II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-16636)
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Universidad de Girona, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 103205
La comisión valorará los méritos individuales de las personas candidatas. Para los
méritos obtenidos de forma colectiva, se tendrá en cuenta la contribución personal de la
persona candidata en la consecución de estos méritos.
En relación con estos méritos, la comisión valorará principalmente los que se hayan
alcanzado en los últimos 10 años, a contar a partir de la fecha de la resolución de la
presente convocatoria, otorgándoles el peso más significativo en la evaluación.
A las personas candidatas que en los últimos 10 años hayan tenido una incapacidad
temporal de larga duración, permisos de maternidad o paternidad, por riesgo durante la
lactancia, por adopción o acogimiento, situación de excedencia para el cuidado de hijas,
hijos u otros familiares en primer grado a su cargo, o excedencia por razón de violencia
de género prevista en el artículo 89.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, la comisión tendrá en cuenta estas situaciones a los efectos de ampliar este
periodo a 12 años. Asimismo, se tendrán en cuenta otras situaciones similares
debidamente motivadas y justificadas, a los efectos de ampliar este periodo.
La actividad académica se evaluará según criterios de valoración reconocidos y
empleados internacionalmente.
III.3.1) Primera fase:
Los criterios de selección y la puntuación máxima para aplicar a la primera fase del
concurso son:
a) Actividad docente universitaria relacionada con las necesidades docentes según
el perfil de la plaza objeto de la convocatoria: máximo de 40 puntos, distribuidos entre los
siguientes subcriterios:
a.1) Docencia universitaria impartida en enseñanzas universitarias oficiales,
incluyendo la dirección de tesis doctorales finalizadas o en curso, teniendo en cuenta las
evidencias de la calidad docente aportadas, como las evaluaciones positivas de la propia
actividad docente: valoración máxima de 30 puntos.
a.2) Formación docente universitaria y participación en proyectos de innovación
docente universitaria: valoración máxima de 5 puntos.
a.3) Otros méritos en docencia universitaria como premios o distinciones en
reconocimiento de calidad en la actividad docente, participación en congresos de
docencia o estancias para impartir docencia en otros centros: valoración máxima de 5
puntos.
b.1) Valoración de las 12 contribuciones (publicaciones, libros, capítulos, etc.) con
más impacto según la persona candidata: valoración máxima de 20 puntos, teniendo en
cuenta evidencias de la calidad de las contribuciones.
b.2) Participación en proyectos de investigación competitivos y participación en
actividades de transferencia e intercambio de conocimiento: valoración máxima de 15
puntos.
Asimismo, se valorará el hecho de que la persona candidata se haya iniciado en
actividades de liderazgo de grupos y proyectos de investigación que se hayan
concretado en la dirección de tareas específicas en proyectos de investigación o
contratos con instituciones o empresas. Se valorará también la experiencia de
colaboración con otros grupos de prestigio concretada en estancias de larga duración,
proyectos conjuntos, etc.
cve: BOE-A-2024-16636
Verificable en https://www.boe.es
b) Actividad de investigación y de transferencia relacionada con el perfil de la plaza
objeto de la convocatoria valorada por la actividad investigadora que haya dado lugar a
resultados reflejados en publicaciones, patentes, actividades de transferencia
tecnológica o trabajos que representen una innovación y un avance en su campo, o que
hayan tenido un impacto económico y social significativo: máximo de 40 puntos,
distribuidos entre los siguientes subcriterios:
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 103205
La comisión valorará los méritos individuales de las personas candidatas. Para los
méritos obtenidos de forma colectiva, se tendrá en cuenta la contribución personal de la
persona candidata en la consecución de estos méritos.
En relación con estos méritos, la comisión valorará principalmente los que se hayan
alcanzado en los últimos 10 años, a contar a partir de la fecha de la resolución de la
presente convocatoria, otorgándoles el peso más significativo en la evaluación.
A las personas candidatas que en los últimos 10 años hayan tenido una incapacidad
temporal de larga duración, permisos de maternidad o paternidad, por riesgo durante la
lactancia, por adopción o acogimiento, situación de excedencia para el cuidado de hijas,
hijos u otros familiares en primer grado a su cargo, o excedencia por razón de violencia
de género prevista en el artículo 89.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, la comisión tendrá en cuenta estas situaciones a los efectos de ampliar este
periodo a 12 años. Asimismo, se tendrán en cuenta otras situaciones similares
debidamente motivadas y justificadas, a los efectos de ampliar este periodo.
La actividad académica se evaluará según criterios de valoración reconocidos y
empleados internacionalmente.
III.3.1) Primera fase:
Los criterios de selección y la puntuación máxima para aplicar a la primera fase del
concurso son:
a) Actividad docente universitaria relacionada con las necesidades docentes según
el perfil de la plaza objeto de la convocatoria: máximo de 40 puntos, distribuidos entre los
siguientes subcriterios:
a.1) Docencia universitaria impartida en enseñanzas universitarias oficiales,
incluyendo la dirección de tesis doctorales finalizadas o en curso, teniendo en cuenta las
evidencias de la calidad docente aportadas, como las evaluaciones positivas de la propia
actividad docente: valoración máxima de 30 puntos.
a.2) Formación docente universitaria y participación en proyectos de innovación
docente universitaria: valoración máxima de 5 puntos.
a.3) Otros méritos en docencia universitaria como premios o distinciones en
reconocimiento de calidad en la actividad docente, participación en congresos de
docencia o estancias para impartir docencia en otros centros: valoración máxima de 5
puntos.
b.1) Valoración de las 12 contribuciones (publicaciones, libros, capítulos, etc.) con
más impacto según la persona candidata: valoración máxima de 20 puntos, teniendo en
cuenta evidencias de la calidad de las contribuciones.
b.2) Participación en proyectos de investigación competitivos y participación en
actividades de transferencia e intercambio de conocimiento: valoración máxima de 15
puntos.
Asimismo, se valorará el hecho de que la persona candidata se haya iniciado en
actividades de liderazgo de grupos y proyectos de investigación que se hayan
concretado en la dirección de tareas específicas en proyectos de investigación o
contratos con instituciones o empresas. Se valorará también la experiencia de
colaboración con otros grupos de prestigio concretada en estancias de larga duración,
proyectos conjuntos, etc.
cve: BOE-A-2024-16636
Verificable en https://www.boe.es
b) Actividad de investigación y de transferencia relacionada con el perfil de la plaza
objeto de la convocatoria valorada por la actividad investigadora que haya dado lugar a
resultados reflejados en publicaciones, patentes, actividades de transferencia
tecnológica o trabajos que representen una innovación y un avance en su campo, o que
hayan tenido un impacto económico y social significativo: máximo de 40 puntos,
distribuidos entre los siguientes subcriterios: