V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. (BOE-B-2024-28770)
Resolución de 5 de agosto de 2024, de la Dirección General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, por la que se da continuidad al procedimiento y se hace pública la solicitud de registro de la Denominación Geográfica Protegida (DOP) «Aceite Valle del Tiétar».
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 44519
Olivareros del Sur de Ávila el 2 de agosto de 2024, una vez comprobado que se
cumplen los requisitos y condiciones establecidos en el Reglamento (UE) 2024/
1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, el
Reglamento de Ejecución (UE) n.º 668/2014 de la Comisión, de 13 de junio de
2014, y el Decreto 50/2018, de 20 de diciembre, así como en el resto de normativa
aplicable.
Segundo.- Dar publicidad a la presente resolución ordenando la publicación en
el «Boletín Oficial del Estado» de la solicitud de registro de la DOP «Aceite Valle
del Tiétar», y, al objeto de iniciar el procedimiento nacional de oposición, incluir la
dirección de la página web oficial donde se encuentra el pliego de condiciones;
todo ello conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre.
En el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de
esta resolución, cualquier persona, física o jurídica, que esté establecida o resida
legalmente en España, cuyos legítimos intereses considere afectados, puede
oponerse a la solicitud de modificación mediante la presentación de la
correspondiente declaración de oposición dirigida a la Dirección General del
Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, en carretera de Burgos Km. 119,
finca Zamadueñas, 47071 Valladolid.
El pliego de condiciones y el documento único pueden consultarse en la
siguiente dirección electrónica:
https://www.itacyl.es/web/guest/calidad-diferenciada/dop-e-igp/listado-dopagroalimentarias
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Política Agraria
Comunitaria y Desarrollo Rural, conforme al artículo 121 de la ley 39/2015, a contar
desde el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Valladolid, 5 de agosto de 2024.- Director General del Instituto Tecnológico
Agrario de Castilla y León, Rafael Sáez González.
cve: BOE-B-2024-28770
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240036734-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 44519
Olivareros del Sur de Ávila el 2 de agosto de 2024, una vez comprobado que se
cumplen los requisitos y condiciones establecidos en el Reglamento (UE) 2024/
1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, el
Reglamento de Ejecución (UE) n.º 668/2014 de la Comisión, de 13 de junio de
2014, y el Decreto 50/2018, de 20 de diciembre, así como en el resto de normativa
aplicable.
Segundo.- Dar publicidad a la presente resolución ordenando la publicación en
el «Boletín Oficial del Estado» de la solicitud de registro de la DOP «Aceite Valle
del Tiétar», y, al objeto de iniciar el procedimiento nacional de oposición, incluir la
dirección de la página web oficial donde se encuentra el pliego de condiciones;
todo ello conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre.
En el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de
esta resolución, cualquier persona, física o jurídica, que esté establecida o resida
legalmente en España, cuyos legítimos intereses considere afectados, puede
oponerse a la solicitud de modificación mediante la presentación de la
correspondiente declaración de oposición dirigida a la Dirección General del
Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, en carretera de Burgos Km. 119,
finca Zamadueñas, 47071 Valladolid.
El pliego de condiciones y el documento único pueden consultarse en la
siguiente dirección electrónica:
https://www.itacyl.es/web/guest/calidad-diferenciada/dop-e-igp/listado-dopagroalimentarias
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Política Agraria
Comunitaria y Desarrollo Rural, conforme al artículo 121 de la ley 39/2015, a contar
desde el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Valladolid, 5 de agosto de 2024.- Director General del Instituto Tecnológico
Agrario de Castilla y León, Rafael Sáez González.
cve: BOE-B-2024-28770
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240036734-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X