autorizó
por COPER la concesión de avales a 23 operaciones de financiación, obtenidas por trece empresas,
que tenían un importe exacto de 50 millones de euros (por unos importes totales de financiación
de 1.150 millones de euros y de aval de 795 millones de euros).