III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Sector oleícola. Organizaciones interprofesionales. (BOE-A-2024-16760)
Orden APA/860/2024, de 7 de agosto, por la que se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional del Aceite de Oliva Español al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para realizar actividades de promoción del aceite de oliva, mejorar la información y conocimiento sobre las producciones y los mercados y realizar programas de investigación y desarrollo, innovación tecnológica y estudios, durante las campañas 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027, 2027/2028 y 2028/2029.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 105434

ocasión de la gestión de la extensión de normas se ajustará a la normativa en materia de
protección de datos vigente en cada momento.
Artículo 8. Destino de los remanentes de recursos financieros.
1. Si transcurrido el periodo de vigencia de la extensión de normas existiese un
remanente de recursos procedentes de las aportaciones, deberá destinarse a financiar
las actividades de la interprofesional previstas en la presente orden de extensión de
normas o las que expresamente se recojan en una nueva extensión de normas con
idénticas finalidades.
2. En caso de que no se produzca ninguno de los supuestos anteriores, se
procederá a la liquidación del remanente, devolviéndolo en proporción a las cantidades
aportadas en la última campaña, una vez queden liquidadas todas las obligaciones de la
interprofesional.
Disposición final única.

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día 1 de octubre de 2024.

cve: BOE-A-2024-16760
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 7 de agosto de 2024.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis
Planas Puchades.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X