III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-16490)
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Alberche Conex, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Ojeador Solar III, de 27,52 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Fuentenovilla y Pozo de Almoguera (Guadalajara) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102391
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
16490
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Alberche Conex, SL, autorización
administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica Ojeador Solar III, de 27,52 MW
de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos
municipales de Fuentenovilla y Pozo de Almoguera (Guadalajara) y se
declara, en concreto, su utilidad pública.
Alberche Conex, SL, solicitó, solicitó, 28 de abril de 2021, subsanada el 3 de junio
de 2021, autorización administrativa previa de la planta solar fotovoltaica Ojeador Solar
III, de 45,5 MWp, y la infraestructura de evacuación asociada.
Mediante Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Alberche Conex, SL, autorización administrativa previa
para el parque fotovoltaico Ojeador Solar III, de 25 MW de potencia instalada y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Fuentenovilla y Pozo de
Almoguera, en la provincia de Guadalajara (en adelante, Resolución de autorización
administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 116, de 16 de
mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, en el marco de la evaluación de impacto ambiental practicada, el
promotor presentó, con fecha 3 de junio de 2022, adenda al estudio de impacto
ambiental y adenda del proyecto de la instalación fotovoltaica, con modificaciones
consistentes en:
Alberche Conex, SL (en adelante, el promotor), solicita, con fecha 27 de abril
de 2023, subsanada con fechas 9 de junio de 2023 y 1 de agosto de 2023, autorización
administrativa previa de las modificaciones, autorización administrativa de construcción,
aportando el correspondiente proyecto de ejecución y declaración responsable que
acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, conforme al
artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como
declaración, en concreto, de utilidad pública, para el parque fotovoltaico Ojeador Solar III,
de 27,52 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos
municipales de Fuentenovilla y Pozo de Almoguera, en la provincia de Guadalajara.
En su solicitud el promotor expone que la línea soterrada de media tensión ha
variado en su ocupación temporal respecto a lo presentado originalmente, lo que
provoca una modificación de las parcelas afectadas.
En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del
proyecto, se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización
administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los
supuestos del artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
cve: BOE-A-2024-16490
Verificable en https://www.boe.es
– Reducción de la superficie de afección del proyecto de una superficie inicial de 144
hectáreas a una superficie final de 61 hectáreas, como consecuencia de los informes de
Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha y de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102391
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
16490
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Alberche Conex, SL, autorización
administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica Ojeador Solar III, de 27,52 MW
de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos
municipales de Fuentenovilla y Pozo de Almoguera (Guadalajara) y se
declara, en concreto, su utilidad pública.
Alberche Conex, SL, solicitó, solicitó, 28 de abril de 2021, subsanada el 3 de junio
de 2021, autorización administrativa previa de la planta solar fotovoltaica Ojeador Solar
III, de 45,5 MWp, y la infraestructura de evacuación asociada.
Mediante Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Alberche Conex, SL, autorización administrativa previa
para el parque fotovoltaico Ojeador Solar III, de 25 MW de potencia instalada y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Fuentenovilla y Pozo de
Almoguera, en la provincia de Guadalajara (en adelante, Resolución de autorización
administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 116, de 16 de
mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, en el marco de la evaluación de impacto ambiental practicada, el
promotor presentó, con fecha 3 de junio de 2022, adenda al estudio de impacto
ambiental y adenda del proyecto de la instalación fotovoltaica, con modificaciones
consistentes en:
Alberche Conex, SL (en adelante, el promotor), solicita, con fecha 27 de abril
de 2023, subsanada con fechas 9 de junio de 2023 y 1 de agosto de 2023, autorización
administrativa previa de las modificaciones, autorización administrativa de construcción,
aportando el correspondiente proyecto de ejecución y declaración responsable que
acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, conforme al
artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como
declaración, en concreto, de utilidad pública, para el parque fotovoltaico Ojeador Solar III,
de 27,52 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos
municipales de Fuentenovilla y Pozo de Almoguera, en la provincia de Guadalajara.
En su solicitud el promotor expone que la línea soterrada de media tensión ha
variado en su ocupación temporal respecto a lo presentado originalmente, lo que
provoca una modificación de las parcelas afectadas.
En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del
proyecto, se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización
administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los
supuestos del artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
cve: BOE-A-2024-16490
Verificable en https://www.boe.es
– Reducción de la superficie de afección del proyecto de una superficie inicial de 144
hectáreas a una superficie final de 61 hectáreas, como consecuencia de los informes de
Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha y de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.