III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-16672)
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA, S.M.E., para la facilitación y gestión de los medios de pago de las ayudas del "Bono Cultural Joven".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193

Sábado 10 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 103519

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA
16672

Resolución de 30 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio con la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA, S.M.E., para
la facilitación y gestión de los medios de pago de las ayudas del «Bono
Cultural Joven».

Por Orden CLT/489/2024, de 21 de mayo («Boletín Oficial del Estado» núm. 125,
de 23 de mayo de 2024) se convocó el procedimiento de concurrencia para la selección
de una entidad colaboradora para la facilitación y gestión de los medios de pago del
programa de ayudas «Bono Cultural Joven».
Una vez tramitado el correspondiente procedimiento, previsto en la citada Orden
CLT/489/2024, de 21 de mayo, se dictó Resolución de la Subsecretaria de Cultura, de
fecha 9 de julio de 2024, por la que se seleccionó a la Sociedad Estatal Correos y
Telégrafos, SA, S.M.E., como entidad colaboradora que se encargará de la facilitación y
gestión de los medios de pago de las ayudas del «Bono Cultural Joven» para las
convocatorias 2024 y 2025. Esta resolución fue publicada en la sede electrónica del
Ministerio de Cultura, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la referida Orden
CLT/489/2024, de 21 de mayo.
Igualmente, la mencionada resolución ordenaba la formalización de un convenio de
colaboración entre el Ministerio de Cultura y la entidad seleccionada, que fue finalmente
suscrito en fecha 29 de julio de 2024.
Una vez perfeccionado el convenio de colaboración con la firma de ambas partes, y
de conformidad con lo dispuesto en la cláusula décima del citado convenio, dispongo:
Única.
Ordenar la inscripción del convenio de colaboración en el Registro Electrónico estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, previsto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
así como su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá
interponer recurso de alzada ante la persona titular del Ministerio de Cultura, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en la sede electrónica, de
conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE CULTURA A TRAVÉS
DE LA SUBSECRETARÍA DE CULTURA Y SOCIEDAD ESTATAL CORREOS
Y TELÉGRAFOS, SA, S.M.E, PARA LA FACILITACIÓN Y GESTIÓN DE LOS MEDIOS
DE PAGO DE LAS AYUDAS DEL «BONO CULTURAL JOVEN»
En Madrid, a 29 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, doña María del Carmen Páez Soria, en su calidad de titular de la
Subsecretaría de Cultura (en adelante Subsecretaría u órgano concedente), cargo que

cve: BOE-A-2024-16672
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 30 de julio de 2024.–La Subsecretaria de Cultura, María del Carmen Páez
Soria.