III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-16595)
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universitat de Barcelona, para la realización del proyecto de I+D+i "Developing tools and strategies to ensure the availability of Water resources in urban areas under Climate change (Waterclimate)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103096
la mitigación y la adaptación al cambio climático ha concedido al CSIC, como beneficiario de
la ayuda y coordinador del Proyecto, una ayuda para la realización del proyecto
«Developing tools and strategies to ensure the availability of Water resources in urban areas
under Climate change (Waterclimate)» con número de expediente 2023 CLIMA 0101 y, de
conformidad con las bases reguladoras y la convocatoria de dicha ayuda, el Proyecto puede
realizarse con la colaboración de terceras instituciones ejecutoras. El CSIC y la UB están
interesados en colaborar mutuamente para llevar a cabo el citado Proyecto, de acuerdo con
lo establecido en la Memoria del Proyecto y la resolución relativa a la concesión de las
ayudas para financiar proyectos de investigación para la mitigación y adaptación al cambio
climático (609R24) publicada por la AGAUR en fecha 29 de enero de 2024, así como con la
cláusula cuarta y las restantes disposiciones de este convenio.
4. Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
regula en su artículo 34.1 la posibilidad de que los agentes públicos de financiación o
ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidas las
administraciones públicas, las universidades públicas, los organismos públicos de
investigación de la Administración General del Estado, los consorcios y fundaciones
participadas por las administraciones públicas, los organismos de investigación de otras
administraciones públicas y los centros e instituciones del Sistema Nacional de Salud,
puedan suscribir convenios administrativos entre ellos o con agentes privados que
realicen actividades de investigación científica y técnica, nacionales, supranacionales o
extranjeros, para la realización conjunta de, entre otras, las siguientes actividades:
a) Proyectos y actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación.
c) Financiación de proyectos científico-técnicos singulares.
f) Uso compartido de inmuebles, de instalaciones y de medios materiales para el
desarrollo de actividades de investigación científica, desarrollo e innovación.
5. Que, en atención a todo lo expuesto, se estima necesaria y justificada la
suscripción de un convenio que suponga la puesta en común, distribución y utilización
conjunta y/o coordinada de medios, servicios y recursos pertenecientes a cada una de
las entidades participantes y su ordenación para un fin compartido, bajo las premisas de
interdisciplinariedad y eficiencia en la gestión de los recursos.
Por lo anteriormente expuesto, los intervinientes acuerdan la suscripción del presente
convenio para la realización conjunta de un proyecto de investigación, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
El objeto del presente convenio es establecer la colaboración científico-técnica entre
el CSIC, a través del IDAEA, y la UB, en la realización conjunta del Proyecto de I+D+i
«Developing tools and strategies to ensure the availability of Water resources in urban
areas under Climate change» («Waterclimate» o «el Proyecto»), consistente en las
investigaciones necesarias para desarrollar un conjunto de herramientas y directrices/
estrategias para asegurar la disponibilidad de recursos de aguas subterráneas en áreas
urbanas y hacer frente al cambio climático. Estas herramientas incluyen una herramienta
de modelización de proporciones de mezcla, así como una modelización numérica, en
los términos establecidos por las partes en el Plan de Trabajo que estas acuerden y al
que se hace referencia en la cláusula segunda.
En particular, el convenio regula los compromisos de las partes para la ejecución
conjunta del Proyecto, incluyendo la organización del trabajo, la gestión y justificación del
Proyecto, los derechos y obligaciones de las partes, la distribución de los fondos y la
titularidad de los resultados, así como la responsabilidad y la resolución de los posibles
conflictos.
cve: BOE-A-2024-16595
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto.
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103096
la mitigación y la adaptación al cambio climático ha concedido al CSIC, como beneficiario de
la ayuda y coordinador del Proyecto, una ayuda para la realización del proyecto
«Developing tools and strategies to ensure the availability of Water resources in urban areas
under Climate change (Waterclimate)» con número de expediente 2023 CLIMA 0101 y, de
conformidad con las bases reguladoras y la convocatoria de dicha ayuda, el Proyecto puede
realizarse con la colaboración de terceras instituciones ejecutoras. El CSIC y la UB están
interesados en colaborar mutuamente para llevar a cabo el citado Proyecto, de acuerdo con
lo establecido en la Memoria del Proyecto y la resolución relativa a la concesión de las
ayudas para financiar proyectos de investigación para la mitigación y adaptación al cambio
climático (609R24) publicada por la AGAUR en fecha 29 de enero de 2024, así como con la
cláusula cuarta y las restantes disposiciones de este convenio.
4. Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
regula en su artículo 34.1 la posibilidad de que los agentes públicos de financiación o
ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidas las
administraciones públicas, las universidades públicas, los organismos públicos de
investigación de la Administración General del Estado, los consorcios y fundaciones
participadas por las administraciones públicas, los organismos de investigación de otras
administraciones públicas y los centros e instituciones del Sistema Nacional de Salud,
puedan suscribir convenios administrativos entre ellos o con agentes privados que
realicen actividades de investigación científica y técnica, nacionales, supranacionales o
extranjeros, para la realización conjunta de, entre otras, las siguientes actividades:
a) Proyectos y actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación.
c) Financiación de proyectos científico-técnicos singulares.
f) Uso compartido de inmuebles, de instalaciones y de medios materiales para el
desarrollo de actividades de investigación científica, desarrollo e innovación.
5. Que, en atención a todo lo expuesto, se estima necesaria y justificada la
suscripción de un convenio que suponga la puesta en común, distribución y utilización
conjunta y/o coordinada de medios, servicios y recursos pertenecientes a cada una de
las entidades participantes y su ordenación para un fin compartido, bajo las premisas de
interdisciplinariedad y eficiencia en la gestión de los recursos.
Por lo anteriormente expuesto, los intervinientes acuerdan la suscripción del presente
convenio para la realización conjunta de un proyecto de investigación, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
El objeto del presente convenio es establecer la colaboración científico-técnica entre
el CSIC, a través del IDAEA, y la UB, en la realización conjunta del Proyecto de I+D+i
«Developing tools and strategies to ensure the availability of Water resources in urban
areas under Climate change» («Waterclimate» o «el Proyecto»), consistente en las
investigaciones necesarias para desarrollar un conjunto de herramientas y directrices/
estrategias para asegurar la disponibilidad de recursos de aguas subterráneas en áreas
urbanas y hacer frente al cambio climático. Estas herramientas incluyen una herramienta
de modelización de proporciones de mezcla, así como una modelización numérica, en
los términos establecidos por las partes en el Plan de Trabajo que estas acuerden y al
que se hace referencia en la cláusula segunda.
En particular, el convenio regula los compromisos de las partes para la ejecución
conjunta del Proyecto, incluyendo la organización del trabajo, la gestión y justificación del
Proyecto, los derechos y obligaciones de las partes, la distribución de los fondos y la
titularidad de los resultados, así como la responsabilidad y la resolución de los posibles
conflictos.
cve: BOE-A-2024-16595
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto.