III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16740)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre el impacto económico producido por la crisis derivada del COVID-19 en las entidades y organismos del ámbito de la Administración Socio-Laboral y de la Seguridad Social durante el ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105062
INTRODUCCIÓN
I.1.
INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO FISCALIZADOR
El Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de las funciones atribuidas por el artículo 2.a) de la Ley
Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, ha realizado, a iniciativa propia, la
Fiscalización sobre el impacto económico producido por la crisis derivada del COVID-19 en
las entidades y organismos del ámbito de la Administración Socio-Laboral y de la Seguridad
Social durante el ejercicio 2020, en ejecución del Programa de Fiscalizaciones del Tribunal de
Cuentas para el año 2021, aprobado el 22 de diciembre de 2020.
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en sesión de 28 de enero de 2021, y en el ejercicio de las
competencias que le atribuye el artículo 3.b) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del
Tribunal de Cuentas, acordó el inicio de esta actuación fiscalizadora.
La presente fiscalización se realiza para dar cumplimiento al objetivo específico 1.2 (Fomentar
buenas prácticas de organización, gestión y control de las entidades públicas, a través de la Medida
3: Fiscalizar actuaciones económico-financieras de relevancia y actualidad), al objetivo específico
1.3 (Identificar y fiscalizar las principales áreas de riesgo, con especial hincapié en las prácticas que
puedan propiciar el fraude y la corrupción, a través de la Medida 3: Fiscalizar los volúmenes más
significativos de ingreso y de gasto públicos), y al objetivo específico 1.4 (Incrementar las
fiscalizaciones operativas, a través de la Medida 2: Incrementar las fiscalizaciones operativas que
contribuyan al buen gobierno y a orientar la toma de decisiones en la gestión de la actividad
económico-financiera pública y la ejecución de los programas de ingresos y gastos), todos ellos
incardinados en el objetivo estratégico 1 (Contribuir al buen gobierno y a la mejora de la actividad
económico-financiera del sector público) del Plan Estratégico 2018-2021, aprobado por el Pleno del
Tribunal de Cuentas en su sesión de 25 de abril de 2018.
I.2.
ANTECEDENTES
El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) calificó como pandemia la
situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19. En base a ello, el 14 de
marzo, el Gobierno español decretó el estado de alarma para un período de quince días,
prorrogándolo hasta el 21 de junio. Posteriormente, el 25 de octubre, declaró un segundo estado de
alarma, que estuvo vigente hasta el 9 de mayo de 2021.
Todas estas medidas se recogen en un cuerpo normativo muy prolijo y se han materializado en una
amplia relación de ayudas cuyo impacto económico está siendo asumido por las arcas públicas
(mayores gastos y/o menores ingresos), a través de las entidades y organismos encargados de su
gestión y administración. Atendiendo a su naturaleza, una buena parte de esta asistencia se
encuadra dentro del perímetro de actuación de las Entidades que integran el Sistema de la
Seguridad Social -ESSS- (Entidades Gestoras -EEGG-, Servicios Comunes -SSCC- y Mutuas
Colaboradoras con la Seguridad Social -MCSS-), y los Organismos Autónomos (OOAA) Servicio
cve: BOE-A-2024-16740
Verificable en https://www.boe.es
Para paliar los efectos sobre la economía de la crisis derivada de la pandemia del COVID-19,
durante 2020 se adoptó un amplísimo conjunto de medidas extraordinarias de política económica,
entre las que se encuentran las de naturaleza socio-laboral dirigidas específicamente a las
empresas y los trabajadores para mantener el tejido productivo, preservar el empleo y los salarios,
dinamizar la economía y apoyar a los sectores y a los colectivos más vulnerables afectados por esta
situación excepcional.
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105062
INTRODUCCIÓN
I.1.
INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO FISCALIZADOR
El Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de las funciones atribuidas por el artículo 2.a) de la Ley
Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, ha realizado, a iniciativa propia, la
Fiscalización sobre el impacto económico producido por la crisis derivada del COVID-19 en
las entidades y organismos del ámbito de la Administración Socio-Laboral y de la Seguridad
Social durante el ejercicio 2020, en ejecución del Programa de Fiscalizaciones del Tribunal de
Cuentas para el año 2021, aprobado el 22 de diciembre de 2020.
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en sesión de 28 de enero de 2021, y en el ejercicio de las
competencias que le atribuye el artículo 3.b) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del
Tribunal de Cuentas, acordó el inicio de esta actuación fiscalizadora.
La presente fiscalización se realiza para dar cumplimiento al objetivo específico 1.2 (Fomentar
buenas prácticas de organización, gestión y control de las entidades públicas, a través de la Medida
3: Fiscalizar actuaciones económico-financieras de relevancia y actualidad), al objetivo específico
1.3 (Identificar y fiscalizar las principales áreas de riesgo, con especial hincapié en las prácticas que
puedan propiciar el fraude y la corrupción, a través de la Medida 3: Fiscalizar los volúmenes más
significativos de ingreso y de gasto públicos), y al objetivo específico 1.4 (Incrementar las
fiscalizaciones operativas, a través de la Medida 2: Incrementar las fiscalizaciones operativas que
contribuyan al buen gobierno y a orientar la toma de decisiones en la gestión de la actividad
económico-financiera pública y la ejecución de los programas de ingresos y gastos), todos ellos
incardinados en el objetivo estratégico 1 (Contribuir al buen gobierno y a la mejora de la actividad
económico-financiera del sector público) del Plan Estratégico 2018-2021, aprobado por el Pleno del
Tribunal de Cuentas en su sesión de 25 de abril de 2018.
I.2.
ANTECEDENTES
El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) calificó como pandemia la
situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19. En base a ello, el 14 de
marzo, el Gobierno español decretó el estado de alarma para un período de quince días,
prorrogándolo hasta el 21 de junio. Posteriormente, el 25 de octubre, declaró un segundo estado de
alarma, que estuvo vigente hasta el 9 de mayo de 2021.
Todas estas medidas se recogen en un cuerpo normativo muy prolijo y se han materializado en una
amplia relación de ayudas cuyo impacto económico está siendo asumido por las arcas públicas
(mayores gastos y/o menores ingresos), a través de las entidades y organismos encargados de su
gestión y administración. Atendiendo a su naturaleza, una buena parte de esta asistencia se
encuadra dentro del perímetro de actuación de las Entidades que integran el Sistema de la
Seguridad Social -ESSS- (Entidades Gestoras -EEGG-, Servicios Comunes -SSCC- y Mutuas
Colaboradoras con la Seguridad Social -MCSS-), y los Organismos Autónomos (OOAA) Servicio
cve: BOE-A-2024-16740
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Para paliar los efectos sobre la economía de la crisis derivada de la pandemia del COVID-19,
durante 2020 se adoptó un amplísimo conjunto de medidas extraordinarias de política económica,
entre las que se encuentran las de naturaleza socio-laboral dirigidas específicamente a las
empresas y los trabajadores para mantener el tejido productivo, preservar el empleo y los salarios,
dinamizar la economía y apoyar a los sectores y a los colectivos más vulnerables afectados por esta
situación excepcional.