III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16741)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre la gestión y control de la prestación extraordinaria por cese de actividad de los trabajadores autónomos afectados por la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 105190

I. INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA Y ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN1
El Tribunal de Cuentas ha realizado, a iniciativa propia, la “Fiscalización sobre la gestión y
control de la prestación extraordinaria por cese de actividad de los trabajadores autónomos
afectados por la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis
sanitaria ocasionada por el COVID-19”.
Esta fiscalización fue incluida en el Programa de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas para el
año 2022 por el elevado volumen de recursos, principalmente económicos, destinados a la
implantación de medidas de protección social para hacer frente a la crisis sanitaria, social, laboral y
económica ocasionada por la pandemia derivada del COVID-19 en España. La realización de
fiscalizaciones centradas en las medidas extraordinarias adoptadas como consecuencia de la
pandemia constituye, además, una de las áreas de actuación preferente del Tribunal de Cuentas,
tal y como lo ha establecido su Pleno mediante Acuerdo de 28 de julio de 2022 sobre la
planificación a medio plazo de su actividad fiscalizadora.
Entre las medidas de protección social destinadas a los trabajadores, dirigidas a dinamizar la
economía apoyando a los sectores más afectados durante la crisis del COVID-19, se encuentra la
prestación extraordinaria por cese de actividad de los trabajadores autónomos2 (PECATA) —
regulada en el artículo 17 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes
extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-193 (RDL 8/2020)—
cuya implantación ha conllevado no solo un elevado volumen de gasto en el Sistema de la
Seguridad Social debido al alto número de personas que integran el colectivo protegido como
consecuencia de las restricciones de la actividad derivadas del estado de alarma declarado por el
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo sino también un incremento nada desdeñable de la carga
de trabajo.
Además, esta fiscalización se enmarca dentro de los objetivos específicos 1.2 “Fomentar buenas
prácticas de organización, gestión y control de las Entidades Públicas”, 1.3 “Identificar y fiscalizar
las principales áreas de riesgo, con especial hincapié en las prácticas que puedan propiciar el
fraude y la corrupción”, 1.4 “Incrementar las fiscalizaciones operativas”, 1.5 “Agilizar la tramitación
de los procedimientos fiscalizadores” y 2.3 “Contribuir al fortalecimiento del control interno”,
recogidos en el Plan Estratégico del Tribunal de Cuentas, aprobado por su Pleno en sesión de 25
de abril de 2018, así como en las áreas de fiscalización preferente incluidas en la planificación a
medio plazo de la actividad fiscalizadora del Tribunal de Cuentas, aprobada mediante Acuerdo del
Pleno de 28 de julio de 2022.
I.2. OBJETIVOS
De acuerdo con las Directrices Técnicas aprobadas por el Pleno del Tribunal de Cuentas en sesión
de 26 de mayo de 2022 y modificadas el 30 de mayo de 2023, se ha realizado una fiscalización de
cumplimiento y operativa cuya finalidad ha sido verificar el cumplimiento de las disposiciones
legales a que está sometida la gestión económico-financiera de los diferentes órganos y entidades
En el anexo 1 se detalla el alcance y la metodología aplicada en la fiscalización y se describen, de forma pormenorizada,
sus ámbitos objetivo, subjetivo y temporal.
2 En el anexo 2 se recoge su régimen jurídico.
3 En el anexo 3 se relacionan las disposiciones que configuran su marco normativo.

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