III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16731)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones para las relaciones de cooperación multilateral entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas desarrolladas en el marco de la gestión de la pandemia COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103811
Por el contrario, la participación de las CC. AA. en la formación del Derecho comunitario está mucho
más institucionalizada en el marco de una CS específica, la Conferencia para Asuntos Relacionados
con la Unión Europea (CARUE), presidida por la persona titular del MPT. En esta CS se da el cauce
principal a la participación de las CC. AA. en la formación de la voluntad estatal ante las instituciones
de la Unión Europea (UE), la llamada “fase ascendente” del proceso de formación del Derecho
comunitario. Adicionalmente, se encarga del seguimiento del cumplimiento del derecho comunitario
en “fase descendente”, o de incorporación de las directivas comunitarias al derecho español.
Adicionalmente, debe mencionarse la existencia de tres órganos, denominados “Consejo
Consultivo”, que los propios reglamentos internos de una CS prevén que, a continuación de la
reunión de la propia conferencia y con la misma composición, se dediquen a la adopción de la
posición común de España en los Consejos de Ministros de la UE en la materia. Estos órganos son
el Consejo Consultivo de Política Agrícola para Asuntos Comunitarios (creado en 2000), Consejo
Consultivo de Política Pesquera para Asuntos Comunitarios (también creado en 2000) y el Consejo
Consultivo de Política Medioambiental para Asuntos Comunitarios (creado en 2009). Se trata de
ámbitos en los que es particularmente intensa la competencia, tanto de las CC. AA., como de las
Instituciones de la UE.
La actividad cooperativa entre AGE y CC. AA. para adoptar la posición española en los
correspondientes Consejos de Ministros de la UE está bien documentada e incluida en los informes
periódicos de la SDG de Relaciones Europeas e Internacionales, y la Consejería de Asuntos
Autonómicos de la Representación Permanente de España ante la UE30.
Dicha cooperación se traduce, entre otros mecanismos, en la intervención directa de alguna
consejería autonómica, en representación de todas ellas, como parte de la Delegación española en
las reuniones del Consejo de Ministros de la UE en ciertas materias. Dicho mecanismo se regula
precisamente mediante acuerdos de la CARUE. En este ámbito, durante el ejercicio fiscalizado, y
debido a la pandemia de COVID-19, surgió una preocupación, compartida por los órganos
competentes de la AGE y los de las CC. AA., respecto de la restricción de aforo en la asistencia a
los Consejos de Ministros de la UE decidida por las instituciones comunitarias, y que está
dificultando la presencia rotatoria de representantes autonómicos en los mismos, como parte de la
delegación de España ante el Consejo. A fecha de cierre de los trabajos de campo de esta
fiscalización, no se ha encontrado una solución a esta situación, que se ha intentado paliar en cada
caso según las circunstancias31.
Ver la página web del MPT, https://www.mptfp.gob.es/portal/politica-territorial/internacional.html.
Una referencia más amplia de esta situación puede encontrarse en el apdo. 5.1 del Informe-memoria anual 2021 de la
Consejería de Asuntos Autonómicos en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea,
https://www.mptfp.gob.es/dam/es/portal/politica-territorial/internacional/ue/ccaa-eellue/consejo_ministros/informe_consejo_ministros_ue/Memoria_2021_Consejeria_Asuntos_Autonomicos.pdf, (págs. 14-17).
30
31
cve: BOE-A-2024-16731
Verificable en https://www.boe.es
Durante el periodo fiscalizado no se ha encontrado una especial problemática en el cumplimiento
de la trasposición de Directivas de la UE al Derecho interno español –la denominada “fase
descendente” de la formación del Derecho comunitario–. La ausencia de incidencias en la
trasposición de las directivas, en materias de competencia plena de las CC. AA., está directamente
relacionada con el nivel de implicación de las CC. AA. en la “fase ascendente”, antes citado.
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103811
Por el contrario, la participación de las CC. AA. en la formación del Derecho comunitario está mucho
más institucionalizada en el marco de una CS específica, la Conferencia para Asuntos Relacionados
con la Unión Europea (CARUE), presidida por la persona titular del MPT. En esta CS se da el cauce
principal a la participación de las CC. AA. en la formación de la voluntad estatal ante las instituciones
de la Unión Europea (UE), la llamada “fase ascendente” del proceso de formación del Derecho
comunitario. Adicionalmente, se encarga del seguimiento del cumplimiento del derecho comunitario
en “fase descendente”, o de incorporación de las directivas comunitarias al derecho español.
Adicionalmente, debe mencionarse la existencia de tres órganos, denominados “Consejo
Consultivo”, que los propios reglamentos internos de una CS prevén que, a continuación de la
reunión de la propia conferencia y con la misma composición, se dediquen a la adopción de la
posición común de España en los Consejos de Ministros de la UE en la materia. Estos órganos son
el Consejo Consultivo de Política Agrícola para Asuntos Comunitarios (creado en 2000), Consejo
Consultivo de Política Pesquera para Asuntos Comunitarios (también creado en 2000) y el Consejo
Consultivo de Política Medioambiental para Asuntos Comunitarios (creado en 2009). Se trata de
ámbitos en los que es particularmente intensa la competencia, tanto de las CC. AA., como de las
Instituciones de la UE.
La actividad cooperativa entre AGE y CC. AA. para adoptar la posición española en los
correspondientes Consejos de Ministros de la UE está bien documentada e incluida en los informes
periódicos de la SDG de Relaciones Europeas e Internacionales, y la Consejería de Asuntos
Autonómicos de la Representación Permanente de España ante la UE30.
Dicha cooperación se traduce, entre otros mecanismos, en la intervención directa de alguna
consejería autonómica, en representación de todas ellas, como parte de la Delegación española en
las reuniones del Consejo de Ministros de la UE en ciertas materias. Dicho mecanismo se regula
precisamente mediante acuerdos de la CARUE. En este ámbito, durante el ejercicio fiscalizado, y
debido a la pandemia de COVID-19, surgió una preocupación, compartida por los órganos
competentes de la AGE y los de las CC. AA., respecto de la restricción de aforo en la asistencia a
los Consejos de Ministros de la UE decidida por las instituciones comunitarias, y que está
dificultando la presencia rotatoria de representantes autonómicos en los mismos, como parte de la
delegación de España ante el Consejo. A fecha de cierre de los trabajos de campo de esta
fiscalización, no se ha encontrado una solución a esta situación, que se ha intentado paliar en cada
caso según las circunstancias31.
Ver la página web del MPT, https://www.mptfp.gob.es/portal/politica-territorial/internacional.html.
Una referencia más amplia de esta situación puede encontrarse en el apdo. 5.1 del Informe-memoria anual 2021 de la
Consejería de Asuntos Autonómicos en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea,
https://www.mptfp.gob.es/dam/es/portal/politica-territorial/internacional/ue/ccaa-eellue/consejo_ministros/informe_consejo_ministros_ue/Memoria_2021_Consejeria_Asuntos_Autonomicos.pdf, (págs. 14-17).
30
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cve: BOE-A-2024-16731
Verificable en https://www.boe.es
Durante el periodo fiscalizado no se ha encontrado una especial problemática en el cumplimiento
de la trasposición de Directivas de la UE al Derecho interno español –la denominada “fase
descendente” de la formación del Derecho comunitario–. La ausencia de incidencias en la
trasposición de las directivas, en materias de competencia plena de las CC. AA., está directamente
relacionada con el nivel de implicación de las CC. AA. en la “fase ascendente”, antes citado.