III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-16584)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Estudio informativo de la variante de la línea 01-720 Bilbao Abando Indalecio Prieto-Santurtzi en Olabeaga".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102993
Efectos sobre la vegetación.
El proyecto se encuentra dentro del área urbanizada de Bilbao, por lo que la
vegetación está degradada y no se encuentran especies o formaciones de interés. No se
han observado taxones incluidos en la Lista Roja de Flora Vascular de la Comunidad
Autónoma del País Vasco.
El documento ambiental afirma que el entorno vegetal que existe en la zona de
actuación es vegetación alóctona con pinceladas de arbolado autóctono como fresnos,
cornejos, etc. La vegetación alóctona está constituida por Pinus sp. y Robinia
pseudoacacia, entre otras. Se observan plantas alóctonas invasoras como la Cortaderia
selloana o la Budlejia davidii.
El informe de la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno
Vasco destaca que se debe desarrollar un proyecto de restauración ambiental y un
protocolo para el control y erradicación de especies de flora alóctona invasora.
Las principales medidas para la protección de la vegetación incluidas en la
documentación presentada en mayo de 2024 son:
– Durante la fase de redacción del proyecto constructivo se realizará una
prospección botánica para determinar la vegetación potencialmente afectada y definir la
vegetación que es posible conservar por su ubicación, interés y estado fitosanitario.
También incluirá un análisis detallado de la flora alóctona invasora presente, con el
objetivo de definir un protocolo para el control y erradicación de estas especies.
– Previo al inicio de las obras: Delimitación de los perímetros de actividad de los
trabajos.
– Durante la fase de obras: Aplicación del protocolo de gestión de especies
alóctonas invasoras.
– Plan de restauración ambiental.
Efectos sobre la fauna.
Las actuaciones previstas se realizan sobre terreno urbano continuo, por lo que las
especies de vertebrados que se pueden encontrar son aquellas que se han adaptado a
vivir en las grandes concentraciones de edificios e infraestructuras.
El documento ambiental concluye que, dado el carácter urbano de las actuaciones,
no existen hábitats naturales ni especies faunísticas protegidas o de especial interés
conservativo en el entorno de las actuaciones, y por tanto no se proponen medidas
protectoras específicas.
No obstante, destacar que la ría de Bilbao se encuentra regulada por el Decreto
Foral 118/2006, de 19 de junio, por el que se aprueba el Plan de Gestión del Visón
Europeo, en el Territorio Histórico de Bizkaia, como especie en peligro de extinción y
cuya protección exige medidas específicas. Aunque la ría de Bilbao se encuentre fuera
de la zona de actuación, se debe tener en cuenta la cercanía a las actuaciones y la
posibilidad de sufrir afecciones indirectas por vertidos accidentales.
En el apartado «Efectos sobre la hidrología», de la presente resolución, se detallan
las medidas propuestas por el promotor para protección de la calidad de las aguas.
En el ámbito del proyecto, no se localizan áreas de Red Natura 2000, humedales
Ramsar, biotopos protegidos, parques naturales, árboles singulares, reservas de la
biosfera, zonas del inventario de humedales y tampoco lugares del catálogo abierto de
espacios naturales.
Tampoco, se encuentran Hábitats de Interés Comunitario incluidos en la Directiva
Hábitats 92/43/CEE.
La Diputación Foral de Bizkaia informa que en el territorio sobre el que se desarrolla
el proyecto no existe constancia de elementos o valores destacados del Patrimonio
Natural, salvo la propia ría de Bilbao.
cve: BOE-A-2024-16584
Verificable en https://www.boe.es
Efectos sobre los espacios protegidos.
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102993
Efectos sobre la vegetación.
El proyecto se encuentra dentro del área urbanizada de Bilbao, por lo que la
vegetación está degradada y no se encuentran especies o formaciones de interés. No se
han observado taxones incluidos en la Lista Roja de Flora Vascular de la Comunidad
Autónoma del País Vasco.
El documento ambiental afirma que el entorno vegetal que existe en la zona de
actuación es vegetación alóctona con pinceladas de arbolado autóctono como fresnos,
cornejos, etc. La vegetación alóctona está constituida por Pinus sp. y Robinia
pseudoacacia, entre otras. Se observan plantas alóctonas invasoras como la Cortaderia
selloana o la Budlejia davidii.
El informe de la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno
Vasco destaca que se debe desarrollar un proyecto de restauración ambiental y un
protocolo para el control y erradicación de especies de flora alóctona invasora.
Las principales medidas para la protección de la vegetación incluidas en la
documentación presentada en mayo de 2024 son:
– Durante la fase de redacción del proyecto constructivo se realizará una
prospección botánica para determinar la vegetación potencialmente afectada y definir la
vegetación que es posible conservar por su ubicación, interés y estado fitosanitario.
También incluirá un análisis detallado de la flora alóctona invasora presente, con el
objetivo de definir un protocolo para el control y erradicación de estas especies.
– Previo al inicio de las obras: Delimitación de los perímetros de actividad de los
trabajos.
– Durante la fase de obras: Aplicación del protocolo de gestión de especies
alóctonas invasoras.
– Plan de restauración ambiental.
Efectos sobre la fauna.
Las actuaciones previstas se realizan sobre terreno urbano continuo, por lo que las
especies de vertebrados que se pueden encontrar son aquellas que se han adaptado a
vivir en las grandes concentraciones de edificios e infraestructuras.
El documento ambiental concluye que, dado el carácter urbano de las actuaciones,
no existen hábitats naturales ni especies faunísticas protegidas o de especial interés
conservativo en el entorno de las actuaciones, y por tanto no se proponen medidas
protectoras específicas.
No obstante, destacar que la ría de Bilbao se encuentra regulada por el Decreto
Foral 118/2006, de 19 de junio, por el que se aprueba el Plan de Gestión del Visón
Europeo, en el Territorio Histórico de Bizkaia, como especie en peligro de extinción y
cuya protección exige medidas específicas. Aunque la ría de Bilbao se encuentre fuera
de la zona de actuación, se debe tener en cuenta la cercanía a las actuaciones y la
posibilidad de sufrir afecciones indirectas por vertidos accidentales.
En el apartado «Efectos sobre la hidrología», de la presente resolución, se detallan
las medidas propuestas por el promotor para protección de la calidad de las aguas.
En el ámbito del proyecto, no se localizan áreas de Red Natura 2000, humedales
Ramsar, biotopos protegidos, parques naturales, árboles singulares, reservas de la
biosfera, zonas del inventario de humedales y tampoco lugares del catálogo abierto de
espacios naturales.
Tampoco, se encuentran Hábitats de Interés Comunitario incluidos en la Directiva
Hábitats 92/43/CEE.
La Diputación Foral de Bizkaia informa que en el territorio sobre el que se desarrolla
el proyecto no existe constancia de elementos o valores destacados del Patrimonio
Natural, salvo la propia ría de Bilbao.
cve: BOE-A-2024-16584
Verificable en https://www.boe.es
Efectos sobre los espacios protegidos.