III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-16686)
Resolución de 5 de agosto de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Barcelona, para la realización de una campaña de intercomparación del contenido de radionucleidos en muestras de agua entre laboratorios de medida de radiactividad ambiental (2024).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103647
Ambos intervienen en uso de las facultades que, de conformidad con la normativa
vigente, les confieren los cargos que desempeñan y se reconocen mutuamente
capacidad para la firma del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que el CSN viene desarrollando la vigilancia radiológica ambiental de ámbito
nacional con objeto de cumplir el mandato de la Ley de Creación del CSN (Ley 15/1980,
de 22 de abril), en su artículo 2, letra g), de controlar y vigilar la calidad radiológica del
medio ambiente de todo el territorio nacional.
Segundo.
Que el CSN lleva a cabo la vigilancia del medio ambiente de ámbito nacional
mediante un Plan de Vigilancia Radiológica Ambiental en colaboración con otras
instituciones.
Tercero.
Que el CSN impulsa un continuo proceso de mejora del sistema de calidad de la
vigilancia radiológica ambiental nacional, a través de la promoción de encuentros y
reuniones con todos los sectores involucrados y organizando campañas de
intercomparación analítica desde 1992.
Cuarto.
Que la finalidad de la intercomparación es garantizar la calidad de los resultados
obtenidos por los laboratorios españoles que participan en los distintos programas de
vigilancia radiológica ambiental, tanto a nivel nacional como en el entorno de las
centrales nucleares y mejorar así las capacidades nacionales en este campo. Estas
campañas resultan ser un medio de probada eficacia para mejorar la calidad y fiabilidad
de los resultados obtenidos en dichos programas.
Para la realización de la campaña de intercomparación, es necesario disponer de
materiales adecuados para tal fin. Es por ello que en este convenio se plantea la
preparación, estudio de la homogeneidad y distribución de los distintos materiales que
serán objeto del ejercicio.
Que el CSN considera que la UB cuenta con la capacidad técnica y analítica para
llevar a cabo intercomparaciones de este tipo y con la adecuada garantía de trazabilidad,
a través del Laboratorio de Radiología Ambiental (en adelante LRA-UB), que desde el
año 2006 está acreditado por ENAC como laboratorio de ensayo (acreditación
520/LE1117 para realizar «Ensayos de Radiactividad en aguas, biota, alimentos, suelos y
soportes de captación atmosférica»). Cuenta con el soporte técnico del Laboratorio de
Preparación de Materiales de Referencia de la UB (MAT CONTROL), el cual preparó los
materiales objeto de los ejercicios de intercomparación organizados por el CSN en los
años 2011, 2015 y 2019, que consistieron en diferentes tipos de agua (marina,
embotellada y simulando agua potable) con diferentes emisores alfa, beta y gamma. Los
resultados de estos ejercicios confirmaron la calidad de los materiales preparados.
Sexto.
Que, con el fin de garantizar la calidad de los resultados obtenidos en los programas
de vigilancia radiológica ambiental, el CSN considera obligatoria la participación en las
cve: BOE-A-2024-16686
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103647
Ambos intervienen en uso de las facultades que, de conformidad con la normativa
vigente, les confieren los cargos que desempeñan y se reconocen mutuamente
capacidad para la firma del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que el CSN viene desarrollando la vigilancia radiológica ambiental de ámbito
nacional con objeto de cumplir el mandato de la Ley de Creación del CSN (Ley 15/1980,
de 22 de abril), en su artículo 2, letra g), de controlar y vigilar la calidad radiológica del
medio ambiente de todo el territorio nacional.
Segundo.
Que el CSN lleva a cabo la vigilancia del medio ambiente de ámbito nacional
mediante un Plan de Vigilancia Radiológica Ambiental en colaboración con otras
instituciones.
Tercero.
Que el CSN impulsa un continuo proceso de mejora del sistema de calidad de la
vigilancia radiológica ambiental nacional, a través de la promoción de encuentros y
reuniones con todos los sectores involucrados y organizando campañas de
intercomparación analítica desde 1992.
Cuarto.
Que la finalidad de la intercomparación es garantizar la calidad de los resultados
obtenidos por los laboratorios españoles que participan en los distintos programas de
vigilancia radiológica ambiental, tanto a nivel nacional como en el entorno de las
centrales nucleares y mejorar así las capacidades nacionales en este campo. Estas
campañas resultan ser un medio de probada eficacia para mejorar la calidad y fiabilidad
de los resultados obtenidos en dichos programas.
Para la realización de la campaña de intercomparación, es necesario disponer de
materiales adecuados para tal fin. Es por ello que en este convenio se plantea la
preparación, estudio de la homogeneidad y distribución de los distintos materiales que
serán objeto del ejercicio.
Que el CSN considera que la UB cuenta con la capacidad técnica y analítica para
llevar a cabo intercomparaciones de este tipo y con la adecuada garantía de trazabilidad,
a través del Laboratorio de Radiología Ambiental (en adelante LRA-UB), que desde el
año 2006 está acreditado por ENAC como laboratorio de ensayo (acreditación
520/LE1117 para realizar «Ensayos de Radiactividad en aguas, biota, alimentos, suelos y
soportes de captación atmosférica»). Cuenta con el soporte técnico del Laboratorio de
Preparación de Materiales de Referencia de la UB (MAT CONTROL), el cual preparó los
materiales objeto de los ejercicios de intercomparación organizados por el CSN en los
años 2011, 2015 y 2019, que consistieron en diferentes tipos de agua (marina,
embotellada y simulando agua potable) con diferentes emisores alfa, beta y gamma. Los
resultados de estos ejercicios confirmaron la calidad de los materiales preparados.
Sexto.
Que, con el fin de garantizar la calidad de los resultados obtenidos en los programas
de vigilancia radiológica ambiental, el CSN considera obligatoria la participación en las
cve: BOE-A-2024-16686
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.