III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-16490)
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Alberche Conex, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Ojeador Solar III, de 27,52 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Fuentenovilla y Pozo de Almoguera (Guadalajara) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102394
declaración de impacto ambiental y en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, incluyendo declaración responsable en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Las líneas subterráneas a 30 kV con origen en los centros de transformación de la
planta, discurriendo hasta la subestación transformadora Monterías 30/220 kV, en Pozo
de Almoguera y Fuentenovilla, en la provincia de Guadalajara.
La infraestructura de evacuación restante hasta llegar a la subestación Loeches 400
kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, ha sido tramitada en los expedientes
SGEE/PFot-405, SGEE/PFot-605 SGEE/PFot-192, y SGEE/PFot-172:
– La subestación transformadora Monterías 30/220 kV ubicada en el término
municipal de Fuentenovilla, en la provincia de Guadalajara.
– La línea eléctrica aéreo-subterránea a 220 kV de evacuación con origen en la
subestación transformadora Monterías 30/220 kV, discurriendo su trazado hasta la
subestación transformadora Ojeadores 30/220 kV, afectando a los términos municipales
de Fuentenovilla, Almoguera, y Móndejar, en la provincia de Guadalajara.
– La subestación transformadora Ojeadores 30/220 kV ubicada en el término
municipal de Mondéjar, en la provincia de Guadalajara.
– La línea eléctrica aéreo-subterránea a 220 kV de evacuación con origen en la
subestación transformadora Ojeadores 30/220 kV, discurriendo su trazado hasta la
subestación transformadora Armada 30/220 kV, afectando a los términos municipales de
Mondéjar, Almoguera, Fuentenovilla, y Ambite, en las provincias de Guadalajara y
Madrid.
– La línea eléctrica a 220 kV de evacuación con origen en la subestación
transformadora Armada 30/220 kV hasta la subestación transformadora Piñón 30/220 kV.
– La subestación transformadora Piñón 30/220 kV.
– La línea eléctrica a 220 kV de evacuación con origen en la subestación
transformadora Piñón 30/220 kV hasta la subestación transformadora
Nimbo 30/220/400 kV.
– La subestación transformadora Nimbo 30/220/400 kV.
– La línea eléctrica a 400 kV de evacuación con origen en la subestación
transformadora Nimbo 30/220/400 kV hasta la subestación Loeches 400 kV, propiedad
de Red Eléctrica España, SAU.
Parte de las infraestructuras de evacuación comunes, que no forman parte del
alcance de la presente resolución, cuentan con autorización, tras la emisión de:
– La Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, con misma
fecha que la presente resolución, por la que se otorga a Bidasoa Conex, SLU,
autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica Montería Solar II, de 42,57 MW de potencia
instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de
Fuentenovilla, Almoguera, Pozo de Almoguera y Mondéjar (Guadalajara) y se declara, en
concreto, su utilidad pública.
– La Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, con misma
fecha que la presente resolución, por la que se otorga a Alberche Conex, SLU,
autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica Ojeador Solar II, de 42,57 MW de potencia
cve: BOE-A-2024-16490
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102394
declaración de impacto ambiental y en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, incluyendo declaración responsable en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Las líneas subterráneas a 30 kV con origen en los centros de transformación de la
planta, discurriendo hasta la subestación transformadora Monterías 30/220 kV, en Pozo
de Almoguera y Fuentenovilla, en la provincia de Guadalajara.
La infraestructura de evacuación restante hasta llegar a la subestación Loeches 400
kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, ha sido tramitada en los expedientes
SGEE/PFot-405, SGEE/PFot-605 SGEE/PFot-192, y SGEE/PFot-172:
– La subestación transformadora Monterías 30/220 kV ubicada en el término
municipal de Fuentenovilla, en la provincia de Guadalajara.
– La línea eléctrica aéreo-subterránea a 220 kV de evacuación con origen en la
subestación transformadora Monterías 30/220 kV, discurriendo su trazado hasta la
subestación transformadora Ojeadores 30/220 kV, afectando a los términos municipales
de Fuentenovilla, Almoguera, y Móndejar, en la provincia de Guadalajara.
– La subestación transformadora Ojeadores 30/220 kV ubicada en el término
municipal de Mondéjar, en la provincia de Guadalajara.
– La línea eléctrica aéreo-subterránea a 220 kV de evacuación con origen en la
subestación transformadora Ojeadores 30/220 kV, discurriendo su trazado hasta la
subestación transformadora Armada 30/220 kV, afectando a los términos municipales de
Mondéjar, Almoguera, Fuentenovilla, y Ambite, en las provincias de Guadalajara y
Madrid.
– La línea eléctrica a 220 kV de evacuación con origen en la subestación
transformadora Armada 30/220 kV hasta la subestación transformadora Piñón 30/220 kV.
– La subestación transformadora Piñón 30/220 kV.
– La línea eléctrica a 220 kV de evacuación con origen en la subestación
transformadora Piñón 30/220 kV hasta la subestación transformadora
Nimbo 30/220/400 kV.
– La subestación transformadora Nimbo 30/220/400 kV.
– La línea eléctrica a 400 kV de evacuación con origen en la subestación
transformadora Nimbo 30/220/400 kV hasta la subestación Loeches 400 kV, propiedad
de Red Eléctrica España, SAU.
Parte de las infraestructuras de evacuación comunes, que no forman parte del
alcance de la presente resolución, cuentan con autorización, tras la emisión de:
– La Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, con misma
fecha que la presente resolución, por la que se otorga a Bidasoa Conex, SLU,
autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica Montería Solar II, de 42,57 MW de potencia
instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de
Fuentenovilla, Almoguera, Pozo de Almoguera y Mondéjar (Guadalajara) y se declara, en
concreto, su utilidad pública.
– La Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, con misma
fecha que la presente resolución, por la que se otorga a Alberche Conex, SLU,
autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica Ojeador Solar II, de 42,57 MW de potencia
cve: BOE-A-2024-16490
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Núm. 191