III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-16659)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Almacén temporal individualizado de capacidad total (ATI-100) en la central nuclear de Cofrentes".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 10 de agosto de 2024
b.3
Sec. III. Pág. 103369
Hidrología superficial y subterránea:
La zona de estudio se encuadra dentro de la cuenca hidrográfica del Júcar. El área
en el que se enmarca la actuación está influenciada principalmente por el río Júcar y sus
afluentes principales: el río Cabriel al norte y el río Jarafuel al sur. La confluencia de
estos ríos aguas abajo conforma el embalse de Embarcaderos.
Respecto a la hidrología subterránea, de acuerdo con la información del Sistema de
Información del Agua de la Confederación Hidrográfica del Júcar, el área de estudio se
emplaza sobre la masa de agua subterránea denominada «Caroche Norte» que, aunque
es una masa de agua permeable de 741 km2 de extensión, según indica el EsIA, la
central nuclear se ubica sobre un relleno del Mioceno formado por materiales que, en su
conjunto, son de baja permeabilidad.
De acuerdo con el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables el río Júcar
a su paso por el área de estudio, presenta una zona inundable con periodos de retorno
de 10, 50, 100 y 500 años. El terreno seleccionado para la ubicación del ATI-100
presenta una topografía con cotas comprendidas entre +376,00 m y +368,00 m, siendo
la cota media de +373,50 m. La cota de finalización de las losas sísmicas sobre las que
se dispondrán los contenedores será la cota +370,00 en su extremo oeste, descendiendo
hacia el este con una pendiente del 1,14 % y quedando por encima, por tanto, de la cota
inundable de la central (+367,41 m).
En fase de construcción, los principales impactos potenciales sobre la hidrología de
la zona están relacionados con la alteración del régimen hidrológico y la contaminación
de las aguas superficiales o subterráneas. Las alteraciones del régimen hídrico pueden
producirse durante la fase de obra por los movimientos de tierras derivados de la
ejecución del proyecto, que pueden interrumpir la red de drenaje natural, aunque el
emplazamiento del ATI-100 no afecta a ningún cauce.
Durante la fase de funcionamiento, no se generarán afecciones sobre la hidrología, ni
superficial ni subterránea, teniendo en cuenta el nivel de estanqueidad alcanzado en el
diseño de los contenedores. Los sistemas de almacenamiento seleccionados garantizan
la estanqueidad de los contenedores y el confinamiento del material radiactivo, no
produciendo efluentes líquidos radiactivos durante la operación de la instalación. La
escorrentía de lluvia, nieve o hielo, o los efluentes derivados de posibles tareas de
limpieza, que no estarán nunca en contacto con el combustible, se recogerán en el
sistema de drenaje de la instalación.
En base a lo anterior, conviene realizar una mención especial al sistema de drenaje.
En este sentido el EsIA indica que, se procederá a la recogida y transporte de las aguas
pluviales mediante una canaleta perimetral en la instalación y cunetas en la explanada
de maniobras. Se prestará especial atención a la recogida de pluviales a pie o
coronación de los muros. Las aguas recogidas tanto en la zona de contenedores como
en la explanada de maniobras se transportarán a las balsas del sistema general de
recogida de aguas de la central nuclear mediante conducciones subterráneas con sus
correspondientes arquetas.
Además, se dispondrá de un sistema de drenaje subterráneo bajo las losas de
contenedores y los muros perimetrales que, recogerá las aguas procedentes de una
posible elevación del nivel freático, así como de las posibles aguas infiltradas en el
trasdós de los muros. En todo caso, no se prevén afecciones puesto que según se indica
en el expediente, el nivel freático está a 16 m por debajo de la cota de explanación
prevista.
La Confederación Hidrográfica del Júcar indica que, la actuación supone la ocupación
parcial de la zona de policía del barranco de los Arcos, por lo que se deberá solicitar la
correspondiente autorización a dicho organismo para la ejecución del proyecto.
cve: BOE-A-2024-16659
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
b.3
Sec. III. Pág. 103369
Hidrología superficial y subterránea:
La zona de estudio se encuadra dentro de la cuenca hidrográfica del Júcar. El área
en el que se enmarca la actuación está influenciada principalmente por el río Júcar y sus
afluentes principales: el río Cabriel al norte y el río Jarafuel al sur. La confluencia de
estos ríos aguas abajo conforma el embalse de Embarcaderos.
Respecto a la hidrología subterránea, de acuerdo con la información del Sistema de
Información del Agua de la Confederación Hidrográfica del Júcar, el área de estudio se
emplaza sobre la masa de agua subterránea denominada «Caroche Norte» que, aunque
es una masa de agua permeable de 741 km2 de extensión, según indica el EsIA, la
central nuclear se ubica sobre un relleno del Mioceno formado por materiales que, en su
conjunto, son de baja permeabilidad.
De acuerdo con el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables el río Júcar
a su paso por el área de estudio, presenta una zona inundable con periodos de retorno
de 10, 50, 100 y 500 años. El terreno seleccionado para la ubicación del ATI-100
presenta una topografía con cotas comprendidas entre +376,00 m y +368,00 m, siendo
la cota media de +373,50 m. La cota de finalización de las losas sísmicas sobre las que
se dispondrán los contenedores será la cota +370,00 en su extremo oeste, descendiendo
hacia el este con una pendiente del 1,14 % y quedando por encima, por tanto, de la cota
inundable de la central (+367,41 m).
En fase de construcción, los principales impactos potenciales sobre la hidrología de
la zona están relacionados con la alteración del régimen hidrológico y la contaminación
de las aguas superficiales o subterráneas. Las alteraciones del régimen hídrico pueden
producirse durante la fase de obra por los movimientos de tierras derivados de la
ejecución del proyecto, que pueden interrumpir la red de drenaje natural, aunque el
emplazamiento del ATI-100 no afecta a ningún cauce.
Durante la fase de funcionamiento, no se generarán afecciones sobre la hidrología, ni
superficial ni subterránea, teniendo en cuenta el nivel de estanqueidad alcanzado en el
diseño de los contenedores. Los sistemas de almacenamiento seleccionados garantizan
la estanqueidad de los contenedores y el confinamiento del material radiactivo, no
produciendo efluentes líquidos radiactivos durante la operación de la instalación. La
escorrentía de lluvia, nieve o hielo, o los efluentes derivados de posibles tareas de
limpieza, que no estarán nunca en contacto con el combustible, se recogerán en el
sistema de drenaje de la instalación.
En base a lo anterior, conviene realizar una mención especial al sistema de drenaje.
En este sentido el EsIA indica que, se procederá a la recogida y transporte de las aguas
pluviales mediante una canaleta perimetral en la instalación y cunetas en la explanada
de maniobras. Se prestará especial atención a la recogida de pluviales a pie o
coronación de los muros. Las aguas recogidas tanto en la zona de contenedores como
en la explanada de maniobras se transportarán a las balsas del sistema general de
recogida de aguas de la central nuclear mediante conducciones subterráneas con sus
correspondientes arquetas.
Además, se dispondrá de un sistema de drenaje subterráneo bajo las losas de
contenedores y los muros perimetrales que, recogerá las aguas procedentes de una
posible elevación del nivel freático, así como de las posibles aguas infiltradas en el
trasdós de los muros. En todo caso, no se prevén afecciones puesto que según se indica
en el expediente, el nivel freático está a 16 m por debajo de la cota de explanación
prevista.
La Confederación Hidrográfica del Júcar indica que, la actuación supone la ocupación
parcial de la zona de policía del barranco de los Arcos, por lo que se deberá solicitar la
correspondiente autorización a dicho organismo para la ejecución del proyecto.
cve: BOE-A-2024-16659
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 193