III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2024-16575)
Resolución de 5 de agosto de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por el que se aprueba el Plan de actuación plurianual 2023-2026 del Centro de Referencia Nacional de Atención Social en el ámbito de la formación profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192

Viernes 9 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 102734

Segundo.
Que corresponde a la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación
Educativa ejercer las competencias atribuidas a la Administración autonómica en las
materias relativas a enseñanza, universitaria y no universitaria, y particularmente en el
ámbito de la formación profesional, resultando de interés del citado Departamento la
suscripción del presente convenio.
Tercero.
Que mediante el Real Decreto 506/2019, de 30 de agosto, se crea como Centro de
Referencia Nacional el Centro Integrado de Formación Profesional Son Llebre en el área
profesional de Atención Social de la familia profesional de Servicios socioculturales y a la
comunidad, en el ámbito de la formación profesional.
Cuarto.
El Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los Centros de
Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional, establece en su artículo 7
que se elaborará un Plan de actuación plurianual de carácter estatal, para el desarrollo
de las funciones de los Centros de Referencia Nacional en colaboración con las
comunidades autónomas y las organizaciones empresariales y sindicales más
representativas.
El Plan de Actuación Plurianual Estatal establecerá los objetivos prioritarios, los
procedimientos y mecanismos de coordinación, seguimiento y evaluación de la Red, así
como las Comisiones de Coordinación correspondientes.
En función del Plan de Actuación, la Administración General del Estado, en
colaboración con las comunidades autónomas, establecerá los criterios de distribución
presupuestaria para la ejecución del mismo.
Asimismo, incluirá los procedimientos e indicadores de calidad que permitan evaluar
el cumplimiento de los fines y objetivos de los centros.
Dicho artículo añade que para cada uno de los Centros de Referencia Nacional se
acordará un Plan de Actuación Plurianual, con la misma duración del Plan de Actuación
Plurianual de carácter estatal, a partir de la propuesta del Consejo Social del Centro, que
será reflejado en un convenio entre la Administración General del Estado y la
Administración autonómica.
Quinto.
La LXXX Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional en
reunión de 18 de noviembre de 2022 ha informado el Plan de Actuación
Plurianual 2023-2026 de carácter estatal de los Centros de Referencia Nacional en el
ámbito de la formación profesional.

Cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa de aplicación, el Consejo
Social del Centro de Referencia Nacional de Atención Social celebró una reunión el 9 de
enero de 2023, en el que se propuso el Plan de Actuación Plurianual 2023-2026 para el
centro.
Conforme señala el artículo 7.3 del citado Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero,
es necesario acordar entre las Administraciones implicadas un Plan de Actuación
Plurianual, a partir de la propuesta del Consejo Social del Centro. Este Plan de Actuación
Plurianual, debe observar la forma de convenio entre el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

cve: BOE-A-2024-16575
Verificable en https://www.boe.es

Sexto.