III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-16582)
Resolución de 20 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico PE Tramuntana, de 126 MW de potencia instalada, sito en los términos municipales de Ascó, Flix, Vinebre y La Torre de l'Espanyol (Tarragona), y su infraestructura de evacuación".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192

Viernes 9 de agosto de 2024
4.2.1

Sec. III. Pág. 102949

Aire.

Durante la construcción y explotación del proyecto, se van a generar una serie de
emisiones de ruido que pueden provocar una alteración de la calidad del medio. Este
impacto se analiza en mayor detalle en el apartado dedicado a la población. Por otra
parte, durante la fase de construcción, el desplazamiento de maquinaria y los trabajos de
movimiento de tierras generarán emisión de partículas sólidas (polvo) y diferentes
contaminantes. El estudio de impacto ambiental plantea medidas preventivas para
reducir impactos negativos por emisiones de partículas y contaminantes atmosféricos.
Agua.

El ámbito de estudio se encuentra en la cuenca del Ebro, concretamente en un tramo
que se caracteriza por su recorrido meandriforme, destacando los meandros de Flix, de
Tossal d’Andisc y de Ascó-Vinebre. Además del río Ebro, en la zona existen varios
cursos de agua de régimen torrencial, que discurren en dirección este, hacia el Ebro, por
los valles del ámbito de estudio como Vall de Potxos o Barranc de la Peixera.
Según el Plan Hidrológico del Ebro vigente en la zona de estudio, no existe ninguna
masa de agua subterránea y las únicas masas de agua superficiales con entidad propia
pertenecen al río Ebro, concretamente el tramo del río Ebro desde el desagüe de la
central hidroeléctrica en Flix hasta Ascó (ES091MSPF460_001) y tramo de la masa de
agua río Ebro desde Ascó hasta el azud de Xerta (incluye la cuenca del río Sec)
(ES091MSPF461_001). El Plan Hidrológico establece que del río Ebro desde el desagüe
de la central hidroeléctrica en Flix hasta Ascó se encuentra en buen estado ecológico,
pero en mal estado global, debido a su mal estado químico, mientras que la masa de
agua que va desde Ascó hasta el azud de Xerta (incluye la cuenca del río Sec) tiene un
estado ecológico deficiente y un mal estado químico. Ambas masas de agua tienen
como objetivo alcanzar el buen estado ecológico en el año 2027.
Respecto a la parte del proyecto PE Tramuntana, los aerogeneradores, la
subestación Tramuntana y los apoyos de la línea aérea de alta tensión Tramuntana se
localizan fuera de cauces públicos, si bien, la subestación Tramuntana y el primer apoyo
de LAAT Tramuntana se encuentran en próximos al barranco de Fontxinxela. Asimismo,
la línea aérea de alta tensión Tramuntana cruza varios cursos de agua de poca entidad
sobre los que no se prevé ninguna afección directa. Atendiendo a los elementos del
medio hídrico identificados, existen impactos derivados de las obras de construcción del
parque eólico y sus infraestructuras de evacuación por un posible deterioro de la calidad
de aguas derivado de arrastres de tierras y vertidos en los cruces e inmediaciones de los
arroyos. Para minimizar estos impactos el promotor propone un conjunto de medidas en
el estudio de impacto ambiental.
En relación con la parte del proyecto SET Promotores Ascó I, el estudio de impacto
ambiental indica que los apoyos de la LAAT y la subestación se han proyectado fuera de
la red de drenaje natural del terreno, y que no se prevé la afección directa significativa
sobre cursos de agua. El estudio de impacto considera que las únicas afecciones serían
las asociadas a llevar a cabo las cimentaciones y extender el cable para sobrevolar el río
Ebro, entre los soportes AP.2 y AP.3.
La Confederación Hidrográfica del Ebro informa que el parque eólico Tramuntana y
sus infraestructuras de evacuación se ubican en las cuencas vertientes del río Ebro
desde el desagüe de la central hidroeléctrica de Flix hasta Ascó y del río Ebro desde
Ascó hasta el azud de Cherta (incluye la cuenca del río Sec). También, indica que la SET
Promotores Ascó I se localiza fuera de la zona de afección del cauce del río Ebro,
aproximadamente a 160 m del punto más próximo, si bien el camino de acceso cruza el
arroyo Valleta de Castellons y un barranco innominado. Por otro lado, la LAAT
Promotores Ascó cruza el río Ebro, entre los apoyos AP.2 y AP.3. La infraestructura de
evacuación objeto de estudio se localiza en la zona de afección de cauces públicos, por
lo que, se advierte al promotor que deberá dar cumplimiento al Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de

cve: BOE-A-2024-16582
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