III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-16775)
Resolución de 2 de agosto de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Instituto Gallego de Promoción Económica, para la organización de una misión inversa de compradores del sector del mar a celebrar en el marco de la feria Conxemar, Vigo (Pontevedra) en 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 105577

Tercera. Compromiso económico.
El presupuesto total establecido para las Misiones Inversas objeto de este convenio
es de hasta cuarenta y un mil ochenta y nueve euros con cincuenta céntimos (41.089,50
euros). De los cuales:
– ICEX financiará hasta un importe máximo de veintitrés mil euros (23.000 euros) de
los gastos incurridos elegibles, definidos en la cláusula cuarta del convenio, que hayan
sido generados por la Misión Inversa ejecutada.
– Por su parte, el IGAPE financiará hasta un importe máximo de dieciocho mil
ochenta y nueve euros con cincuenta céntimos (18.089,50 euros) de los gastos
incurridos elegibles, definidos en la cláusula cuarta del convenio, que hayan sido
generados por la Misión Inversa ejecutada.
Cuarta.

Gastos elegibles.

Con el importe previsto en la cláusula anterior, se financiarán los siguientes gastos
que pudieran darse en el marco de la ejecución de la Misión Inversa llevada a cabo a
través del presente convenio.
ICEX, con su aportación, financiará:
– El gasto de los desplazamientos internacionales de los misioneros hasta el primer
punto de destino en España.
– El alojamiento y demás gastos de manutención en dicho punto de destino.
– El desplazamiento hasta dicho alojamiento.
– Los gastos de viaje de una persona de ICEX que acompañe a la misión.
– Los seguros de viaje internacional y seguro de cancelación; y
– El desplazamiento internacional de retorno.
Por su parte, el IGAPE, con su aportación, financiará:
– Los gastos del viaje (incluidos alojamiento y demás gastos de manutención) que
se produzcan desde el primer punto de destino en España y en la zona destino de la
misión hasta la ciudad de salida del vuelo internacional de retorno.
– El alojamiento en la ciudad de salida si fuera necesario.
– El seguro de viaje en España y el seguro de cancelación.
– Cualquier otro gasto que el colaborador considere necesario para el correcto
desarrollo de la misión en su zona.
Quinta.

Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento y evaluación de la Misión Inversa relacionada con el presente
convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos (2)
representantes designados por IGAPE y otros dos (2) designados por ICEX (en lo
sucesivo, la Comisión de Seguimiento).
Por parte del IGAPE formarán parte de la Comisión de Seguimiento:

Por parte de ICEX, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– La persona titular de la dirección de la Industria Alimentaria; y
– La persona titular de la dirección adjunta de la Industria Alimentaria.

cve: BOE-A-2024-16775
Verificable en https://www.boe.es

– La persona titular de la dirección del área de Internacionalización.
– La persona titular de la subdirección del área de Internacionalización.