III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-16596)
Resolución de 22 de julio de 2024, del Consorcio para el Diseño, Construcción, Equipamiento y Explotación del Centro de Láseres Pulsados Ultracortos Ultraintensos, por la que se publica el Convenio de cooperación educativa con la Universidad Carlos III de Madrid y la Fundación Universidad Carlos III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103107
las facultades que tiene atribuidas para la firma de este convenio conforme a los poderes
recogidos la escritura de elevación a público de dicho acuerdo formalizada ante el
Notario don Domingo Pérez del Olmo, señalada con el número 2865 de su protocolo.
EXPONEN
I. El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios establece en su artículo 8.1.a) la
posibilidad, por parte de los estudiantes matriculados en enseñanzas impartidas por la
Universidad, de realizar prácticas académicas externas.
II. La UC3M de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133.2 de sus Estatutos
promoverá, mediante los convenios pertinentes, la experiencia práctica del/a alumno/a
como complemento y desarrollo de los conocimientos adquiridos durante el periodo de
formación académica para una mejor integración posterior en el mundo laboral.
III. La Fundación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de sus Estatutos,
para el cumplimiento y consecución de sus fines llevará a cabo, entre otras, las
siguientes actividades: «procurar la adecuación entre la enseñanza universitaria y las
necesidades sociales actuales y futuras; promoviendo, además, en especial, la inserción
de los estudiantes y titulados universitarios en el mundo profesional», «promover por sí
misma y/o en colaboración con la Universidad Carlos III de Madrid, la gestión,
administración y ejecución de servicios, actividades o programas como, entre otros y sin
que su enumeración tenga carácter excluyente, orientación profesional y apoyo a la
empleabilidad de estudiantes y egresados…», etc.
IV. Que el CLPU es un consorcio del sector público institucional estatal sin ánimo
de lucro adscrito a la Administración General del Estado. El CLPU es el resultado del
convenio de colaboración, suscrito el día 14 de diciembre de 2007, entre el Ministerio de
Educación y Ciencia –competencias asumidas actualmente por el Ministerio de Ciencia e
Innovación–, la Junta de Castilla y León y la Universidad de Salamanca.
El CLPU es una instalación científica y tecnológica abierta al uso de la comunidad
científica y tecnológica nacional y a su vez desarrolla en el propio Centro
experimentación e investigación científica y tecnológica en todos los aspectos relativos a
láseres pulsados ultraintensos con una plantilla de científicos y tecnólogos propios. La
infraestructura está abierta a la colaboración internacional y se inserta de pleno en las
iniciativas de coordinación y colaboración europeas en este campo. Asimismo el CLPU
está inserto en el Mapa de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS).
Por ello, el CLPU considera de utilidad para sus fines institucionales el
establecimiento de un marco permanente de colaboración que permita la integración
temporal en su ámbito, a los exclusivos efectos de prácticas, de alumnos/as de los
programas que se imparten en la UC3M.
Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes suscriben el
presenta convenio de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Es objeto principal de este convenio establecer la colaboración entre la UC3M y
el CLPU para que alumnos de la UC3M puedan realizar prácticas en dicha entidad. Las
prácticas contempladas en este convenio, podrán ser:
a. Curriculares, contempladas en los planes de estudio.
b. Proyecto Fin de Carrera/Trabajo Fin de Grado/Trabajo Fin de Máster, según se
contemplan en los planes de estudio y demás normativa que resulte de aplicación.
cve: BOE-A-2024-16596
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103107
las facultades que tiene atribuidas para la firma de este convenio conforme a los poderes
recogidos la escritura de elevación a público de dicho acuerdo formalizada ante el
Notario don Domingo Pérez del Olmo, señalada con el número 2865 de su protocolo.
EXPONEN
I. El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios establece en su artículo 8.1.a) la
posibilidad, por parte de los estudiantes matriculados en enseñanzas impartidas por la
Universidad, de realizar prácticas académicas externas.
II. La UC3M de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133.2 de sus Estatutos
promoverá, mediante los convenios pertinentes, la experiencia práctica del/a alumno/a
como complemento y desarrollo de los conocimientos adquiridos durante el periodo de
formación académica para una mejor integración posterior en el mundo laboral.
III. La Fundación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de sus Estatutos,
para el cumplimiento y consecución de sus fines llevará a cabo, entre otras, las
siguientes actividades: «procurar la adecuación entre la enseñanza universitaria y las
necesidades sociales actuales y futuras; promoviendo, además, en especial, la inserción
de los estudiantes y titulados universitarios en el mundo profesional», «promover por sí
misma y/o en colaboración con la Universidad Carlos III de Madrid, la gestión,
administración y ejecución de servicios, actividades o programas como, entre otros y sin
que su enumeración tenga carácter excluyente, orientación profesional y apoyo a la
empleabilidad de estudiantes y egresados…», etc.
IV. Que el CLPU es un consorcio del sector público institucional estatal sin ánimo
de lucro adscrito a la Administración General del Estado. El CLPU es el resultado del
convenio de colaboración, suscrito el día 14 de diciembre de 2007, entre el Ministerio de
Educación y Ciencia –competencias asumidas actualmente por el Ministerio de Ciencia e
Innovación–, la Junta de Castilla y León y la Universidad de Salamanca.
El CLPU es una instalación científica y tecnológica abierta al uso de la comunidad
científica y tecnológica nacional y a su vez desarrolla en el propio Centro
experimentación e investigación científica y tecnológica en todos los aspectos relativos a
láseres pulsados ultraintensos con una plantilla de científicos y tecnólogos propios. La
infraestructura está abierta a la colaboración internacional y se inserta de pleno en las
iniciativas de coordinación y colaboración europeas en este campo. Asimismo el CLPU
está inserto en el Mapa de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS).
Por ello, el CLPU considera de utilidad para sus fines institucionales el
establecimiento de un marco permanente de colaboración que permita la integración
temporal en su ámbito, a los exclusivos efectos de prácticas, de alumnos/as de los
programas que se imparten en la UC3M.
Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes suscriben el
presenta convenio de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Es objeto principal de este convenio establecer la colaboración entre la UC3M y
el CLPU para que alumnos de la UC3M puedan realizar prácticas en dicha entidad. Las
prácticas contempladas en este convenio, podrán ser:
a. Curriculares, contempladas en los planes de estudio.
b. Proyecto Fin de Carrera/Trabajo Fin de Grado/Trabajo Fin de Máster, según se
contemplan en los planes de estudio y demás normativa que resulte de aplicación.
cve: BOE-A-2024-16596
Verificable en https://www.boe.es
Primera.