III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-16659)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Almacén temporal individualizado de capacidad total (ATI-100) en la central nuclear de Cofrentes".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103372
Por otro lado, el Acuerdo de 10 de septiembre de 2002, del Consell de la Generalitat
del Gobierno Valenciano, de aprobación del Catálogo de Zonas Húmedas de la
Comunidad Valenciana y sus posteriores modificaciones, incluye la zona húmeda
denominada «Embalse de Embarcaderos» en el área de estudio, aunque no es
previsible que se generen afecciones al mismo.
El estudio de afección a la Red Natura 2000 recoge que, de acuerdo con las
características del emplazamiento seleccionado dentro de terrenos de la propia central,
no se esperan afecciones relevantes sobre la ZEPA, ya que los efectos derivados de su
ejecución serán de reducida magnitud y se afectará a superficies puntuales.
La Delegación Territorial de Valencia, así como la Dirección General de Medio
Natural y Animal, ambas pertenecientes a la Generalitat Valenciana consideran que, a
pesar de ubicarse dentro de una ZEPA, no son previsibles efectos significativos sobre
ninguno de sus hábitats o especies, por lo que, la actuación no tendrá efectos
apreciables sobre la Red Natura 2000 y, por consiguiente, el proyecto no debe
someterse a una evaluación detallada de sus efectos sobre la Red.
b.7
Patrimonio cultural:
Por lo que se refiere al impacto sobre el patrimonio cultural, considerando que la
actuación se lleva a cabo dentro de terrenos de la central nuclear de Cofrentes, no es
previsible ningún tipo de impacto.
En todo caso, el promotor informa que si durante el transcurso de las obras se
detectara la presencia de algún bien patrimonial, se pondría en conocimiento de la
Administración correspondiente y se actuaría en consecuencia.
La Delegación Territorial de Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana considera
que no es necesario someter el proyecto a informe previo vinculante en materia de
patrimonio cultural, dada la antropización del medio donde se pretende desarrollar el
proyecto al formar parte de los terrenos de la central nuclear de Cofrentes.
b.8
Paisaje:
El área de estudio se enmarca en el espacio turístico denominado «Valle de Ayora».
Según el Atlas de los Paisajes de España, el área de estudio se reparte entre dos tipos
de paisaje «Hoces y gargantas ibérico-levantinas» (zona de actuación) y «Corredores y
depresiones ibéricos».
Durante el funcionamiento del ATI-100, el impacto sobre el paisaje se deriva
fundamentalmente de la intrusión paisajística originada por su presencia. Considerando
que el proyecto se ubica dentro del perímetro de seguridad de la central la capacidad de
absorción del paisaje es alta.
En el EsIA se indica que, el ATI-100 resulta parcialmente visible tan solo desde el
núcleo urbano de Cofrentes, aunque no resulta visible desde el Castillo de Cofrentes.
Tampoco es visible desde el municipio de Jalance ni desde el monte próximo
denominado Alto de l´Alcolà.
La Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental de la Generalitat
Valenciana concluye que el proyecto no tendrá una incidencia significativa en la
infraestructura verde y el paisaje, coincidiendo así con las conclusiones del propio EsIA.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
Del estudio de vulnerabilidad, se extraen las siguientes conclusiones:
– En relación con el riesgo de inundación: En lo relativo al ATI-100, la cota general
se establece en +370,00 y +369,00 m, y, por tanto, en cualquier caso, por encima del
nivel de agua de inundación para el caso más desfavorable de proyecto que es de
+367,41 m.
– En relación con el riesgo sísmico: En el caso del ATI-100 y de los contenedores de
almacenamiento se ha considerado como criterio de diseño un sismo de aceleración 0,3 g,
cve: BOE-A-2024-16659
Verificable en https://www.boe.es
c)
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103372
Por otro lado, el Acuerdo de 10 de septiembre de 2002, del Consell de la Generalitat
del Gobierno Valenciano, de aprobación del Catálogo de Zonas Húmedas de la
Comunidad Valenciana y sus posteriores modificaciones, incluye la zona húmeda
denominada «Embalse de Embarcaderos» en el área de estudio, aunque no es
previsible que se generen afecciones al mismo.
El estudio de afección a la Red Natura 2000 recoge que, de acuerdo con las
características del emplazamiento seleccionado dentro de terrenos de la propia central,
no se esperan afecciones relevantes sobre la ZEPA, ya que los efectos derivados de su
ejecución serán de reducida magnitud y se afectará a superficies puntuales.
La Delegación Territorial de Valencia, así como la Dirección General de Medio
Natural y Animal, ambas pertenecientes a la Generalitat Valenciana consideran que, a
pesar de ubicarse dentro de una ZEPA, no son previsibles efectos significativos sobre
ninguno de sus hábitats o especies, por lo que, la actuación no tendrá efectos
apreciables sobre la Red Natura 2000 y, por consiguiente, el proyecto no debe
someterse a una evaluación detallada de sus efectos sobre la Red.
b.7
Patrimonio cultural:
Por lo que se refiere al impacto sobre el patrimonio cultural, considerando que la
actuación se lleva a cabo dentro de terrenos de la central nuclear de Cofrentes, no es
previsible ningún tipo de impacto.
En todo caso, el promotor informa que si durante el transcurso de las obras se
detectara la presencia de algún bien patrimonial, se pondría en conocimiento de la
Administración correspondiente y se actuaría en consecuencia.
La Delegación Territorial de Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana considera
que no es necesario someter el proyecto a informe previo vinculante en materia de
patrimonio cultural, dada la antropización del medio donde se pretende desarrollar el
proyecto al formar parte de los terrenos de la central nuclear de Cofrentes.
b.8
Paisaje:
El área de estudio se enmarca en el espacio turístico denominado «Valle de Ayora».
Según el Atlas de los Paisajes de España, el área de estudio se reparte entre dos tipos
de paisaje «Hoces y gargantas ibérico-levantinas» (zona de actuación) y «Corredores y
depresiones ibéricos».
Durante el funcionamiento del ATI-100, el impacto sobre el paisaje se deriva
fundamentalmente de la intrusión paisajística originada por su presencia. Considerando
que el proyecto se ubica dentro del perímetro de seguridad de la central la capacidad de
absorción del paisaje es alta.
En el EsIA se indica que, el ATI-100 resulta parcialmente visible tan solo desde el
núcleo urbano de Cofrentes, aunque no resulta visible desde el Castillo de Cofrentes.
Tampoco es visible desde el municipio de Jalance ni desde el monte próximo
denominado Alto de l´Alcolà.
La Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental de la Generalitat
Valenciana concluye que el proyecto no tendrá una incidencia significativa en la
infraestructura verde y el paisaje, coincidiendo así con las conclusiones del propio EsIA.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
Del estudio de vulnerabilidad, se extraen las siguientes conclusiones:
– En relación con el riesgo de inundación: En lo relativo al ATI-100, la cota general
se establece en +370,00 y +369,00 m, y, por tanto, en cualquier caso, por encima del
nivel de agua de inundación para el caso más desfavorable de proyecto que es de
+367,41 m.
– En relación con el riesgo sísmico: En el caso del ATI-100 y de los contenedores de
almacenamiento se ha considerado como criterio de diseño un sismo de aceleración 0,3 g,
cve: BOE-A-2024-16659
Verificable en https://www.boe.es
c)