V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-28707)
Resolución del Organismo Autónomo Parques Nacionales por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la propuesta de declaración del Parque Nacional Marino del Mar de las Calmas, en las aguas junto a la isla de El Hierro, y se abre un plazo de información pública de cuatro meses para presentar alegaciones.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 44403
• En caso de captura accidental de alguna de estas especies protegidas, se
procederá a su devolución al mar con las debidas precauciones para causar
mínimos daños. En el caso de tortugas marinas capturadas accidentalmente, se
procederá a subir el animal con ayuda de un salabre o jamo sin tirar del sedal y se
dará aviso inmediato al 112.
• Para angelotes capturados accidentalmente con anzuelo, se procurará cortar
el sedal tan cerca del anzuelo como sea posible. En caso de que se proceda a
subir un angelote a bordo, se deberá sostener de forma horizontal y con las manos
colocadas ventralmente y nunca sostenerlo por la cola, las aletas o las branquias.
• Se adoptarán las medidas necesarias para evitar la pérdida de las artes de
pesca profesional, asegurando, siempre que sea posible, la recuperación de las
mismas en caso de extravío.
• En el ejercicio de libre navegación de embarcaciones y del derecho de paso,
sin perjuicio de las restricciones impuestas por la autoridad competente, y del
cumplimiento de la normativa que la regula, y la obligación de observar las buenas
prácticas marineras, los buques extranjeros y nacionales deberán cumplir las
disposiciones españolas destinadas a impedir la afección negativa que pudieran
provocar.
• En caso de ocurrir un derrame accidental desde un buque, con especial
atención a aquellos que transporten cargas peligrosas, se notificará urgentemente
a la autoridad competente, facilitando, con la mayor aproximación posible, las
coordenadas donde se ha producido.
• En caso de colisión o de hallar un ejemplar de cetáceo o tortuga marina
herido o muerto, se comunicará a la autoridad competente a la mayor brevedad,
facilitando, con la mayor aproximación posible, las coordenadas de localización del
mismo, así como las condiciones en las que fue hallado.
• La propuesta de declaración del Parque Nacional Marino del Mar de las
Calmas, en las aguas junto a la isla de El Hierro, se ha redactado de conformidad
con lo dispuesto en la disposición adicional undécima de la Ley 30/2014, de 3 de
diciembre, de Parques Nacionales, en lo relativo a los intereses de la Defensa
Nacional.
Tercero. Disponer que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, de conformidad con el artículo 8.8 de la Ley 34/2014, de 3 de
diciembre, de Parques Nacionales, someterá la propuesta al trámite de información
pública por cuatro meses mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Asimismo, se encargará de realizar el resto de trámites preceptivos contemplados
en dicho artículo.
Asimismo, el Acuerdo, en su parte expositiva indica:
De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 30/2014, de 3 de
diciembre, de Parques Nacionales, para la declaración de nuevos parques
nacionales, se ha elaborado una propuesta técnica de declaración de un nuevo
parque nacional marino en la Demarcación Marina Canaria, en las aguas junto a la
isla del Hierro, con la denominación de "Mar de las Calmas", previa consulta a
administraciones públicas, investigadores, asociaciones conservacionistas y
sectores afectados.
cve: BOE-B-2024-28707
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 44403
• En caso de captura accidental de alguna de estas especies protegidas, se
procederá a su devolución al mar con las debidas precauciones para causar
mínimos daños. En el caso de tortugas marinas capturadas accidentalmente, se
procederá a subir el animal con ayuda de un salabre o jamo sin tirar del sedal y se
dará aviso inmediato al 112.
• Para angelotes capturados accidentalmente con anzuelo, se procurará cortar
el sedal tan cerca del anzuelo como sea posible. En caso de que se proceda a
subir un angelote a bordo, se deberá sostener de forma horizontal y con las manos
colocadas ventralmente y nunca sostenerlo por la cola, las aletas o las branquias.
• Se adoptarán las medidas necesarias para evitar la pérdida de las artes de
pesca profesional, asegurando, siempre que sea posible, la recuperación de las
mismas en caso de extravío.
• En el ejercicio de libre navegación de embarcaciones y del derecho de paso,
sin perjuicio de las restricciones impuestas por la autoridad competente, y del
cumplimiento de la normativa que la regula, y la obligación de observar las buenas
prácticas marineras, los buques extranjeros y nacionales deberán cumplir las
disposiciones españolas destinadas a impedir la afección negativa que pudieran
provocar.
• En caso de ocurrir un derrame accidental desde un buque, con especial
atención a aquellos que transporten cargas peligrosas, se notificará urgentemente
a la autoridad competente, facilitando, con la mayor aproximación posible, las
coordenadas donde se ha producido.
• En caso de colisión o de hallar un ejemplar de cetáceo o tortuga marina
herido o muerto, se comunicará a la autoridad competente a la mayor brevedad,
facilitando, con la mayor aproximación posible, las coordenadas de localización del
mismo, así como las condiciones en las que fue hallado.
• La propuesta de declaración del Parque Nacional Marino del Mar de las
Calmas, en las aguas junto a la isla de El Hierro, se ha redactado de conformidad
con lo dispuesto en la disposición adicional undécima de la Ley 30/2014, de 3 de
diciembre, de Parques Nacionales, en lo relativo a los intereses de la Defensa
Nacional.
Tercero. Disponer que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, de conformidad con el artículo 8.8 de la Ley 34/2014, de 3 de
diciembre, de Parques Nacionales, someterá la propuesta al trámite de información
pública por cuatro meses mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Asimismo, se encargará de realizar el resto de trámites preceptivos contemplados
en dicho artículo.
Asimismo, el Acuerdo, en su parte expositiva indica:
De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 30/2014, de 3 de
diciembre, de Parques Nacionales, para la declaración de nuevos parques
nacionales, se ha elaborado una propuesta técnica de declaración de un nuevo
parque nacional marino en la Demarcación Marina Canaria, en las aguas junto a la
isla del Hierro, con la denominación de "Mar de las Calmas", previa consulta a
administraciones públicas, investigadores, asociaciones conservacionistas y
sectores afectados.
cve: BOE-B-2024-28707
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 191