II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-16431)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Universidad de La Laguna, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 101946
Si el pago realizado no se corresponde con el importe de la tasa, para subsanar
deberá realizar el pago de la tasa completa y posteriormente solicitar la devolución de la
cantidad abonada inicialmente.
En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
3.5 Las notificaciones se practicarán en la dirección de correo electrónico señalado
a efectos de notificación por las personas aspirantes en sus solicitudes de participación.
El profesorado perteneciente a la Universidad de La Laguna señalará la dirección de
correo electrónico de la ULL. Será responsabilidad exclusiva de quien concurra a la
convocatoria tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación a la
Administración de cualquier cambio de dicha dirección a efectos de notificación. El
correo electrónico aportado en la solicitud se podrá utilizar a efecto de comunicación con
los interesados.
4.
Documentación administrativa para admisión al concurso
La solicitud de participación, a través del siguiente enlace https://sede.ull.es/ecivilissite/catalog/showProcedure/725, deberá ir acompañada de la documentación administrativa
necesaria para la admisión al concurso citada:
a) DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española,
vigente.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos que señala la base 2.2.
c) Resguardo original justificativo del abono de derechos de examen, en el que
conste nombre y apellidos, DNI y código de la plaza a la que concursa.
La documentación indicada, deberá adjuntarse a la solicitud, en formato PDF.
Admisión de aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el Rector dictará, en el plazo
máximo de diez días hábiles, una resolución conteniendo la relación provisional de
personas admitidas y excluidas con indicación de las causas de exclusión. Dicha
resolución se publicará en el tablón de anuncios electrónico de la Universidad de La
Laguna, así como en la Web de la Universidad de La Laguna: https://www.ull.es/portal/
convocatorias/categorias/personal-docente-e-investigador-funcionario/.
Contra dicha resolución, las personas interesadas podrán presentar reclamación ante
el Rector en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación
del anuncio, o bien subsanar, en el mismo plazo, el defecto que motivó la exclusión.
Se podrá prescindir del trámite de aprobación de listas provisionales de admitidos
cuando no existan aspirantes excluidos.
5.2 Concluido el plazo de subsanación o alegaciones y, revisada la documentación
aportada y las alegaciones presentadas en su caso por las candidaturas, el Rector
dictará resolución definitiva de candidaturas admitidas y excluidas, con expresión en este
último caso, de las causas de exclusión, que se publicará por el medio a que se refiere el
apartado anterior. Contra dicha resolución los interesados podrán interponer recurso en
los términos establecidos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.
Comisiones de Selección y criterios de valoración de las pruebas
La composición de las comisiones es la que figura en el anexo II de esta
convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento de
desarrollo de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios de la
Universidad de La Laguna y la Instrucción 1/2024 del Vicerrectorado de Personal
cve: BOE-A-2024-16431
Verificable en https://www.boe.es
5.
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 101946
Si el pago realizado no se corresponde con el importe de la tasa, para subsanar
deberá realizar el pago de la tasa completa y posteriormente solicitar la devolución de la
cantidad abonada inicialmente.
En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
3.5 Las notificaciones se practicarán en la dirección de correo electrónico señalado
a efectos de notificación por las personas aspirantes en sus solicitudes de participación.
El profesorado perteneciente a la Universidad de La Laguna señalará la dirección de
correo electrónico de la ULL. Será responsabilidad exclusiva de quien concurra a la
convocatoria tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación a la
Administración de cualquier cambio de dicha dirección a efectos de notificación. El
correo electrónico aportado en la solicitud se podrá utilizar a efecto de comunicación con
los interesados.
4.
Documentación administrativa para admisión al concurso
La solicitud de participación, a través del siguiente enlace https://sede.ull.es/ecivilissite/catalog/showProcedure/725, deberá ir acompañada de la documentación administrativa
necesaria para la admisión al concurso citada:
a) DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española,
vigente.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos que señala la base 2.2.
c) Resguardo original justificativo del abono de derechos de examen, en el que
conste nombre y apellidos, DNI y código de la plaza a la que concursa.
La documentación indicada, deberá adjuntarse a la solicitud, en formato PDF.
Admisión de aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el Rector dictará, en el plazo
máximo de diez días hábiles, una resolución conteniendo la relación provisional de
personas admitidas y excluidas con indicación de las causas de exclusión. Dicha
resolución se publicará en el tablón de anuncios electrónico de la Universidad de La
Laguna, así como en la Web de la Universidad de La Laguna: https://www.ull.es/portal/
convocatorias/categorias/personal-docente-e-investigador-funcionario/.
Contra dicha resolución, las personas interesadas podrán presentar reclamación ante
el Rector en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación
del anuncio, o bien subsanar, en el mismo plazo, el defecto que motivó la exclusión.
Se podrá prescindir del trámite de aprobación de listas provisionales de admitidos
cuando no existan aspirantes excluidos.
5.2 Concluido el plazo de subsanación o alegaciones y, revisada la documentación
aportada y las alegaciones presentadas en su caso por las candidaturas, el Rector
dictará resolución definitiva de candidaturas admitidas y excluidas, con expresión en este
último caso, de las causas de exclusión, que se publicará por el medio a que se refiere el
apartado anterior. Contra dicha resolución los interesados podrán interponer recurso en
los términos establecidos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.
Comisiones de Selección y criterios de valoración de las pruebas
La composición de las comisiones es la que figura en el anexo II de esta
convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento de
desarrollo de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios de la
Universidad de La Laguna y la Instrucción 1/2024 del Vicerrectorado de Personal
cve: BOE-A-2024-16431
Verificable en https://www.boe.es
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