I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA. Organización. (BOE-A-2024-16510)
Orden JUI/844/2024, de 31 de julio, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Juventud e Infancia y se regula su composición y funciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Disposición adicional segunda.
Sec. I. Pág. 102500
Modificación de referencias.
Todas las referencias hechas a la Comisión Ministerial de Administración Digital del
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 o a su Comisión Permanente, creadas
mediante Orden DSA/1082/2020, de 13 de noviembre, por la que se crea y regula su
funcionamiento, se entenderán realizadas a la CMAD o a su Comisión Permanente,
respectivamente, en cuanto se refieran al ámbito de competencias del Ministerio de
Juventud e Infancia.
A este respecto, todos los acuerdos y disposiciones adoptados por dicha comisión
continuarán surtiendo efectos en tanto no sean revisados por parte de la CMAD.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a
lo establecido en la presente orden.
Disposición final primera.
Instrucciones de ejecución.
La persona titular de la Subsecretaría de Juventud e Infancia podrá dictar las
instrucciones necesarias para la ejecución y aplicación de esta orden.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-16510
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 31 de julio de 2024.–La Ministra de Juventud e Infancia, Sira Abed Rego.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Disposición adicional segunda.
Sec. I. Pág. 102500
Modificación de referencias.
Todas las referencias hechas a la Comisión Ministerial de Administración Digital del
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 o a su Comisión Permanente, creadas
mediante Orden DSA/1082/2020, de 13 de noviembre, por la que se crea y regula su
funcionamiento, se entenderán realizadas a la CMAD o a su Comisión Permanente,
respectivamente, en cuanto se refieran al ámbito de competencias del Ministerio de
Juventud e Infancia.
A este respecto, todos los acuerdos y disposiciones adoptados por dicha comisión
continuarán surtiendo efectos en tanto no sean revisados por parte de la CMAD.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a
lo establecido en la presente orden.
Disposición final primera.
Instrucciones de ejecución.
La persona titular de la Subsecretaría de Juventud e Infancia podrá dictar las
instrucciones necesarias para la ejecución y aplicación de esta orden.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-16510
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 31 de julio de 2024.–La Ministra de Juventud e Infancia, Sira Abed Rego.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X