III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16739)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa sobre la eficiencia en el uso de los inmuebles de la Seguridad Social, con especial referencia a la eficiencia energética.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 104860

CUADRO Nº 8
INMUEBLES TOTALMENTE VACÍOS EN EL IGBISS, SEGÚN SU TIPOLOGÍA Y SU FORMA DE
ADQUISICIÓN
TIPO DE INMUEBLE
Edificación sin declaración de obra nueva

Nº INMUEBLES

ADJUDICACIÓN
VÍA DE APREMIO

COMPRA

OTRAS FORMAS
DE ADQUISICIÓN

7

-

2

5

32

3

21

8

Finca rústica

483

475

4

4

Local

200

18

165

17

Nave

8

5

3

0

Plaza de garaje

13

13

-

0

Solar

99

31

40

28

Edificio

Vivienda
TOTAL
Inmuebles vacíos excluidas Fincas Rústicas

32

16

12

4

874

561

247

66

391

86

243

62

Fuente: Elaboración propia a partir de la información que consta en el IGBISS.

Como se aprecia en el cuadro, un total de 483 fincas rústicas, la práctica totalidad de las 488
fincas de esta naturaleza que figuran en alta en el IGBISS, están sin uso y, de estas, 475 se
dieron de alta en el PSS mediante adjudicación en vía de apremio, lo que implica que, tanto
jurídica como contablemente, las deudas con la Seguridad Social quedaron canceladas en la parte
correspondiente con la entrega de dichos inmuebles. Estos datos evidencian la dificultad de la
TGSS para su enajenación o para su aprovechamiento por otras entidades del Sistema
generando, además, gastos asociados a su titularidad y mantenimiento37. Debido a lo anterior, en
los trabajos de fiscalización desarrollados sobre los inmuebles vacíos se han excluido del análisis
las fincas rústicas.
De los 391 inmuebles que figuran totalmente vacíos en el IGBISS (excluidas las fincas rústicas),
se ha analizado una muestra de 158 expedientes (40,41 % del total), de los que 26 se encuentran
adscritos a las MCSS, con el siguiente detalle:

La TGSS, en su escrito de alegaciones manifiesta que, teniendo en cuenta la dificultad de su enajenación, desde
hace varios años la Subdirección General de Gestión del Patrimonio, cuando se solicita su criterio, informa
desfavorablemente la adjudicación de estas fincas en vía de apremio. Asimismo, indica que procederá a valorar la
puesta en marcha de medidas específicas que permitan la enajenación de esta tipología de inmuebles.

cve: BOE-A-2024-16739
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