III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16731)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones para las relaciones de cooperación multilateral entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas desarrolladas en el marco de la gestión de la pandemia COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103807
Reglamento es que todas las Administraciones representadas en la CP vean incrementada su
capacidad de incidir en la toma de decisiones.
En general, el nuevo reglamento recoge mejoras que afectan a todos los puntos débiles que, como
órgano administrativo de coordinación y colaboración, se han advertido en esta fiscalización,
dándole una mayor relevancia en este sentido, sin menoscabo de los aspectos informales
imprescindibles propios de sus funciones como órgano político. Las principales novedades son:
•
Se eleva de una a dos el número de reuniones ordinarias anuales.
•
Se regula el procedimiento de elaboración del orden del día, a través del COPIS.
•
Se regula el sistema de reuniones en formato electrónico.
•
Se dota al COPIS de mayor relevancia. Será el órgano de diálogo permanente entre los
representantes de las distintas Administraciones públicas.
•
Los acuerdos y recomendaciones, que la CP podía y seguirá pudiendo adoptar, y que tienen
y tendrán la consideración de compromisos políticos, ahora habrán de ser públicos.
•
Se constituye la Oficina de la CP, con funciones permanentes de apoyo técnico y
administrativo, se adscribe al Ministerio competente en política territorial, aunque podrá
contar con la colaboración de personal de las Administraciones estatal, autonómica y local,
con experiencia en el ámbito de la cooperación interadministrativa.
•
Se faculta a la CP para acordar directrices de funcionamiento de las CCSS.
•
Se refuerza la condición del Senado como cámara de representación territorial, se le faculta
para introducir puntos en el orden del día y se fija como sede para las reuniones de la CP.
b) Conferencias Sectoriales
20 El artículo 6 de la Ley de Seguridad Nacional determina que la cooperación Estado-CC. AA. se realizará a través de la
CS para asuntos de la Seguridad Nacional. Por su parte, el capítulo 4 de la Estrategia Española de Seguridad refiere
como uno de los riesgos para la seguridad nacional los derivados de epidemias y pandemias. La citada CS celebró dos
sesiones en el periodo fiscalizado, una de ellas presencial, el 19 de febrero, y la otra telemática.
cve: BOE-A-2024-16731
Verificable en https://www.boe.es
De un modo semejante a lo señalado respecto de la CP, en el caso de las CCSS se produjo también
un importante incremento de reuniones a causa de la pandemia de COVID-19, particularmente del
CISNS y otras Conferencias dedicadas a materias especialmente afectadas por las medidas
adoptadas. Como puede observarse en el anexo 6, durante el año 2020 tuvieron lugar 172
reuniones de órganos de cooperación inscritos en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación (REOICO) como CCSS. Merece la pena señalar que prácticamente
la mitad de ellas correspondieron al CISNS, debido a su papel central en el desarrollo de la
pandemia de COVID-19. Por otra parte, cabe destacar que 154 de esas 172 reuniones (el 90 %) se
desarrollaron telemáticamente. En el gráfico 3 se muestra el impacto de la pandemia en el número
de reuniones mensuales de la CISNS. Como término de comparación, este órgano celebró cinco
reuniones durante todo el ejercicio 201920.
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103807
Reglamento es que todas las Administraciones representadas en la CP vean incrementada su
capacidad de incidir en la toma de decisiones.
En general, el nuevo reglamento recoge mejoras que afectan a todos los puntos débiles que, como
órgano administrativo de coordinación y colaboración, se han advertido en esta fiscalización,
dándole una mayor relevancia en este sentido, sin menoscabo de los aspectos informales
imprescindibles propios de sus funciones como órgano político. Las principales novedades son:
•
Se eleva de una a dos el número de reuniones ordinarias anuales.
•
Se regula el procedimiento de elaboración del orden del día, a través del COPIS.
•
Se regula el sistema de reuniones en formato electrónico.
•
Se dota al COPIS de mayor relevancia. Será el órgano de diálogo permanente entre los
representantes de las distintas Administraciones públicas.
•
Los acuerdos y recomendaciones, que la CP podía y seguirá pudiendo adoptar, y que tienen
y tendrán la consideración de compromisos políticos, ahora habrán de ser públicos.
•
Se constituye la Oficina de la CP, con funciones permanentes de apoyo técnico y
administrativo, se adscribe al Ministerio competente en política territorial, aunque podrá
contar con la colaboración de personal de las Administraciones estatal, autonómica y local,
con experiencia en el ámbito de la cooperación interadministrativa.
•
Se faculta a la CP para acordar directrices de funcionamiento de las CCSS.
•
Se refuerza la condición del Senado como cámara de representación territorial, se le faculta
para introducir puntos en el orden del día y se fija como sede para las reuniones de la CP.
b) Conferencias Sectoriales
20 El artículo 6 de la Ley de Seguridad Nacional determina que la cooperación Estado-CC. AA. se realizará a través de la
CS para asuntos de la Seguridad Nacional. Por su parte, el capítulo 4 de la Estrategia Española de Seguridad refiere
como uno de los riesgos para la seguridad nacional los derivados de epidemias y pandemias. La citada CS celebró dos
sesiones en el periodo fiscalizado, una de ellas presencial, el 19 de febrero, y la otra telemática.
cve: BOE-A-2024-16731
Verificable en https://www.boe.es
De un modo semejante a lo señalado respecto de la CP, en el caso de las CCSS se produjo también
un importante incremento de reuniones a causa de la pandemia de COVID-19, particularmente del
CISNS y otras Conferencias dedicadas a materias especialmente afectadas por las medidas
adoptadas. Como puede observarse en el anexo 6, durante el año 2020 tuvieron lugar 172
reuniones de órganos de cooperación inscritos en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación (REOICO) como CCSS. Merece la pena señalar que prácticamente
la mitad de ellas correspondieron al CISNS, debido a su papel central en el desarrollo de la
pandemia de COVID-19. Por otra parte, cabe destacar que 154 de esas 172 reuniones (el 90 %) se
desarrollaron telemáticamente. En el gráfico 3 se muestra el impacto de la pandemia en el número
de reuniones mensuales de la CISNS. Como término de comparación, este órgano celebró cinco
reuniones durante todo el ejercicio 201920.