III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-16660)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Actuaciones de protección frente a inundaciones en el campo de Cartagena. Recuperación de la rambla de la Pescadería. Fase 1 y Fase 2. Canalización de escorrentías a través de la Avenida Muñoz Zambudio hasta desembocadura, término municipal de Los Alcázares (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193

Sábado 10 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 103382

haciéndose constar la carencia del necesario informe de la Dirección General de
Seguridad y Emergencias de la Región de Murcia, que se recibe el 4 de abril de 2024.
Con fecha 27 de mayo de 2024, el promotor remite adenda al documento ambiental
(en adelante adenda) que recoge la versión final del proyecto y analiza los potenciales
impactos de las modificaciones realizadas. Asimismo, introduce la gran mayoría de
recomendaciones, sugerencias y medidas indicadas por las diferentes Administraciones
y organismos. Las modificaciones propuestas pasan a integrar la versión final del
proyecto, que es sobre la que versa la presente evaluación.
Analizada la documentación obrante en el expediente y considerando las respuestas
recibidas a las consultas practicadas, así como la documentación complementaria
aportada por el promotor, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de
sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II, del título II, según los criterios del
anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
a)

Características del proyecto:

El promotor, además de la alternativa 0 o de no actuación, analiza las siguientes
alternativas para el proyecto:

Tras el análisis multicriterio realizado, el promotor selecciona la Alternativa 3 por la
mejora que produce sobre la inundabilidad de la zona. Además de la reducción de los
daños por inundaciones en el casco urbano de Los Alcázares, se reducen los caudales
de entrada y sedimento al Mar Menor.
Respecto a la ubicación o superficie afectada, la versión final del proyecto
únicamente difiere de la alternativa 3, en la eliminación de la colina anexa al parque
inundable para la construcción de un depósito de agua de hormigón ya que, como
propone el Ayuntamiento de Los Alcázares, el riego del parque se realizará mediante una
balsa existente, con el consiguiente beneficio en impacto paisajístico, ahorro económico
del proyecto, disminución de movimiento de tierras, residuos, etc.
El proyecto se plantea en dos fases, Fase 1 de canalización de escorrentías a través
de la Avenida Muñoz Zambudio y Fase 2 de construcción de un parque fluvial para la
captación de escorrentías. La alternativa seleccionada, junto a las mejoras introducidas
durante la evaluación ambiental, permiten garantizar que el dimensionamiento hidráulico
no resulta comprometido, a la vez que incrementan el número y tipología de soluciones
basadas en la naturaleza implementadas en la obra hidráulica, en la línea apuntada por

cve: BOE-A-2024-16660
Verificable en https://www.boe.es

Alternativa 1: captación de la escorrentía de las obras de drenaje transversal de la
autopista AP7 que afectan a la Avenida Fernando Muñoz Zambudio a través de un canal
y su derivación hacia la citada avenida mediante un tramo en sección abierta y otro
tramo soterrado con marcos prefabricados hasta la rambla de la Pescadería. La
alternativa incluye la adecuación del encauzamiento actual de la rambla mediante el
desmantelamiento del parque de las Peñas Huertanas para configurar una sección del
cauce con muros de 3 m de altura.
Alternativa 2: Solución similar a la alternativa 1, con el tramo urbano de la Avenida
Fernando Muñoz Zambudio en sección abierta en una mayor longitud, quedando
soterrados únicamente sus últimos 100 m.
Alternativa 3: Se sustituyen los canales de captación de las escorrentías de la zona
noroeste por un parque inundable y se incluye una obra de drenaje transversal adicional
respecto a las alternativas 1 y 2. El tramo de canal urbano hasta la zona próxima a la
desembocadura en el Mar Menor se configura durante todo su recorrido en sección
abierta para reducir los puntos críticos en el funcionamiento hidráulico de la
infraestructura y mejorar la interrelación del canal con la población.